Climatización y Aire Acondicionado — CCT 286/75

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO

Climatización y Aire Acondicionado

Sindicato Empleados de la Construcción y Afines · Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO)

Personal administrativo, técnico, de supervisión y depósito de empresas de aire acondicionado — distinto de los obreros de UOCRA

ConvenioCCT N° 286/75, celebrado el 24 de julio de 1975
SindicatoSindicato Empleados de la Construcción y Afines
Cámara empresariaCámara Argentina de la Construcción (CAMARCO)
AlcancePersonal administrativo, técnico, de supervisión y de depósito empleado por empresas de aire acondicionado dentro de la industria de la construcción
Alcance geográficoCapital Federal y hasta 60 kilómetros a la redonda, incluyendo las ciudades de La Plata y Luján

Escala salarial

Consultanos por la escala salarial vigente del CCT 286/75: escribinos a [email protected] o por WhatsApp y la buscamos para vos.

Un convenio de “empleados”, distinto del de los obreros de obra

La instalación de aire acondicionado en una obra de construcción moviliza a dos tipos de trabajadores con convenios distintos. Por un lado, los obreros que ejecutan físicamente el trabajo en el edificio (colocación de conductos, cañerías, equipos) están comprendidos, según fuentes disponibles, en las categorías generales de UOCRA (CCT 76/75, ya publicado en HRUseful), que incluye expresamente oficios de climatización entre sus categorías (Oficial, Medio Oficial, Ayudante Práctico, Ayudante). Por otro lado, este convenio — el CCT 286/75 — regula específicamente al personal administrativo, técnico, de supervisión y de depósito que trabaja para las EMPRESAS de aire acondicionado como tales (no en la obra en sí, sino en sus oficinas, talleres y depósitos), representado por un sindicato distinto: el Sindicato Empleados de la Construcción y Afines. Es, en definitiva, el convenio de “cuello blanco” (y de soporte técnico/logístico) de las empresas de climatización, complementario del convenio de obra de UOCRA.

Infografía Climatización y Aire Acondicionado — CCT 286/75

Para cláusulas propias de este convenio (licencias especiales, adicionales, categorías), recomendamos confirmar el detalle con la entidad sindical firmante.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el CCT 286/75?

Es el convenio colectivo que regula al personal administrativo, técnico, de supervisión y de depósito de empresas de aire acondicionado dentro de la industria de la construcción, celebrado el 24 de julio de 1975 entre el Sindicato Empleados de la Construcción y Afines y CAMARCO.

¿Qué es CAMARCO?

La Cámara Argentina de la Construcción, la entidad empresaria que agrupa a empresas del sector construcción, incluidas las de aire acondicionado, y firma este convenio como contraparte del sindicato.

¿Qué diferencia hay entre este convenio y el de la Industria de la Construcción (CCT 76/75, UOCRA, ya publicado en HRUseful)?

UOCRA representa a los obreros que ejecutan el trabajo físico de instalación en la obra (incluyendo categorías de climatización dentro de su propia escala); el CCT 286/75 representa al personal administrativo, técnico, de supervisión y de depósito de las empresas de aire acondicionado — es decir, quienes trabajan en las oficinas, talleres y depósitos de esas empresas, no directamente en la obra.

¿Qué alcance geográfico tiene este convenio?

La Capital Federal y hasta 60 kilómetros a la redonda, incluyendo las ciudades de La Plata y Luján — un alcance geográfico limitado, a diferencia de otros convenios de aplicación nacional publicados en HRUseful.

¿Qué pasa con las empresas de aire acondicionado fuera de esa zona geográfica (por ejemplo, en Córdoba o Rosario)?

Este punto depende del texto vigente del convenio y de sus actas paritarias; conviene confirmarlo con el sindicato firmante.

¿Qué personal comprende específicamente este convenio?

Personal administrativo (facturación, atención al cliente, recursos humanos), técnico (diseño y presupuesto de instalaciones), de supervisión (coordinación de cuadrillas de obra) y de depósito (recepción y control de equipos y materiales) de empresas de aire acondicionado.

¿Qué diferencia hay con el CCT 480/06 (Sanitarios, instalaciones de gas e incendio, régimen de la Ley 22.250)?

El CCT 480/06 regula a los trabajadores dedicados a ejecutar, mantener y reparar instalaciones sanitarias, de gas, incendio y climatización bajo el régimen laboral especial de la construcción (Ley 22.250, con su propio sistema de aportes y fondo de desempleo); el CCT 286/75 regula específicamente al personal administrativo y técnico de las empresas de aire acondicionado bajo el régimen general de la LCT — dos marcos distintos según la función y el régimen laboral aplicable.

