Trabajo Rural — Ley 26.727 y CCT UATRE

Estatuto del Trabajador Rural

Trabajo Rural — Ley 26.727 y CCT UATRE

Primera paritaria homologada bajo la Ley 27.802 (modernización laboral)
Firmantes: UATRE · CRA · SRA · FAA · CONINAGRO
Alcance: actividad agraria — todo el país
Marco normativo Ley 26.727 (Estatuto del Trabajador Rural) y resoluciones de la CNTA
Actividad Agricultura, ganadería, fruticultura, horticultura, viticultura, tambo, forestación y afines
Sindicato UATRE (Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores)
Cámara empleadora CRA, SRA, FAA, CONINAGRO
Organismo de control RENATRE / CNTA (Comisión Nacional de Trabajo Agrario)
Fuente oficial renatre.org.ar · trabajo.gob.ar
Última actualización Octubre 2026 — escala homologada (Disposición 1120/2026): Peón General $1.235.833,53
Acuerdo del 30/07/2026, homologado (Disposición 1120/2026, 4/09/2026): UATRE y las cámaras del sector cerraron en la Comisión Nacional de Trabajo Agrario la escala del Personal Permanente de Prestación Continua, con tramos mensuales de agosto a octubre de 2026. Desde el 1° de octubre el Peón General cobra un básico de $1.235.833,53 (valor diario $54.368), más una suma no remunerativa de $12.465. Fuentes: El Cronista (5/10/2026) y Asistente Laboral Argentino.
Contexto: es una de las primeras paritarias rurales homologadas bajo el esquema de negociación colectiva de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802. Hasta entonces los mínimos se fijaban casi exclusivamente por resolución de la CNTA. UATRE advirtió que los aumentos “todavía no logran compensar el deterioro acumulado del poder adquisitivo”.
Escala Salarial vigente — octubre 2026 · Personal Permanente de Prestación Continua
Categoría Básico mensual (oct. 2026)
Peón general $1.235.833,53
Ayudante de especializado / Peón único $1.267.286,73
Especializado: peón de arroz, haras y cabañas $1.269.906,69
Ovejero $1.280.012,44
Especializado (albañil, apicultor, carnicero, herrero, jardinero, mecánico general y otros oficios) $1.315.590,52
Ordeñador (tambo) $1.323.953,65
Puestero $1.357.795,04
Ordeñador que además es carrero $1.363.083,96
Conductor tractorista / maquinista de cosechadoras y agrícolas $1.371.311,17
Mecánico tractorista $1.439.808,93
Capataz $1.493.036,48
Encargado $1.572.503,85
Fuente: acuerdo UATRE–cámaras en la CNTA del 30/07/2026, homologado por Disposición 1120/2026. A la escala básica se suma antigüedad: 1% por año hasta los 10 años, 1,5% por año desde entonces. Zona desfavorable (Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur): +20% sobre las remuneraciones mínimas. Las actividades con resolución propia de la CNTA (arándanos, semilleros, cosechas regionales) tienen escalas diferentes.
Categorías especializadas y adicionales clave
Peón fitosanitarios
$1.761.296,80 (may)
Personal dedicado a la aplicación de productos fitosanitarios — escala diferenciada por el riesgo de la tarea, muy por encima del peón general.
Conductor autopropulsado
+$2.500.000 (may)
Una de las categorías mejor pagas del convenio rural — conducción de maquinaria autopropulsada de alta complejidad.
Antigüedad
1% → 1,5%/año
1% del básico por cada año hasta los 10 años de antigüedad; 1,5% por año a partir del año 11.
Zona desfavorable
+20%
Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur: 20% adicional sobre las remuneraciones mínimas.
Vivienda obligatoria
Si vive en el establecimiento
Debe cumplir condiciones mínimas de habitabilidad (agua potable, sanitarios, iluminación). No puede descontarse del salario por encima del máximo legal.
Trabajador de temporada
Derecho preferente
Quien completa dos ciclos consecutivos (cosecha, vendimia, zafra) tiene derecho preferente a ser contratado en el tercero.
Próxima negociación
Esquema
Primera paritaria bajo Ley 27.802
Seguimiento
UATRE en estado de seguimiento permanente
Último valor confirmado
Octubre 2026
Posición gremial
Reclama nueva recomposición
Preguntas frecuentes
Alcance y encuadramiento
Ficha del convenio: Trabajo Rural — Ley 26.727 y CCT UATRE
¿A quiénes cubre la Ley 26.727 de Trabajo Agrario?
A todo el personal que se desempeña en tareas rurales: labores agrícolas, ganaderas, forestales, avícolas o de otro tipo vinculadas a la actividad agropecuaria, tanto en tareas permanentes como transitorias (por ejemplo, cosecha).
