Personal Auxiliar y de Maestranza en Establecimientos Educativos Privados — CCT N.° 88/90
| Convenio | CCT N.° 88/90, rama Colegios — específico para el personal NO docente de establecimientos educativos de gestión privada. |
| Ámbito | Porteros, auxiliares de portería, personal de maestranza y limpieza que trabaja en colegios, institutos y establecimientos educativos privados — no incluye al personal docente, que se rige por el régimen estatutario y los convenios SADOP/CTERA que ya cubrimos por separado. |
| Última actualización | 7 de octubre de 2026 — escala septiembre y octubre 2026 (+1,7% mensual) |
Al personal de apoyo de un colegio privado que no está frente a un curso: porteros y auxiliares de portería, personal de limpieza y maestranza, y tareas de mantenimiento del edificio escolar. Es un convenio muy poco conocido fuera del sector — la mayoría de las consultas laborales sobre “trabajo en un colegio” asumen erróneamente el régimen docente.
Fuente: Ministerio de Trabajo — registro de Convenciones Colectivas de Trabajo, CCT 88/90 (Rama Colegios).
| Categoría | Básico sep 2026 | Total sep (básico + BAP) | Básico oct 2026 | BAP oct (10%) | Total oct 2026 |
| Categoría 1° | $1.367.184 | $1.503.902 | $1.390.426 | $139.043 | $1.529.469 |
| Categoría 2° | $1.331.154 | $1.464.269 | $1.353.784 | $135.378 | $1.489.162 |
| Categoría 3° | $1.307.250 | $1.437.975 | $1.329.473 | $132.947 | $1.462.420 |
| Categoría 4° | $1.283.515 | $1.411.866 | $1.305.334 | $130.533 | $1.435.867 |
| Categoría 5° | $1.275.270 | $1.402.797 | $1.296.949 | $129.695 | $1.426.644 |
Valores mensuales para jornada completa, sin antigüedad real ni adicionales. Fuentes: escalas SAEOEP septiembre–octubre 2026 publicadas por Ignacio Online y Estudio Piccinini; verificado el 7/10/2026. Antes de liquidar, confirmar con la escala oficial de SAEOEP de tu jurisdicción.
Marco del Convenio y Ámbito
¿Qué diferencia hay entre este convenio y los convenios docentes (SADOP, CTERA)?
Los convenios docentes cubren a quienes están a cargo de un curso o materia (maestros, profesores). El CCT 88/90 cubre al personal NO docente del mismo establecimiento: porteros, auxiliares de portería, personal de maestranza y limpieza — otro tipo de tarea, otro convenio, aunque trabajen en el mismo edificio.
¿Este convenio aplica a colegios públicos o solo privados?
Solo a establecimientos educativos de gestión privada. El personal no docente de escuelas públicas se rige por el régimen de empleo público correspondiente a la jurisdicción (nacional, provincial o municipal).
¿Qué tareas específicas cubre “maestranza” en un colegio?
Limpieza de aulas y espacios comunes, mantenimiento básico del edificio, y en algunos casos apoyo logístico a la actividad escolar (por ejemplo, preparación de espacios para eventos) — no incluye tareas docentes ni de cuidado directo de alumnos en el aula.
¿Un preceptor o bibliotecario está cubierto por este convenio o por el docente?
Depende de la definición de cada jurisdicción y del rol específico — algunos roles de apoyo pedagógico (preceptores, bibliotecarios) pueden estar encuadrados en el régimen docente en lugar de este convenio de personal no docente. Confirmá el encuadre exacto de tu puesto.
Escala Salarial y Categorías
¿Cómo se categoriza al personal auxiliar de un colegio privado?
Por tipo de tarea y responsabilidad: portero/auxiliar de portería, personal de limpieza/maestranza general, y en colegios más grandes, roles de supervisión de estas áreas — cada categoría con su propio valor de básico.
¿El salario de este convenio es distinto según el nivel del colegio (inicial, primario, secundario)?
