CCT 80/93 Correo Argentino (FOECYT): Convenio y Escala Salarial 2026

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO

Correo y Actividad Postal – CCT 80/93 “E” (Correo Oficial de la República Argentina)

FOECYT, AATRAC, FEJEPROC y FOECOP · Correo Oficial de la República Argentina S.A. (Correo Argentino)

Actividad postal estatal · Envío, distribución y logística de correspondencia y encomiendas

Particularidades del Trabajo en el Correo

¿Por qué el CCT 80/93 es un convenio “de empresa” y no un convenio de actividad como otros?
Fue negociado específicamente entre Correo Oficial de la República Argentina S.A. (ex ENCOTESA) y varias entidades sindicales, por lo que empresas privadas de correo/paquetería que no sean Correo Argentino pueden estar en otros convenios distintos, o directamente fuera de convenio. Conviene verificar qué convenio figura en cada recibo de sueldo.
¿Por qué firman cuatro entidades sindicales distintas el mismo convenio y qué significa eso para el trabajador?
FOECYT, FOECOP, AATRAC y FEJEPROC (jerárquico/profesional) representan a distintos segmentos de la planta, reflejando la historia de reorganizaciones del correo estatal. Según su categoría, el trabajador puede corresponder a afiliación y aporte solidario a una entidad distinta dentro del mismo convenio.
¿Qué particularidades tiene la logística de distribución domiciliaria en materia de jornada y recorridos?
Recorridos a pie, bicicleta o vehículo por zonas asignadas con metas diarias afectadas por clima, tránsito o inseguridad.
El detalle exacto figura en el texto vigente del convenio y en sus actas paritarias.
¿Qué riesgos de seguridad enfrenta el personal de reparto y cómo se protege frente a robos en la vía pública?
Expuesto a robo o asalto por circular con paquetería y a veces dinero de cobranzas. Un hecho de este tipo durante jornada o trayecto puede encuadrarse como accidente de trabajo o in itinere a efectos de la ART. Ante un hecho así, corresponde denuncia policial inmediata y notificación a empresa y ART.
¿Existen categorías específicas para tareas de clasificación de correspondencia en planta, distintas de las de reparto en la calle?
Sí, categorías diferenciadas para clasificación/armado de recorridos en planta versus distribución final puerta a puerta, con códigos (1-A, 1-B, 1-C) en la escala publicada por Correo Argentino. Ante duda de encuadre, corresponde solicitar el anexo de categorías vigente.
¿Cómo funciona el trabajo nocturno o en horarios especiales en centros de clasificación postal?
Los grandes centros operan con horario nocturno porque el procesamiento masivo debe estar listo para el reparto matutino. El recargo nocturno rige por el art. 200 LCT (21 a 6hs), complementado por la escala de la empresa — verificar que esté efectivamente liquidado y no absorbido en el básico.
¿Qué adicionales existen por manejo de valores, giros postales o cobranzas en efectivo?
Parte del personal maneja giros, pagos de servicios y cobranzas, con responsabilidad adicional de manejo de dinero de terceros.
El detalle exacto figura en el texto vigente del convenio y en sus actas paritarias.
¿Qué requisitos existen para el personal que conduce vehículos de reparto (motos, camionetas)?
Licencia de conducir habilitante según la categoría del vehículo. La capacitación en manejo defensivo depende de políticas de cada empresa; el trabajador puede exigir vehículo en condiciones seguras y elementos de protección (casco, chaleco reflectante) como parte de las obligaciones de higiene y seguridad.
¿Qué pasa con la responsabilidad del trabajador ante pérdida o extravío de correspondencia o paquetería de valor declarado?
La responsabilidad primaria frente al cliente es de la empresa, no del trabajador, salvo dolo o culpa grave (principios generales de la LCT). Cualquier descuento salarial sin comprobar responsabilidad individual es cuestionable bajo el art. 131 LCT sobre integridad de la remuneración.
¿Existe algún adicional por título o formación técnica específica para el personal jerárquico o profesional (FEJEPROC)?
Al existir entidad sindical propia para jerárquicos/profesionales, es razonable que existan categorías y escalas diferenciadas para ese segmento.
El detalle exacto figura en el texto vigente del convenio y en sus actas paritarias.