¿Qué es el RENATRE?
El Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios, el organismo que lleva el registro de empleadores y trabajadores rurales y emite la Libreta de Trabajo Rural, el equivalente al legajo/libreta laboral de este régimen.
¿Qué diferencia hay entre este régimen y la LCT general?
La Ley 26.727 es un estatuto especial: en lo no previsto expresamente por ella, se aplica supletoriamente la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), pero tiene reglas propias sobre jornada, vivienda, alimentación y categorías adaptadas a la actividad rural.
¿El sindicato de este sector es UATRE?
Sí, la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE) es la entidad sindical con personería gremial para representar a los trabajadores rurales.
Categorías y tipos de vinculación
¿Qué diferencia hay entre un trabajador permanente y uno transitorio?
El trabajador permanente presta servicios de manera continua durante todo el año para el mismo empleador; el transitorio (por ejemplo, para la cosecha) es contratado para tareas de duración determinada ligadas a un ciclo estacional de la actividad.
¿Qué es el “trabajador permanente de prestación discontinua”?
Es una figura propia del régimen rural para tareas cíclicas o estacionales que se repiten año a año con el mismo empleador; el vínculo se mantiene aunque haya interrupciones entre temporadas, generando derechos vinculados a la antigüedad acumulada.
¿Cuáles son las categorías más comunes dentro del sector?
Entre otras: peón general, peón especializado, tractorista/maquinista agrícola, capataz y encargado, cada una con un básico propio fijado por la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) según la actividad y la provincia.
¿Quién fija los salarios de este sector?
La Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA), organismo tripartito (Estado, UATRE y entidades empleadoras) que dicta resoluciones salariales por actividad y zona, ya que los valores varían según el tipo de tarea y la región del país.
Jornada y descansos
¿Cuál es la jornada máxima en el trabajo rural?
Como regla general, el límite es de 8 horas diarias o 44 semanales, con las adaptaciones que la propia actividad agropecuaria exige por estacionalidad y condiciones climáticas.
¿Tengo derecho a descanso semanal?
Sí, un descanso mínimo semanal, con las adecuaciones que puede requerir la actividad (por ejemplo, en tareas ganaderas que no admiten interrupción total, con compensación del descanso en otro momento).
¿Cómo se computan las horas en época de cosecha, cuando se trabaja más horas por día?
Las horas que excedan la jornada legal deben pagarse como horas extraordinarias con el recargo correspondiente, salvo los regímenes especiales de jornada que puedan pactarse para tareas específicas.
Remuneración, vivienda y alimentación
¿El empleador puede pagar parte del salario en especie (vivienda, comida)?
Sí, dentro de los límites que fija la normativa: la vivienda y la alimentación adecuadas son, además, una obligación del empleador cuando el trabajador reside en el establecimiento, y no pueden usarse para vaciar de contenido el salario en dinero.
¿Qué condiciones mínimas debe tener la vivienda que provee el empleador?
Debe reunir condiciones de higiene y habitabilidad adecuadas (agua potable, instalaciones sanitarias, protección de la intemperie); es una obligación específica del régimen agrario, distinta de la LCT general.
¿Los adicionales por categoría o especialización se pagan aparte del básico?
Sí, además del básico de convenio fijado por la CNTA para cada categoría, pueden corresponder adicionales por tarea específica, manejo de maquinaria u otras condiciones particulares del establecimiento.
¿Cada cuánto se actualizan los salarios del sector rural?
Se actualizan por resoluciones periódicas de la CNTA, que pueden variar en frecuencia según la actividad y la coyuntura salarial; conviene siempre confirmar la resolución vigente para la tarea y provincia específica.
Licencias, vacaciones y aguinaldo
¿Cuántos días de vacaciones corresponden en el trabajo rural?
Los mismos mínimos que la LCT general según antigüedad: 14 días corridos (hasta 5 años), 21 días (5 a 10 años), 28 días (10 a 20 años) y 35 días (más de 20 años), adaptados al ciclo de la actividad.
¿Se cobra aguinaldo (SAC) en el trabajo rural?