La escala del CCT 88/90 se aplica en general al personal no docente independientemente del nivel educativo del colegio, ya que la tarea de portería o maestranza es similar sin importar la edad de los alumnos.
¿Existe adicional por antigüedad para este personal?
Sí, como en la generalidad de los convenios, se prevé un adicional por antigüedad calculado como porcentaje del básico por cada año de servicio en el establecimiento.
Beneficios y Adicionales
¿El personal auxiliar tiene descuento o gratuidad en la cuota del colegio para sus hijos?
Esto depende de la política de cada institución, no es un beneficio automático del convenio — algunos colegios privados ofrecen descuentos a hijos de empleados como beneficio adicional, pero no está garantizado por el CCT 88/90.
¿Hay bonificación por trabajar en horario extendido (colegios de doble jornada)?
Si el colegio tiene jornada extendida o doble turno, el personal auxiliar que cubre ese horario ampliado puede tener un adicional correspondiente a las horas extra trabajadas, según el régimen general de horas extraordinarias.
Jornada, Turnos y Salud Laboral
¿Cómo se organiza la jornada del portero de un colegio?
Generalmente se organiza en torno al horario escolar (apertura antes del ingreso de alumnos, cierre después de la salida), con turnos que pueden extenderse si el colegio tiene actividades extracurriculares o de doble jornada.
¿El personal de maestranza trabaja durante las vacaciones escolares?
Sí, es habitual que el personal de limpieza y mantenimiento trabaje durante los recesos escolares para preparar el edificio para el siguiente período lectivo (limpieza profunda, arreglos), aunque con menor actividad que durante el ciclo lectivo activo.
¿Qué elementos de protección corresponden al personal de limpieza?
Guantes y elementos de protección adecuados al uso de productos de limpieza, según la normativa de higiene y seguridad laboral aplicable — el colegio, como empleador, debe proveerlos.
Representación Sindical y Delegados
¿Qué sindicato representa al personal no docente de colegios privados?
La representación corresponde al gremio de la rama Colegios dentro del convenio CCT 88/90 — confirmá la afiliación sindical específica vigente en tu establecimiento, ya que puede variar según la organización territorial.
¿Cómo se diferencia la afiliación sindical de este personal de la de los docentes del mismo colegio (SADOP)?
Son sindicatos distintos porque representan categorías de trabajadores distintas — un colegio privado puede tener, en el mismo edificio, personal afiliado a SADOP (docentes) y personal afiliado al gremio de la rama Colegios (no docentes), cada uno con su propio convenio y delegados.
Jornada, Licencias e Indemnización (Régimen General LCT)
Salvo que el convenio prevea condiciones distintas o superiores. Verificá siempre el texto vigente para tu caso puntual.
¿Qué jornada laboral rige si el convenio no dice algo distinto?
La de la LCT: máximo 8 horas diarias o 48 semanales. El convenio puede establecer una jornada distinta (por turnos, rotativa, etc.) — siempre hay que revisar el texto vigente para el caso puntual.
¿Cuántos días de vacaciones corresponden?
¿Qué licencias con goce de sueldo prevé el convenio?
¿Cuántos días de licencia por enfermedad inculpable tengo?
Por LCT (art. 208): 3 meses al año si la antigüedad es menor a 5 años, y 6 meses si es mayor — duplicado en ambos casos si tenés carga de familia. El convenio puede mejorar (nunca empeorar) este piso.
¿Qué licencias especiales pagas existen por LCT?
Matrimonio: 10 días corridos. Nacimiento de hijo/a: 2 días corridos (muchos convenios lo amplían). Fallecimiento de cónyuge, conviviente, hijo/a o padre/madre: 3 días corridos. Fallecimiento de hermano/a: 1 día. Exámenes en estudios secundarios o universitarios: 2 días por examen, hasta 10 días por año calendario.
¿Cómo se calcula la indemnización por despido sin causa?
Por LCT (art. 245): un mes de sueldo por cada año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses, sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año. Existen topes vinculados al convenio aplicable que conviene verificar puntualmente.
¿Cuánto preaviso corresponde si me despiden?