Registro, Aportes y Otras Dudas

¿Qué entidades sindicales están habilitadas para recibir la cuota solidaria de los trabajadores no afiliados?
El convenio prevé contribución solidaria del 2% sobre haberes para no afiliados, distribuida entre las entidades gremiales firmantes (principalmente FOECYT, FOECOP y AATRAC), habilitada por la Ley 23.551. Debe figurar discriminada en el recibo.
¿A qué obra social aportan los trabajadores de Correo Argentino bajo este convenio?
Depende de a cuál de las cuatro entidades (FOECYT, FOECOP, AATRAC, FEJEPROC) esté afiliado o representado el trabajador según su categoría.
El detalle exacto figura en el texto vigente del convenio y en sus actas paritarias.
¿Cómo se calcula el aguinaldo (SAC) para el personal de correo?
Ley 23.041 y Decreto 1078/84: dos cuotas del 50% de la mejor remuneración mensual del semestre, incluyendo adicionales remunerativos habituales (nocturnidad, antigüedad, manejo de valores si corresponde).
¿Qué cobertura de ART corresponde ante un accidente de tránsito o un asalto durante el reparto?
Ley 24.557; tanto un accidente de tránsito durante el recorrido como un asalto en la vía pública califican como accidente de trabajo, o in itinere si ocurre en el trayecto domicilio-trabajo. Corresponde denuncia policial, notificación inmediata a empresa y ART, y conservar documentación médica.
¿Qué sucede si un trabajador de correo está registrado con una categoría inferior a la tarea que realmente realiza?
Corresponde reclamar recategorización y pago retroactivo de diferencias, por principio de primacía de la realidad. Primer paso: intimación fehaciente detallando tareas reales; si no hay respuesta, reclamo ante autoridad administrativa o Justicia laboral.
¿Cómo se liquida el adicional por antigüedad en este convenio de empresa?
Porcentaje del básico de categoría, incrementado por años de antigüedad en la empresa, según escala vigente publicada por Correo Argentino en su sección de transparencia activa. Integra la base de aguinaldo e indemnizaciones.
¿Qué licencias especiales corresponden al personal de correo además de las vacaciones ordinarias?
Rigen como piso las licencias de la LCT (matrimonio, nacimiento, fallecimiento de familiar, examen, enfermedad inculpable).
El detalle exacto figura en el texto vigente del convenio y en sus actas paritarias.
¿Qué es el “mal registro” en el sector postal y cómo se diferencia del trabajo totalmente no registrado?
El mal registro implica inscripción formal con datos que no reflejan la realidad (fecha de ingreso, remuneración o categoría incorrecta), a diferencia del trabajo totalmente en negro sin inscripción alguna. Ambos alcanzados por la Ley 24.013, con el mal registro más frecuente vinculado a la categoría asignada.
¿Qué rol cumplen las cuatro entidades sindicales firmantes ante un reclamo individual de un trabajador?
Corresponde dirigirse a la entidad que efectivamente representa al trabajador según su categoría (operativa, jerárquica o profesional) — el propio recibo de sueldo, que indica la entidad de los aportes sindicales, suele ser la referencia más confiable.
ConvenioCCT N.° 80/93 “E”, homologado originalmente por Disposición N.° 1973/93. Es un convenio de empresa: rige exclusivamente al personal de Correo Oficial de la República Argentina S.A. (Correo Argentino).
SindicatoFOECYT, junto con AATRAC, FEJEPROC y FOECOP, que negocian de forma conjunta como intersindical.
Cámaras empresariasNo corresponde una cámara sectorial: la contraparte empleadora es una única empresa, Correo Oficial de la República Argentina S.A., de mayoría accionaria estatal.
Última escala homologadaNo se identificó una resolución de homologación ministerial específica para un incremento salarial 2026. La última tabla de básicos publicada por la empresa está fechada mayo de 2026; la paritaria del período junio 2026-mayo 2027 seguía abierta y sin acuerdo al momento de esta redacción (FOECYT pidió 15%, la empresa ofreció 6,6%, rechazado).
Última actualización de esta página14 de julio de 2026

Escala salarial

CategoríaBásico (ARS)
1-A627.405,00
1-B517.138,00
1-C447.670,00
2-A430.154,00
3-A383.867,00
4-A312.277,00
5-A290.148,00
7-A209.313,00

Aclaración importante: los valores son los básicos de convenio publicados por Correo Argentino en su portal de Transparencia Activa bajo el título “Mayo 2026”. No representan el salario de bolsillo final (que incluye antigüedad, presentismo y otros adicionales). Al momento de redactar esta página, la negociación paritaria junio 2026-mayo 2027 se encontraba abierta y sin acuerdo. Esta tabla debe tomarse como la última referencia publicada, no como un acuerdo homologado y cerrado.