¿Qué es la Ley 22.250 y cómo se relaciona con la climatización?

Es el régimen laboral especial para trabajadores de la industria de la construcción, con su propio sistema de aportes, indemnización por antigüedad acumulada mediante fondo de desempleo, y libreta de aportes — un régimen distinto del general de la LCT que alcanza a los obreros de obra de climatización, no necesariamente al personal administrativo cubierto por el CCT 286/75.

¿Qué autoridad homologó este convenio?

La Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, en el marco de la Ley 14.250 de Convenciones Colectivas de Trabajo.

¿Cuál es la escala salarial exacta vigente en 2026?

El detalle exacto figura en el texto vigente del convenio y en sus actas paritarias.

¿Qué jornada laboral rige para este sector?

Como referencia general se aplica el límite legal de 8 horas diarias o 48 semanales de la Ley 11.544.

El detalle exacto figura en el texto vigente del convenio y en sus actas paritarias.
¿Cómo se paga el aguinaldo en este sector?

Se aplica el Sueldo Anual Complementario (SAC) general de la Ley 23.041 y la LCT: 50% de la mejor remuneración mensual de cada semestre, pagadero en junio y diciembre.

¿Cuántos días de vacaciones corresponden?

Como piso mínimo, el esquema general de la LCT: de 14 a 35 días corridos según la antigüedad.

El detalle exacto figura en el texto vigente del convenio y en sus actas paritarias.
¿Qué riesgos laborales tiene el personal de depósito de una empresa de aire acondicionado?

Manejo manual y mecánico de equipos pesados (unidades exteriores, compresores), riesgo de golpes y aplastamiento al mover cargas voluminosas, y exposición ocasional a gases refrigerantes durante la recepción o el control de equipos con carga previa — riesgos regulados bajo la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo (19.587).

¿Qué son los gases refrigerantes y qué riesgo tienen?

Son los fluidos que circulan dentro de un equipo de aire acondicionado para producir el efecto de enfriamiento; algunos son inflamables o pueden desplazar el oxígeno en espacios cerrados en caso de fuga, además de tener un impacto ambiental regulado (potencial de calentamiento global) que motiva normativas específicas de manejo y reciclado.

¿Existe normativa ambiental específica sobre los gases refrigerantes en Argentina?

Sí, Argentina adhiere a acuerdos internacionales (como el Protocolo de Montreal y su Enmienda de Kigali) que regulan la reducción progresiva de ciertos gases refrigerantes por su impacto ambiental, lo cual influye en las prácticas de manejo, carga y reciclado que exige la actividad hoy — un marco ambiental distinto y ajeno al convenio colectivo laboral en sí.

¿Qué pasa si me lesiono manipulando un equipo de aire acondicionado en el depósito?

Es un accidente de trabajo cubierto por la Ley de Riesgos del Trabajo (24.557), con la correspondiente cobertura de la ART de la empresa, más allá de lo que establezca el convenio en materia de condiciones de trabajo.

¿Puede una empresa pagar por encima de la escala de este convenio?

Sí, sin ningún problema — la escala convencional es un piso mínimo, no un techo. Cualquier empresa puede pactar condiciones individuales o colectivas más favorables.

¿Existen delegados sindicales en las empresas de aire acondicionado?

Sí, la Ley de Asociaciones Sindicales (23.551) habilita la elección de delegados de personal en los establecimientos que superen la cantidad mínima de trabajadores que fija la ley, canalizada a través de la seccional local del sindicato correspondiente.

¿Qué pasa si trabajo part-time en una empresa de aire acondicionado?

Las condiciones y escalas se aplican de forma proporcional a la jornada efectivamente trabajada, igual que en cualquier relación de trabajo a tiempo parcial regida por el artículo 92 ter de la LCT.

¿Qué pasa si me despiden trabajando en una empresa de aire acondicionado bajo este convenio?

Se aplica el régimen general de indemnización por despido de la Ley de Contrato de Trabajo, con las modificaciones de la Ley 27.802 y, desde diciembre de 2026, el Fondo de Asistencia Laboral.

El detalle exacto figura en el texto vigente del convenio y en sus actas paritarias.
¿Este convenio alcanza al técnico que diseña un proyecto de climatización para un edificio de oficinas?

Sí, el personal técnico está expresamente comprendido dentro del alcance de este convenio, lo que incluiría en principio tareas de diseño y cálculo de instalaciones de climatización.

¿Qué pasa si trabajo de supervisor de una cuadrilla de instaladores de aire acondicionado en la obra?