Sí, el Sueldo Anual Complementario se paga igual que en el resto de las actividades: 50% de la mejor remuneración del semestre, en junio y diciembre.
¿Qué pasa con las vacaciones de un trabajador transitorio si no llega a trabajar todo el año?
Corresponde el pago proporcional de las vacaciones no gozadas al finalizar el vínculo, calculado en función de los días efectivamente trabajados durante la temporada.
¿Hay licencia por enfermedad?
Sí, con los mismos criterios generales que la LCT (art. 208): 3 o 6 meses pagos según antigüedad y cargas de familia, sin perjuicio de las particularidades que puedan derivar de la modalidad de prestación discontinua.
Extinción del contrato, aportes y ART
¿Qué indemnización corresponde si despiden a un trabajador rural permanente sin causa?
La del art. 245 LCT, aplicable supletoriamente: un mes de sueldo por año de servicio o fracción mayor a 3 meses, sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual, con el tope vigente para la actividad.
¿Qué pasa al terminar la temporada con un trabajador transitorio (de cosecha)?
Si el contrato fue por tiempo determinado o para una tarea estacional específica, su finalización al concluir la temporada no genera, por sí sola, derecho a la indemnización del art. 245; sí corresponden las liquidaciones proporcionales de SAC y vacaciones no gozadas.
¿Qué pasa si el mismo trabajador transitorio vuelve a ser contratado por el mismo empleador todos los años?
Puede configurar la figura de “trabajador permanente de prestación discontinua”, con derechos de antigüedad que se acumulan entre temporada y temporada, aunque haya interrupciones.
¿Es obligatoria la ART en el trabajo rural?
Sí, la cobertura de riesgos del trabajo (Ley 24.557) es obligatoria, con particular relevancia en tareas rurales por el uso de maquinaria agrícola, agroquímicos y trabajo a la intemperie.
¿Qué aportes se descuentan del recibo de sueldo?
Los aportes obligatorios de ley (jubilación, obra social, PAMI) más la cuota sindical de UATRE cuando corresponde, además de la contribución patronal al RENATRE que identifica y registra al trabajador.
¿Qué protecciones especiales existen para el trabajo de menores en el sector rural?
El trabajo infantil está prohibido; para adolescentes existen límites estrictos de edad mínima y jornada, con controles reforzados dada la naturaleza de las tareas agropecuarias.
Otras dudas frecuentes
¿El empleador puede descontar del sueldo el valor de la vivienda o la comida provista?
No de forma que vacíe el salario en dinero: la vivienda y alimentación adecuadas son una obligación del empleador cuando el trabajador reside en el establecimiento, no un beneficio que se compensa restando del básico.
¿Qué pasa si me accidento con maquinaria agrícola durante la jornada?
Corresponde la cobertura de la ART como accidente de trabajo (Ley 24.557), con las prestaciones médicas y dinerarias que prevé esa ley, independientemente de que el empleador tenga o no responsabilidad en el hecho.
¿Puedo reclamar si no tengo Libreta de Trabajo Rural (RENATRE)?
Sí: la falta de registro correcto en RENATRE es un indicio de irregularidad en el vínculo y puede fundamentar un reclamo por trabajo no registrado, con las multas e indemnizaciones agravadas que prevé la legislación de empleo no registrado.
¿Existen adicionales por zona o por trabajo en condiciones especialmente adversas?
Puede haber adicionales fijados por la CNTA para actividades o zonas específicas (por ejemplo, tareas de mayor exigencia física o en condiciones climáticas extremas), que se suman al básico de categoría.
¿El descanso semanal se puede trabajar en épocas de mucha demanda (cosecha, parición)?
Puede excepcionalmente trabajarse por necesidades de la actividad, pero corresponde el pago con el recargo legal o el otorgamiento de un descanso compensatorio en otro momento.
¿Qué pasa si me despiden estando de licencia por enfermedad?
El despido durante la licencia por enfermedad no cancela el derecho a cobrar los salarios por enfermedad ya devengados, y puede generar un reclamo adicional si la desvinculación buscó evitar esa obligación.
¿Los trabajadores rurales tienen obra social propia?
Sí, aportan a la obra social del sector (vinculada a UATRE), salvo que ejerzan la opción de cambio de obra social prevista por la normativa vigente.