Fuente: Correo Argentino – Transparencia Activa, Escalas Salariales (correoargentino.com.ar); FOECYT – Convenio Colectivo de Trabajo (foecytargentina.org); Mundo Gremial, “Sin acuerdo en la paritaria del Correo” (2026); Diario Sindical, “Crece el conflicto en el Correo Argentino” (2026).

Preguntas frecuentes

Ficha del convenio: CCT 80/93 Correo Argentino (FOECYT): Convenio y Escala Salarial 2026
¿Qué es el CCT 80/93 “E” y a quién alcanza?

Es el convenio que rige la relación laboral entre Correo Oficial de la República Argentina S.A. (Correo Argentino) y su personal. Es un convenio de empresa: alcanza únicamente a los trabajadores de Correo Argentino, no a cualquier empresa que preste servicios postales o de mensajería.

¿Qué sindicatos representan a los trabajadores de Correo Argentino?

FOECYT es la organización más citada públicamente, pero negocia junto a AATRAC, FEJEPROC y FOECOP, que suelen actuar como intersindical frente a la empresa.

¿Existe una cámara empresaria que negocie este convenio?

No. Al ser un convenio de empresa, la contraparte empleadora en la negociación es directamente Correo Oficial de la República Argentina S.A., no una cámara sectorial.

¿Cuál es la escala salarial vigente para 2026?

La última tabla de básicos publicada está identificada como “Mayo 2026”, con categorías de 7-A (la más baja) a 1-A (la más alta), con valores que van de aproximadamente $209.313 a $627.405 de básico.

¿Esa escala está homologada por el Ministerio de Trabajo?

Notas periodísticas de 2026 señalan que la empresa aplicó subas sin un acuerdo paritario formal con el gremio, lo que generó rechazo sindical.

El detalle exacto figura en el texto vigente del convenio y en sus actas paritarias.
¿Qué está pasando con la paritaria 2026-2027 de Correo Argentino?

FOECYT solicitó la reapertura de la paritaria junio 2026-mayo 2027, reclamando 15% para el trimestre junio-agosto; la empresa ofreció 6,6%, rechazado por el gremio. Al momento de esta redacción, la negociación seguía abierta y sin homologación.

¿Qué convenio rige a las empresas privadas de logística y paquetería postal?

No se rigen por el CCT 80/93, sino por el CCT 40/89 del transporte de cargas (Rama Correo Privado / Logística), negociado entre la Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y cámaras como FADEEAC y CATAC.

¿Qué categorías laborales contempla el CCT 80/93 “E”?

Categorías numeradas de 1 a 7 con subdivisiones por letra (1-A, 1-B, 1-C, 2-A, etc.) y categorías “PA” para determinado personal administrativo. La 1-A corresponde al básico más alto y la 7-A al más bajo.

¿Cuál es la diferencia entre el básico de convenio y el salario de bolsillo?

El básico de convenio es el valor de referencia por categoría antes de adicionales. El salario de bolsillo incluye antigüedad, presentismo y otros adicionales, por lo que suele ser mayor.

¿Dónde se puede consultar el texto completo del CCT 80/93 “E”?

En el buscador oficial de convenios colectivos del Ministerio de Trabajo (convenios.trabajo.gob.ar) y en el sitio institucional de FOECYT. Para escalas actualizadas, la fuente primaria es Transparencia Activa de Correo Argentino.