La función de supervisión está expresamente comprendida dentro del alcance de este convenio, distinta de la de los obreros que ejecutan físicamente la instalación (comprendidos bajo UOCRA o el régimen de la Ley 22.250 según el caso).

¿Qué pasa si mi empresa de aire acondicionado también vende equipos al público, no solo instala?

El personal administrativo, técnico, de supervisión y de depósito seguiría en principio comprendido por este convenio; el personal exclusivamente dedicado a la venta minorista al público podría regirse por el convenio de Comercio (CCT 130/75, ya publicado en HRUseful) según cómo esté organizada la actividad.

¿Qué pasa si mi empresa cierra o se declara en quiebra?

Se aplican las normas generales de la LCT sobre extinción del contrato de trabajo y, en su caso, de concursos y quiebras, con los privilegios que la ley reconoce a los créditos laborales.

¿Qué pasa si mi empresa cambia de dueño o razón social?

Rige el principio de continuidad laboral: el nuevo titular asume las obligaciones laborales previas conforme a los artículos 225 a 228 de la LCT sobre transferencia del establecimiento, sin que la relación de trabajo se vea afectada por el cambio de titularidad.

¿Existe una obra social propia de este sindicato?

Es habitual que los sindicatos de la industria de la construcción administren su propia obra social para los trabajadores comprendidos en sus convenios — consultar directamente con el Sindicato Empleados de la Construcción y Afines para el detalle de cobertura y prestadores.

¿Qué pasa si soy menor de edad y quiero trabajar en el depósito de una empresa de aire acondicionado?

Rige el régimen general de trabajo de menores de la LCT: prohibición de trabajo nocturno e insalubre, jornada reducida y otras protecciones específicas para trabajadores de 16 y 17 años, particularmente relevante dado el manejo de cargas pesadas propio de esta actividad.

¿Qué pasa si trabajo horas extra ante un pico de demanda de instalación en verano?

Se aplica el régimen general de horas extraordinarias de la LCT y la Ley 11.544 (recargo del 50% en días hábiles y 100% en sábados después de las 13, domingos y feriados), un escenario muy frecuente en esta actividad dado su fuerte componente estacional (mayor demanda en los meses de calor).

¿Por qué la demanda de instalación de aire acondicionado es tan estacional?

Porque la mayor parte de la demanda de instalación nueva y de servicio técnico se concentra en los meses previos y durante el verano, cuando los equipos se ponen a prueba con las temperaturas más altas del año — un patrón que impacta directamente en la carga de trabajo de estas empresas a lo largo del año.

¿Qué pasa si mi empresa de aire acondicionado también instala calefacción o climatización industrial (no solo residencial)?

Sigue tratándose de la misma actividad general de climatización comprendida por este convenio, independientemente del segmento específico (residencial, comercial o industrial) al que se dedique la empresa.

¿Qué pasa si trabajo de forma genuinamente independiente como técnico de aire acondicionado, atendiendo clientes por mi cuenta, sin relación de dependencia con ninguna empresa?

Un convenio colectivo regula relaciones de dependencia entre trabajadores y empleadores — quien presta servicios de instalación o reparación de forma autónoma, sin relación de dependencia con una empresa del sector, no está alcanzado por este CCT.

¿Qué certificación necesita un técnico para manipular gases refrigerantes en Argentina?

Este punto depende del texto vigente del convenio y de sus actas paritarias; conviene confirmarlo con la cámara empresaria o el organismo ambiental competente.

¿Qué pasa si el cliente reclama por una instalación de aire acondicionado defectuosa?

Es una cuestión de responsabilidad comercial entre la empresa y su cliente (garantía del servicio), ajena al convenio colectivo laboral en sí, que regula exclusivamente la relación de trabajo entre la empresa y su personal.

¿Dónde puedo consultar el texto completo del CCT 286/75?

Puede consultarse en el sitio de CAMARCO (camarco.org.ar) o en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (argentina.gob.ar/normativa).

¿Qué pasa si trabajo en el service técnico posventa de equipos de aire acondicionado (mantenimiento periódico), no en instalación nueva?

El personal técnico de mantenimiento y service está en principio comprendido dentro del alcance general de este convenio, junto con el de instalación nueva.

¿Qué pasa si mi empresa de aire acondicionado también instala paneles solares o sistemas de energía renovable?

Este punto depende del texto vigente del convenio y de sus actas paritarias; conviene confirmarlo con el sindicato o CAMARCO.

¿Existe algún adicional específico por manejo de sustancias refrigerantes bajo presión?

El detalle exacto figura en el texto vigente del convenio y en sus actas paritarias.

¿Qué diferencia hay entre “aire acondicionado” y “climatización” como términos?