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¿Hay diferencias entre el trabajador rural permanente y el temporario?

Sí. El trabajador permanente tiene contrato de duración indefinida y todos los derechos de la Ley 26.727. El trabajador temporario o por temporada es contratado para tareas de ciclo determinado (cosecha, vendimia, zafra), y su vínculo se suspende fuera de temporada con posibilidad de ser llamado en la siguiente. El trabajador de temporada que completa dos ciclos consecutivos tiene derecho preferente a ser contratado en el tercero.

¿Qué es el RENATRE?

El RENATRE (Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios) es el organismo que registra a los trabajadores rurales y sus empleadores, controla el cumplimiento de las normas laborales en el sector, y administra prestaciones de desempleo para los trabajadores rurales. La inscripción es obligatoria para todos los empleadores rurales.

¿Cuáles son las categorías del trabajador rural?

La Ley 26.727 y los CCT de la UATRE establecen categorías según el tipo de actividad y calificación: Peón general, Peón práctico, Trabajador calificado, Trabajador altamente calificado, y categorías específicas por actividad (tractorista, ordeñador, esquilador, cosechador, etc.). Las escalas salariales se actualizan mediante acuerdos paritarios del RENATRE y la UATRE.

¿A quiénes cubre el Estatuto del Trabajador Rural?

Cubre a los trabajadores que realizan tareas agrarias en establecimientos rurales, tanto en forma permanente como temporaria o por temporada. Incluye al personal de casas de familia rurales cuando viven en el establecimiento. Quedan excluidos quienes prestan servicios en establecimientos industriales, aunque estén ubicados en zonas rurales, salvo que la actividad principal sea agraria.

¿Qué regula el Estatuto del Peón Rural (UATRE)?

El Estatuto del Trabajador Rural (Ley 26.727) y los convenios colectivos negociados por la UATRE (Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores) regulan las condiciones de trabajo del personal ocupado en tareas agrarias: agricultura, ganadería, granja, fruticultura, horticultura, floricultura, apicultura, viticultura, forestación y actividades afines desarrolladas en el ámbito rural.

¿Cuáles son las categorías del trabajador rural bajo el convenio UATRE?

Las categorías se organizan por actividad: Peón General, Peón Práctico (con experiencia en la tarea específica), Tractorista, Ordeñador, Esquilador, Trabajador de Cosecha (temporario o permanente), Capataz y Encargado de Campo. Cada categoría tiene su escala salarial diferenciada y los salarios mínimos se actualizan mediante paritaria UATRE-CONINAGRO/FAA/SRA/CRA.

¿Qué ley y convenio regulan el trabajo rural en Argentina?

El trabajo rural se rige por la Ley 26.727 (Régimen de Trabajo Agrario, sancionada en 2011 y que reemplazó al viejo Estatuto del Peón Rural) y por los convenios colectivos que negocia la UATRE (Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores). La Ley 26.727 establece el marco general de derechos y la RENATEA lleva el registro de trabajadores y empleadores rurales.

¿Cómo se pagan las horas extras en el trabajo rural?

Las horas extras se pagan con un recargo del 50% sobre el valor hora ordinaria los días hábiles, y del 100% los domingos, feriados y sábados después de las 13 horas. En épocas de cosecha u otras actividades estacionales, las horas extras son frecuentes y deben liquidarse en la misma quincena en que se devengaron.

¿Cuánto descanso tiene el trabajador rural entre jornadas?

El trabajador rural tiene derecho a un descanso mínimo de 10 horas entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente (la LCT general establece 12, pero la normativa rural admite 10 en razón de las características de la actividad). Además, tiene derecho a un descanso semanal de 35 horas continuas que, de no coincidir con el domingo, debe compensarse con otro día de la semana.