Según el art. 231 de la LCT (texto de la Ley 27.802, vigente desde el 6 de marzo de 2026), el empleador otorga preaviso de 1 mes cuando la antigüedad no supera los 5 años y de 2 meses cuando la supera, y el preaviso rige desde que finaliza el período de prueba. Quien trabaja preavisa con 15 días de anticipación. Si el empleador no otorga el preaviso corresponde la indemnización sustitutiva (art. 232). Cuando el convenio colectivo fija plazos mayores, rigen esos plazos.
¿Hay período de prueba?
Sí. El período de prueba es de 6 meses (art. 92 bis LCT, texto de la Ley 27.742). Durante ese lapso cualquiera de las partes puede extinguir el contrato sin expresión de causa y sin derecho a indemnización, y desde que finaliza rige el preaviso (art. 231, texto de la Ley 27.802). Los convenios colectivos pueden extenderlo hasta 8 meses en empresas de 6 a 100 trabajadores y hasta 12 meses en empresas de hasta 5 trabajadores. Quien trabaja en período de prueba cuenta con todos los demás derechos laborales: remuneración de la categoría, obra social, ART y aportes.
¿Tengo cobertura de ART?
Sí, es obligatoria para todo trabajador registrado conforme la Ley 24.557 — cubre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, con prestaciones médicas y dinerarias a cargo de la aseguradora contratada por el empleador.
Aguinaldo, Asignaciones Familiares y Registración
Régimen general aplicable a cualquier convenio, salvo mejora específica. Verificá siempre el texto vigente para tu caso puntual.
¿Cómo se calcula el aguinaldo (SAC)?
Por LCT (art. 121-123): 50% de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del semestre, pagadero en dos cuotas: 30 de junio y 18 de diciembre. Si no trabajaste el semestre completo, se paga proporcional al tiempo trabajado.
¿Qué asignaciones familiares me corresponden además del sueldo?
Las que fija el régimen general de ANSES, independientemente del convenio: asignación por hijo, por hijo con discapacidad, prenatal, ayuda escolar anual, y maternidad — según tu nivel de ingresos y la composición de tu grupo familiar. Se gestionan directamente con ANSES, no a través del convenio.
¿Qué pasa si trabajo para más de un empleador del mismo sector?
Cada empleador es responsable de forma independiente por los aportes, contribuciones y el cumplimiento de la normativa respecto de las horas que te contrata a vos — no hay ‘descuento’ entre empleadores por las horas que trabajás en otro lado.
¿Qué significa estar ‘mal registrado’ y por qué importa?
Implica que tu empleador te declara con una categoría inferior a la real, menos horas de las que realmente trabajás, o un salario menor al que efectivamente percibís. Además de ser un fraude laboral, te perjudica directamente: tus aportes jubilatorios, tu aguinaldo, tus vacaciones y una eventual indemnización se calculan sobre lo que está registrado, no sobre lo que realmente cobrás.
¿Qué puedo hacer si detecto que estoy mal registrado?
Podés intimar fehacientemente a tu empleador (por telegrama o carta documento) para que corrija la registración, y eventualmente iniciar un reclamo ante el Ministerio de Trabajo o la Justicia Laboral. Te recomendamos asesorarte con un profesional antes de iniciar cualquier reclamo formal, porque hay plazos y formalidades que pueden afectar los derechos de las partes si no se cumplen correctamente.
Particularidades del Trabajo en Colegios Privados
¿Qué tareas específicas realiza un auxiliar de maestranza en un colegio privado?
Limpieza y mantenimiento general de las instalaciones (aulas, baños, patios, oficinas), apertura y cierre del establecimiento, y en algunos casos tareas de portería o control de acceso, según lo que defina cada colegio.
¿Qué pasa con el trabajo de maestranza durante las vacaciones de verano, cuando no hay clases?
Muchos colegios mantienen tareas de limpieza profunda, mantenimiento y preparación de las instalaciones para el ciclo lectivo siguiente durante el receso, por lo que el personal de maestranza suele seguir trabajando aunque no haya alumnos.