En la práctica se usan como sinónimos en el sector; “climatización” es un término algo más amplio que puede abarcar tanto refrigeración (frío) como calefacción, mientras que “aire acondicionado” suele asociarse más específicamente al control de temperatura y humedad del ambiente, aunque este convenio los trata bajo el mismo alcance general.

¿Qué pasa si mi empresa fabrica equipos de aire acondicionado, en lugar de instalarlos?

La fabricación industrial de equipos de aire acondicionado (en una planta metalúrgica o electromecánica) es una actividad distinta de la instalación en obra, que podría encuadrarse bajo el convenio de Metalúrgicos (UOMRA, ya publicado en HRUseful) u otro según el proceso productivo específico — este convenio (286/75) se centra en las empresas de instalación dentro de la industria de la construcción.

¿Qué pasa si trabajo en el control de calidad de instalaciones de climatización antes de la entrega al cliente?

En principio queda comprendido por el alcance general del convenio como personal técnico de la empresa.

¿Existe un régimen de guardia para atender emergencias de climatización fuera de horario (por ejemplo, en un hospital o data center)?

Es razonable esperar que empresas que atienden clientes con necesidad de climatización crítica (hospitales, centros de datos) mantengan guardias de emergencia fuera de horario, con la correspondiente compensación conforme al régimen general de la LCT.

¿Qué pasa si trabajo de forma temporaria en una empresa de aire acondicionado durante el pico de instalaciones de verano?

Depende de si la relación se configura como un contrato a plazo fijo o de trabajo eventual vinculado específicamente a esa temporada de mayor demanda, bajo las modalidades que prevé la LCT — cada modalidad tiene su propio régimen de derechos, distinto del de un trabajador permanente.

¿Qué pasa si trabajo en el presupuesto y cotización de proyectos de climatización, sin participar de la instalación física?

Es una tarea técnica y administrativa expresamente comprendida por el alcance general de este convenio, distinta de la ejecución física en obra que corresponde a otro régimen (UOCRA o Ley 22.250 según el caso).

¿Qué pasa si mi empresa de aire acondicionado se muda de la Ciudad de Buenos Aires a una localidad fuera del radio de 60 km que cubre este convenio?

Este punto depende del texto vigente del convenio y de sus actas paritarias; conviene confirmarlo con el sindicato o CAMARCO.

¿Qué pasa si mi empresa de aire acondicionado importa los equipos y solo se dedica a la instalación, sin fabricar nada?

Sigue tratándose de la misma actividad de empresa de instalación de aire acondicionado comprendida por este convenio — el origen (importado o nacional) de los equipos que instala no altera el encuadre convencional de su personal.

¿Qué pasa si el depósito de la empresa almacena también otros materiales de construcción, no solo equipos de climatización?

El personal de depósito sigue en principio comprendido por este convenio en cuanto empleado de una empresa de aire acondicionado, independientemente de la diversidad de materiales que maneje en ese depósito específico.

¿Qué pasa si trabajo de chofer de reparto de equipos de aire acondicionado para la empresa, entre el depósito y las obras?

Este punto depende del texto vigente del convenio y de sus actas paritarias; conviene confirmarlo con el sindicato firmante.

¿Existe un aporte de solidaridad específico en este convenio?

Este punto depende del texto vigente del convenio y de sus actas paritarias; conviene confirmarlo con el sindicato.

¿Qué pasa si dos empresas de aire acondicionado se fusionan?

Rige el principio de continuidad laboral: la empresa resultante asume las obligaciones laborales previas conforme a los artículos 225 a 228 de la LCT sobre transferencia del establecimiento, sin que la relación de trabajo se vea afectada por la fusión.

¿Cuánto se puede descontar como aporte solidario en el CCT 286/75?
Si el acuerdo vigente de el CCT 286/75 establece un aporte o contribución solidaria, desde la Ley 27.802 de Modernización Laboral (Boletín Oficial del 06/03/2026) el conjunto de aportes y contribuciones convencionales a favor de la asociación sindical no puede superar el 2% de la remuneración, tanto para afiliados como para no afiliados, y ese límite se computa en forma global (Decreto 407/2026). La base de cálculo es el salario básico convencional de la categoría más las sumas remunerativas normales y habituales de pago mensual de origen convencional; no se incluyen premios, bonos, horas extras, aguinaldo, plus vacacional ni sumas no remunerativas (Decreto 612/2026). Las cláusulas que superan ese límite deben readecuarse. El porcentaje aplicado figura en el recibo de sueldo; para confirmarlo, consultá a la entidad sindical firmante.
COMPARTIR:LinkedInXFacebookWhatsApp