¿Cuál es la jornada de trabajo en el ámbito rural?

La jornada ordinaria es de 8 horas diarias y 48 horas semanales. Sin embargo, la Ley 26.727 admite jornadas máximas de hasta 9 horas diarias sin superar las 48 semanales, cuando la naturaleza de la actividad lo justifique. En épocas de cosecha u otras tareas estacionales urgentes, pueden acordarse jornadas mayores con el pago de horas extras correspondiente.

¿Cuál es la jornada del trabajador rural?

La jornada ordinaria es de 8 horas diarias y 44 semanales. En períodos de siembra, cosecha o circunstancias climáticas excepcionales, el empleador puede extender la jornada hasta 9 horas con el pago de horas extras. El trabajador rural que vive en el establecimiento tiene jornada limitada; el tiempo de traslado dentro del campo entre su vivienda y el lugar de trabajo no integra la jornada pagada.

¿Tiene licencia por enfermedad el trabajador rural?

Sí. La Ley 26.727 establece que durante la enfermedad el empleador debe abonar el salario por un período de hasta 3 meses si la antigüedad es menor a 5 años, o hasta 6 meses si es mayor. Si el trabajador tiene cargas de familia, los plazos se duplican. Transcurrido ese período sin recuperación, puede operarse la resolución del contrato con derecho a indemnización.

¿Qué licencias especiales tiene el trabajador rural?

La Ley 26.727 reconoce: 10 días por matrimonio, 2 días por nacimiento de hijo, 3 días por fallecimiento de cónyuge, padres o hijos, 1 día por fallecimiento de hermanos, y el tiempo necesario para rendir examen (hasta 10 días por año). Estas licencias son sin descuento de haberes.

¿Cuántos días de vacaciones tiene el trabajador rural?

El trabajador rural tiene derecho a: 10 días hábiles con menos de 5 años de antigüedad, 15 días hábiles con 5 a 10 años, 20 días hábiles con 10 a 20 años, y 30 días hábiles con más de 20 años. Nótese que la Ley 26.727 establece los días en días hábiles, a diferencia de la LCT que los establece en días corridos.

¿Cuáles son las licencias del trabajador rural?

Las licencias se rigen por la Ley 26.727: vacaciones anuales de 10 a 30 días según antigüedad (escala diferente a la LCT), licencia por enfermedad (similares plazos al art. 208 LCT), licencia por maternidad (90 días), licencia por paternidad (2 días hábiles), por matrimonio (10 días) y por fallecimiento de familiar (3 días). El trabajador temporario tiene vacaciones proporcionales al tiempo trabajado.

¿Cuál es la indemnización por despido del trabajador rural?

Se aplica la Ley 26.727: 1 mes de remuneración por cada año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses, sobre la base del mejor salario mensual del último año. No puede ser inferior a 2 meses del salario básico de la categoría. Se adicionan las partes proporcionales de vacaciones, SAC y preaviso.

¿Cuál es el preaviso del trabajador rural?

El preaviso en el trabajo rural es: 30 días cuando el trabajador tiene hasta 5 años de antigüedad, y 60 días cuando supera los 5 años. Durante el preaviso, el trabajador tiene derecho a 2 horas diarias para buscar nuevo empleo. Si el empleador no otorga el preaviso, debe abonar una indemnización sustitutiva equivalente a los salarios del período que corresponda.

¿Qué adicionales tiene el trabajador rural?

Los principales adicionales son: adicional por antigüedad, adicional por trabajo nocturno, adicional por tareas insalubres o peligrosas, y en algunos CCT específicos por actividad, adicionales por productividad o destajo. Los montos exactos surgen de los acuerdos paritarios vigentes.

¿Cómo se determina el salario del trabajador rural?

El salario se determina por categoría según la escala salarial vigente acordada entre la UATRE y la Confederación de Asociaciones Rurales. Los valores se actualizan periódicamente por acuerdos paritarios y deben consultarse en el RENATRE o en la UATRE. El salario no puede ser inferior al salario mínimo vital y móvil.

¿Cómo se actualiza el salario rural?