Categorías, reparto y riesgo vial
¿Qué categorías existen dentro del escalafón de Correo Argentino?
Entre otras: cartero/distribuidor, clasificador de correspondencia, administrativo de sucursal, chofer de reparto y personal de supervisión, cada una con un básico propio según el escalafón del convenio.
¿Quién provee la moto o el vehículo para el reparto?
En general el vehículo de reparto (moto, bicicleta o utilitario) es provisto por la empresa, junto con el mantenimiento y el combustible necesarios; no debería trasladarse ese costo al trabajador como condición para prestar el servicio.
¿Qué pasa si tengo un accidente de tránsito repartiendo correspondencia?
Corresponde la cobertura de la ART como accidente de trabajo (Ley 24.557), ya que ocurre en cumplimiento directo de la tarea de reparto asignada por el empleador.
¿Es obligatorio el uso de casco y elementos de protección para el reparto en moto?
Sí, el empleador debe proveer los elementos de protección personal adecuados (casco, chaleco reflectante) para tareas de reparto en la vía pública, conforme a la normativa de higiene y seguridad y de tránsito vigente.
¿Qué pasa si me roban la moto o la mercadería durante el reparto?
Corresponde dar aviso inmediato a la empresa y, según las circunstancias, puede encuadrarse como un hecho ocurrido en cumplimiento de la tarea, sin que ello implique automáticamente responsabilidad del trabajador salvo negligencia grave acreditada.
Jornada y organización del trabajo
¿Cuál es la jornada máxima para el personal de reparto y clasificación?
El tope general de la LCT es de 8 horas diarias o 48 semanales, sin perjuicio de la organización de turnos que pueda requerir el volumen de correspondencia y paquetería en distintos momentos del año (por ejemplo, fin de año).
¿Qué pasa si trabajo un feriado por mayor volumen de envíos (por ejemplo, en diciembre)?
Corresponde el pago con el recargo previsto por la LCT (habitualmente doble) o el franco compensatorio, según lo que resulte más favorable.
¿El personal administrativo de sucursal tiene el mismo régimen de turnos que el de reparto?
No necesariamente: el personal administrativo suele tener un horario más estable vinculado a la atención al público en sucursal, mientras que el de reparto se organiza según las rutas y volúmenes diarios de distribución.
Licencias, vacaciones y aguinaldo
¿Cuántos días de vacaciones corresponden?

El art. 17 del CCT 80/93 fija la licencia anual del personal por tiempo indeterminado en 14 días corridos hasta 5 años de antigüedad; 16 días laborables con más de 5 y hasta 10 años; 20 días laborables con más de 10 y hasta 15 años; 25 días laborables con más de 15 y hasta 20 años; y 30 días laborables con más de 20 años. Los operadores tele-cable-radiotelegráficos, incluidos radiofonistas, telefonogramistas, teletipistas y clasificadores automáticas que trabajan de forma habitual y permanente con video display, gozan de vacaciones mínimas de 30 días corridos.

¿Qué licencias especiales prevé el CCT 80/93?

El art. 18 del CCT 80/93 otorga licencias especiales con goce de haberes: matrimonio del empleado o empleada, 10 días corridos; nacimiento de hijo, 3 días corridos; fallecimiento del cónyuge o persona en aparente matrimonio, de hijos o de padres, 3 días corridos; fallecimiento de hermano, 2 días; examen de enseñanza media, 2 días laborables por examen hasta 10 por año calendario, y de enseñanza universitaria, 2 días laborables por examen hasta 20 por año; y hasta 7 días de la licencia anual ordinaria para atender la enfermedad de padres, hijos, cónyuge o familiar a cargo, de los cuales hasta 3 pueden destinarse a asuntos personales. El art. 19 justifica las inasistencias por donación de sangre.

