Categoría:
Chaco
El agente estable del Chaco cuyo cargo es suprimido por reestructuración administrativa pasa a disponibilidad remunerada. Durante ese período la administración debe intentar reubicar al agente en cargo equivalente. Si la reubicación no es posible al vencimiento del plazo, opera la cesación definitiva con indemnización. Los plazos y montos están regulados por la Ley 292-A y su reglamentación. Fuente: Ley 292-A — Gobierno del Chaco; SAIJ.