¿El calendario escolar afecta la jornada o los francos del personal de maestranza?
Puede haber ajustes de horario en períodos de menor actividad (vacaciones) o mayor actividad (inicio/fin de ciclo lectivo, eventos especiales), pero la jornada general se mantiene dentro de los límites de la LCT y el convenio.
¿Qué riesgos de seguridad e higiene son propios de la tarea de maestranza escolar?
Exposición a productos de limpieza (que requieren manejo seguro y elementos de protección), riesgo de caídas al limpiar superficies húmedas, y esfuerzo físico por tareas de traslado de mobiliario o materiales.
¿El colegio debe proveer los elementos de protección personal (guantes, etc.) para las tareas de limpieza?
Sí, la provisión de elementos de protección personal adecuados a la tarea es una obligación general del empleador bajo la normativa de higiene y seguridad laboral, independientemente del sector.
¿Qué diferencia hay entre el CCT 88/90 y otros convenios de maestranza (como el de edificios de renta o limpieza general)?
El CCT 88/90 es específico para el ámbito de colegios privados, con condiciones adaptadas al ciclo escolar y a la naturaleza del establecimiento educativo, distinto de convenios de limpieza para oficinas, consorcios u otros ámbitos.
¿Existen categorías dentro del escalafón de auxiliares de maestranza?
Sí, suele haber categorías según la antigüedad y el tipo de tarea (limpieza general, mantenimiento, portería), cada una con su propio básico dentro del escalafón del convenio.
¿El personal de maestranza puede ser convocado para trabajar en eventos especiales del colegio (actos, reuniones fuera de horario)?
Sí, si se le requiere trabajar fuera de su jornada habitual para un evento especial, corresponde el pago de horas extra o la compensación que fije el convenio para esas situaciones.
¿Qué pasa si el colegio cierra temporalmente (por ejemplo, por refacciones)?
El personal mantiene su relación laboral y su salario durante el cierre temporal, salvo que se acuerden condiciones distintas (como reasignación de tareas), ya que el cierre no es responsabilidad del trabajador.
¿Los auxiliares de maestranza tienen contacto habitual con menores, y eso implica algún requisito adicional?
Dado que trabajan en un establecimiento educativo, es habitual que se les exijan los mismos requisitos de idoneidad que a otro personal del colegio (como certificados de antecedentes), según las políticas del establecimiento y la normativa aplicable a instituciones educativas.
¿Qué pasa si un colegio privado cierra definitivamente o deja de funcionar?
Se aplica el régimen general de la LCT para el cese de la relación laboral (despido, indemnización según corresponda), igual que en cualquier cierre de actividad de un empleador.
¿Es obligatoria la ART para el personal de maestranza escolar?
Sí, es obligatoria conforme la Ley 24.557 para todo trabajador registrado, con particular relevancia por el riesgo de manejo de productos de limpieza y esfuerzo físico propio de la tarea.
Registro, Aportes y Otras Dudas
¿Qué aportes se descuentan del recibo de sueldo de un auxiliar de maestranza?
Los aportes obligatorios de ley (jubilación, obra social, PAMI) más la cuota sindical correspondiente al gremio que represente la actividad, cuando corresponda.
¿A qué obra social aporta el personal de maestranza de colegios privados?
A la obra social del sindicato que representa la actividad, salvo que ejerza la opción de cambio de obra social prevista por la normativa vigente.
¿Puedo reclamar si estoy registrado con una categoría inferior a las tareas que realmente hago?
Sí, el registro con una categoría o remuneración inferior a la real da derecho a reclamar la regularización de la relación, con los aportes y las diferencias salariales adeudadas; las multas por trabajo no registrado de las Leyes 24.013 y 25.323 fueron derogadas por la Ley 27.742 en 2024, y su aplicación a situaciones anteriores se discute en la justicia.
¿Qué pasa si trabajo en más de un colegio a la vez, cada uno con jornada parcial?