¿Cómo se calcula el aguinaldo (SAC)?
Es el 50% de la mejor remuneración mensual, normal y habitual, del semestre, pagadero en junio y diciembre.
¿Tengo licencia paga si me enfermo?
Sí, según los plazos del art. 208 LCT: 3 o 6 meses pagos según antigüedad y cargas de familia.
¿Qué licencia corresponde por maternidad o paternidad?
Los mínimos legales vigentes: 90 días corridos para la persona gestante (art. 177 LCT) y los días de licencia por paternidad que correspondan a la fecha del nacimiento.
Extinción del contrato, ART y aportes
¿Qué indemnización corresponde si me despiden sin causa?
La del art. 245 LCT: un mes de sueldo por año de servicio o fracción mayor a 3 meses, sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual, con el tope vigente para la actividad.
¿Tengo que dar preaviso si renuncio?
Sí, el trabajador debe preavisar con 15 días de anticipación (art. 231 LCT).
¿Qué aportes se descuentan del recibo de sueldo?
Los aportes obligatorios de ley (jubilación, obra social, PAMI) más la cuota sindical de FOECYT cuando corresponde.
¿A qué obra social aporta un trabajador de Correo Argentino?
A la obra social del sindicato del sector, salvo que ejerza la opción de cambio de obra social prevista por la normativa vigente.
¿Qué pasa si me lesiono manipulando paquetería pesada en la clasificación?
Corresponde la cobertura de la ART como accidente de trabajo (Ley 24.557); el empleador debe proveer además elementos y capacitación para la manipulación segura de cargas.
Otras dudas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre trabajar para Correo Argentino y para una empresa privada de logística/paquetería?
Correo Argentino S.A. es una sociedad del Estado y se rige por su propio convenio (CCT 80/93 “E”); las empresas privadas de logística y última milla pueden estar encuadradas en otros convenios (por ejemplo, transporte o comercio) según su actividad principal.
¿Puedo reclamar si no estoy registrado correctamente o me pagan por fuera del convenio?
Sí, el trabajo no registrado o registrado con una categoría o remuneración inferior a la real da derecho a reclamar la regularización de la relación, con los aportes y las diferencias salariales adeudadas; las multas por trabajo no registrado de las Leyes 24.013 y 25.323 fueron derogadas por la Ley 27.742 en 2024, y su aplicación a situaciones anteriores se discute en la justicia.
¿Qué diferencia hay entre el básico de convenio y el salario de bolsillo?
El básico de convenio es el piso salarial fijado por categoría en la escala homologada; el salario de bolsillo es lo que efectivamente cobra el trabajador tras sumar adicionales (antigüedad, presentismo, etc.) y descontar los aportes y retenciones correspondientes.
¿Puede la empresa cambiarme de ruta de reparto o de sucursal sin mi acuerdo?
Un cambio que implique una alteración sustancial de tus condiciones de trabajo (por ejemplo, una distancia mucho mayor o un cambio de turno perjudicial) requiere tu consentimiento; de lo contrario puede considerarse un ejercicio abusivo del ius variandi (art. 66 LCT).
¿Cómo se pagan las horas extra en el CCT 80/93?
Las horas suplementarias se pagan con un recargo del 50 % en días comunes y del 100 % los sábados después de las 13 horas, los domingos y los feriados, calculado sobre el salario habitual (art. 201 de la LCT). Si el CCT 80/93 prevé un recargo mayor, se aplica el del convenio.
¿Qué derechos hay durante la lactancia?
La trabajadora puede tomar dos descansos de media hora por día para amamantar durante un año desde el nacimiento, o más tiempo si un certificado médico lo indica (art. 179 de la LCT).
¿Qué protección hay contra el despido por embarazo?
Si la trabajadora notificó el embarazo, se presume que el despido dentro de los siete meses y medio anteriores o posteriores al parto se debe a la maternidad (art. 178 de la LCT). En ese caso corresponde, además de la indemnización común, una indemnización agravada de un año de remuneraciones (art. 182).
¿Qué es el certificado de trabajo?
Es el documento que el empleador debe entregar al terminar la relación, con las fechas de ingreso y egreso, las tareas, las remuneraciones y los aportes depositados (art. 80 de la LCT). También puede pedirse durante la relación de trabajo.
¿Pueden trabajar menores de 18 años en esta actividad?
Desde los 16 años y con las condiciones de la Ley 26.390: jornada de hasta 6 horas diarias o 36 semanales (ampliable a 8 y 48 con autorización), sin trabajo nocturno y sin tareas penosas, peligrosas o insalubres (arts. 189 a 195 de la LCT).
¿Me pueden suspender por falta de trabajo?
