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Santiago del Estero
La Ley 5.642 establece que el agente designado en planta permanente adquiere estabilidad una vez superado el período de prueba y confirmado el nombramiento. Hasta ese momento, puede ser separado del cargo sin sumario mediante acto fundado. La estabilidad protege al agente frente al cese arbitrario; la separación del estable solo puede producirse por las causales del estatuto (cesantía o exoneración) mediante sumario con derecho de defensa. Fuente: Ley 5.642 — SAIJ; Gobierno de Santiago del Estero.