Cada colegio, como empleador independiente, es responsable de los aportes y condiciones correspondientes a las horas que te contrata — podés tener más de una relación laboral registrada simultáneamente.
¿El personal de maestranza tiene algún adicional por trabajar en un colegio con doble turno (mañana y tarde)?
Puede corresponder un adicional o una organización de jornada específica si el establecimiento funciona en doble turno y el personal debe cubrir ambos, según lo que pacten el convenio y cada empleador.
¿Qué pasa si me piden usar productos de limpieza sin capacitación previa sobre su manejo seguro?
Tenés derecho a exigir la capacitación correspondiente antes de manipular sustancias potencialmente peligrosas — es una obligación del empleador bajo la normativa de higiene y seguridad laboral.
¿Los auxiliares de maestranza tienen licencias especiales distintas a las del régimen general de la LCT?
El convenio puede mejorar (nunca empeorar) el piso de licencias que fija la LCT — conviene verificar el texto vigente del CCT 88/90 para conocer si existen mejoras específicas para esta actividad.
¿Qué pasa si el colegio me pide tareas que no corresponden a mi categoría (por ejemplo, tareas administrativas)?
Si te asignan de forma habitual tareas de una categoría superior o distinta, tenés derecho a reclamar el reconocimiento salarial y la recategorización correspondiente a las tareas efectivamente realizadas.
¿Existe un régimen de suplencias para cubrir ausencias del personal de maestranza?
Es habitual que los colegios cuenten con personal suplente o de reemplazo para cubrir licencias o ausencias, contratado bajo las modalidades que prevé la LCT para el trabajo eventual o a plazo determinado según el caso.
¿Qué pasa si sufro un accidente en el trayecto de mi casa al colegio (accidente in itinere)?
Está cubierto por la ART como accidente de trabajo “in itinere” (Ley 24.557), siempre que el trayecto sea el habitual entre el domicilio y el lugar de trabajo, sin desvíos ajenos al trayecto.
¿A quién puedo consultar si tengo una duda puntual sobre mi situación laboral en un colegio privado?
Podés consultar con el sindicato que representa la actividad, con el Ministerio de Trabajo, o con un especialista en derecho laboral para evaluar tu caso puntual.
¿Cuánto se puede descontar como aporte solidario en el CCT 88/90?
¿Qué datos debe tener el recibo de sueldo que emite la empresa?
Según el art. 140 de la LCT, el recibo debe indicar: datos y CUIT del empleador; nombre, CUIL y categoría del trabajador; fecha de ingreso y tarea; cada concepto remunerativo y cómo se determina; las deducciones; el total bruto y el neto; los datos del último depósito de aportes; y el lugar y la fecha del pago. Se emite por duplicado (art. 139) y la firma del trabajador acredita el pago.
¿Qué aportes debe retener y depositar la empresa cada mes?
Del sueldo bruto, la empresa retiene los aportes del trabajador (11% jubilación, 3% PAMI y 3% obra social), la cuota sindical si la persona está afiliada y los aportes convencionales que correspondan. Debe depositarlos junto con sus propias contribuciones mediante la declaración jurada mensual (F.931) ante ARCA. Retener y no depositar es una falta grave.
¿Cómo puede la empresa aplicar una sanción disciplinaria?
Toda sanción debe tener una justa causa, aplicarse en forma proporcional y notificarse por escrito. Las suspensiones deben tener plazo fijo (art. 218 de la LCT), y la suma de suspensiones por causas disciplinarias o económicas no puede superar los 30 días en un año, contados desde la primera (art. 220). El trabajador puede cuestionar la sanción dentro de los 30 días (art. 67).
¿Qué debe registrar la empresa al incorporar personal comprendido en el CCT 88/90?
Antes de que la persona empiece a trabajar, la empresa debe darla de alta ante ARCA (Simplificación Registral), asentarla en el libro especial del art. 52 de la LCT, encuadrarla en el CCT 88/90 con la categoría que corresponde a sus tareas reales, y tenerla cubierta por la ART (Ley 24.557) y por el seguro de vida obligatorio (Decreto 1567/74).