Sí, por causas económicas debidamente comprobadas, hasta 30 días en un año, empezando por el personal menos antiguo (arts. 219 a 221 de la LCT). Si las suspensiones superan los plazos legales, la persona puede considerarse despedida (art. 222).
¿Hay licencia para rendir exámenes?
Sí: dos días corridos por examen, con un máximo de diez días por año, para exámenes de enseñanza media o universitaria (art. 158, inciso e, de la LCT).
¿Cuánto tiempo tengo para hacer un reclamo laboral?
Las acciones derivadas de la relación de trabajo prescriben a los dos años desde que el crédito es exigible (art. 256 de la LCT). Para el despido, el plazo corre desde la fecha de la extinción.
¿Qué es el Fondo de Asistencia Laboral y desde cuándo rige?
Es el fondo creado por la Ley 27.802 para financiar indemnizaciones por despido. Rige desde el 1 de diciembre de 2026 (Decreto 1228/2026): la empresa aporta el 2,5 % de la base de contribuciones si es MiPyME o el 1 % si no lo es, que se descuenta de las contribuciones patronales, y el fondo puede usarse después de una carencia de doce meses. Lo explicamos en la Newsletter N.º 23.
¿Qué pasa si después de una enfermedad no puedo volver a mis tareas habituales?
Si queda una disminución definitiva de la capacidad, la empresa debe asignar tareas compatibles sin reducir la remuneración. Si no puede hacerlo, debe pagar una indemnización equivalente a la mitad de la del art. 245, y si la incapacidad es absoluta, la indemnización completa del art. 245 (art. 212 de la LCT).
¿En qué plazo debe pagar la empresa los sueldos?
Para el personal mensualizado, dentro de los 4 días hábiles siguientes al vencimiento del mes; para jornales y quincenas, dentro de los 4 días hábiles del vencimiento de cada período (art. 128 de la LCT). Los salarios del CCT 80/93 son mínimos: la empresa puede pagar más, pero no menos.
¿Cómo puede la empresa aplicar una sanción disciplinaria?
Toda sanción debe tener una justa causa, ser proporcional y notificarse por escrito. Las suspensiones deben tener plazo fijo (art. 218 de la LCT), y la suma de suspensiones por causas disciplinarias o económicas no puede superar los 30 días en un año, contados desde la primera (art. 220). El trabajador puede cuestionar la sanción dentro de los 30 días (art. 67).
¿Qué obligaciones de seguridad tiene la empresa?
El art. 75 de la LCT obliga al empleador a adoptar las medidas necesarias para que las tareas se presten en condiciones de seguridad e higiene. La Ley 19.587 exige condiciones adecuadas en el lugar de trabajo, y la Ley 24.557, contar con ART, capacitar en prevención y entregar los elementos de protección personal que requiera cada tarea.
¿Cuándo se toman las vacaciones y con cuánto aviso?
Salvo que el convenio prevea otra cosa, las vacaciones se otorgan entre el 1 de octubre y el 30 de abril (las partes pueden acordar otra época), y la empresa debe comunicar la fecha de inicio por escrito con al menos 30 días de anticipación (art. 154 de la LCT, texto según la Ley 27.802). Se pagan antes de empezar el descanso (art. 155).
¿Qué hacer ante una situación de acoso o violencia en el trabajo?
La Argentina ratificó el Convenio 190 de la OIT por la Ley 27.580: la empresa debe prevenir la violencia y el acoso y dar canales de denuncia seguros. Conviene dejar constancia por escrito, informar a la empresa o al delegado y, si no se resuelve, acudir a la autoridad laboral. Lo explicamos en nuestra guía de acoso laboral.
¿Qué asignaciones familiares corresponden además del sueldo?
ANSES paga las asignaciones familiares del régimen de la Ley 24.714 (por hijo, por hijo con discapacidad, prenatal, por nacimiento, por matrimonio, entre otras), según el ingreso del grupo familiar. Se tramitan en ANSES y no las paga la empresa.
¿Cómo funciona el contrato a tiempo parcial?
Es el que fija una jornada menor a las dos terceras partes de la jornada habitual de la actividad. El sueldo se paga en proporción a las horas trabajadas y, como regla, no se pueden hacer horas extra (art. 92 ter de la LCT).
¿Qué pasa con mi contrato si la empresa cambia de dueño?
En la transferencia del establecimiento, el nuevo titular asume las obligaciones laborales y el contrato sigue con la misma antigüedad y condiciones (art. 225 de la LCT). Quien transfiere y quien adquiere responden en forma solidaria por las deudas existentes al momento de la transferencia (art. 228).
¿Cómo me tienen que pagar el sueldo?
En dinero, en cheque o por acreditación en una cuenta bancaria a nombre del trabajador (art. 124 de la LCT). La cuenta sueldo es gratuita para el trabajador y debe permitir retirar el dinero sin costo (Ley 26.590).
COMPARTIR:LinkedInXFacebookWhatsApp