Los salarios rurales se negocian en la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA), integrada por representantes de UATRE y de las cuatro entidades rurales (CONINAGRO, FAA, SRA y CRA). Las actualizaciones son anuales o semestrales y se fijan por región y actividad. El salario rural no puede ser inferior al Salario Mínimo Vital y Móvil; históricamente ha estado por encima de ese piso.

¿Qué pasa con la vivienda cuando termina el contrato de trabajo rural?

Al extinguirse el contrato de trabajo, el trabajador debe desocupar la vivienda provista por el empleador dentro del plazo que fije la Ley 26.727 o el CCT aplicable, generalmente entre 30 y 60 días desde la extinción. El empleador no puede ejercer acciones de desalojo hasta que no se hayan liquidado y pagado todas las acreencias laborales del trabajador.

¿Qué condiciones de alimentación rigen para el trabajador rural que vive en el establecimiento?

Cuando el empleador provee alimentación al trabajador que vive en el establecimiento, esta debe ser suficiente y adecuada. Si se descuenta del salario, el descuento no puede superar el máximo porcentual fijado por la Ley 26.727 y los CCT aplicables. El trabajador tiene derecho a conocer el detalle de los descuentos aplicados en su liquidación.

¿Tiene derecho a vivienda el trabajador rural que vive en el campo?

Sí. La Ley 26.727 establece que cuando el trabajador vive en el establecimiento rural, el empleador debe proveer vivienda digna que cumpla condiciones mínimas de habitabilidad: acceso a agua potable, instalaciones sanitarias, iluminación y ventilación adecuadas. La vivienda provista no puede descontarse del salario en montos superiores a los máximos establecidos por la norma.

¿Tiene el trabajador rural derecho a vivienda?

El empleador rural está obligado a proveer vivienda adecuada al trabajador que resida en el establecimiento, con agua potable, instalaciones sanitarias y acceso a energía eléctrica o su equivalente. La calidad de la vivienda no puede ser inferior a los estándares mínimos que fija la Ley 26.727. El incumplimiento es una infracción grave sancionable por ARCA (ex AFIP) y el RENATEA.

¿Hay cuota de solidaridad para los trabajadores rurales no afiliados a UATRE?

Sí. El acta paritaria del trabajo agrario homologada por la Disposición DI-2026-643-APN-DNRYRT#MCH (12/05/2026, período marzo–julio de 2026) fija una cuota de solidaridad del 2% mensual sobre el total de las remuneraciones de los trabajadores no afiliados a UATRE. El empleador la retiene y la deposita hasta el día 15 de cada mes. A los afiliados no se les aplica, porque ya pagan su cuota sindical: en ningún caso se pagan las dos.

¿En qué plazo debe pagar la empresa los sueldos?

Para el personal mensualizado, el sueldo debe pagarse dentro de los 4 días hábiles siguientes al vencimiento del mes; para jornales y quincenas, dentro de los 4 días hábiles del vencimiento de cada período (art. 128 de la LCT). Los salarios básicos y adicionales de esta actividad son mínimos: la empresa puede pagar más, pero no menos.

¿Qué obligaciones de seguridad tiene la empresa con su personal?

El art. 75 de la LCT obliga al empleador a adoptar las medidas necesarias para que las tareas se presten en condiciones de seguridad e higiene. Además, la Ley 19.587 exige condiciones adecuadas en el lugar de trabajo, y la Ley 24.557, contar con ART, capacitar al personal en prevención y entregar los elementos de protección personal que requiera cada tarea.

¿Cómo determina la empresa la categoría correcta de cada trabajador en esta actividad?

La categoría surge de las tareas que la persona hace efectivamente, no del nombre del puesto: si las tareas habituales corresponden a una categoría superior, debe liquidarse esa categoría. Conviene describir por escrito las funciones de cada puesto, comparar con las definiciones de esta actividad y revisar el encuadre cuando cambian las tareas.

¿Qué datos debe tener el recibo de sueldo que emite la empresa?

Según el art. 140 de la LCT, el recibo debe indicar: datos y CUIT del empleador; nombre, CUIL y categoría del trabajador; fecha de ingreso y tarea; cada concepto remunerativo y cómo se determina; las deducciones; el total bruto y el neto; los datos del último depósito de aportes; y el lugar y la fecha del pago. Se emite por duplicado (art. 139) y la firma del trabajador acredita el pago.

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