CCT 264/95 — Seguros (Sindicato del Seguro / AACS)
| Número | 264/95 |
| Actividad | Compañías de seguros y reaseguros — nacionales, oficiales, provinciales, mixtas o privadas |
| Sindicato | Sindicato del Seguro de la República Argentina |
| Cámara empleadora | Asociación Argentina de Compañías de Seguros (AACS) y Asociación Argentina de Cooperativas y Mutualidades de Seguros |
| Convenios relacionados | CCT 283/97 (Vida y Retiro) · CCT 288/97 (Ahorro y Capitalización) · rama ART bajo cláusula 6 del 264/95 |
| Jornada | 7 horas diarias (con almuerzo) o 7,5 horas (con refrigerio), lunes a viernes |
| Última actualización | Agosto de 2026: el cronograma de aumentos 2026 tiene tramos en mayo, junio, agosto y octubre (valor final octubre: Administrativo Subgrupo I $2.391.603,67, Jerárquico Grupo II $4.198.384,20, vale almuerzo $519.257,20) |
| Grupo / Categoría | Perfil típico | Básico jun 2026 (8h c/almuerzo) | Básico oct 2026 ref. |
|---|---|---|---|
| Subgrupo I | Empleado administrativo, operativo | $2.080.000 | $2.391.603 |
| Subgrupo II | Técnico, analista, liquidador | $2.380.000 | $2.740.000 |
| Grupo Comercialización | Promotor, vendedor, telemarketer | $1.950.000 | $2.240.000 |
| Personal jerárquico Gpo. I | Jefe de sección, supervisor | $3.100.000 | $3.570.000 |
| Personal jerárquico Gpo. II | Gerente de área, director operativo | $3.650.000 | $4.198.384 |
| Fuente: Sindicato del Seguro / cámaras aseguradoras. Acuerdo escalonado may–oct 2026. Adicional almuerzo oct-26: $519.257. Viático ART diario: $3.069,21 (abr–jun 2026). Verificar escala exacta en sindicatodelseguro.com.ar antes de liquidar. | |||
Ámbito y Categorías
¿Cuáles son las categorías en el sector de seguros?
Las categorías van desde Empleado de 1ª a Empleado de 5ª (la más alta), más categorías especiales de Liquidador de Siniestros, Técnico Actuarial, y Jefe de Sección. La categoría 5ª implica autonomía técnica y responsabilidad sobre equipos. El ascenso se basa en antigüedad, evaluaciones y el dominio de las funciones de la categoría siguiente.
¿A quiénes cubre el CCT 264/95 del sector seguros?
El CCT 264/95 regula el trabajo en compañías aseguradoras, reaseguradoras y entidades relacionadas de todo el país. Cubre al personal administrativo, técnico actuarial, liquidadores de siniestros, productores en relación de dependencia y personal de atención al cliente. La parte sindical es el Sindicato del Seguro de la República Argentina. La Asociación Argentina de Compañías de Seguros (AACS) representa al sector empleador.
Jornada
¿Cuál es la jornada en el sector de seguros?
La jornada es de 7 horas diarias (35 horas semanales), una de las más reducidas del sector privado. Esta reducción refleja el carácter intelectual y de responsabilidad del trabajo. El personal que trabaja en horario extendido para atención de siniestros o guardia tiene reconocimiento adicional. Las compañías con atención 24 hs organizan guardias con compensación específica.
Remuneraciones
¿Cómo se actualiza el salario en el sector asegurador?
Los salarios se negocian en la paritaria Sindicato del Seguro–AACS con una frecuencia anual o semestral según el contexto económico. El sector históricamente ha mantenido salarios por encima del promedio del mercado por la calificación requerida. Existen acuerdos de empresa en las aseguradoras más grandes (La Caja, Sancor Seguros, Galicia Seguros) que mejoran los pisos del CCT.
Licencias
¿Qué vacaciones corresponden al personal de seguros?
La cláusula 11 del CCT 264/95 remite a la LCT: 14 días corridos con menos de 5 años de antigüedad; 21 días con más de 5 y menos de 10 años; 28 días con más de 10 y menos de 20 años; y 35 días con más de 20 años, contando la antigüedad hasta el 31/12. Las vacaciones se conceden entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente, y a pedido expreso del personal pueden tomarse fuera de los plazos del art. 154 de la LCT y fraccionarse, con acuerdo del empleador.
¿Qué licencias especiales prevé el CCT 264/95?
La cláusula 11 del CCT 264/95 establece que las licencias se rigen por la LCT y por el convenio: nacimiento de hijo, 2 días corridos; matrimonio, 10 días corridos; fallecimiento del cónyuge, persona unida en aparente matrimonio, hijos o padres, 3 días corridos; fallecimiento de hermano, 1 día (art. 158 LCT). El convenio suma adopción para la empleada que adopta un niño de hasta 4 años, 45 días corridos en las condiciones del art. 177 LCT, y examen en niveles terciarios o universitarios, 14 días corridos por año calendario (21 días en estudios afines a la actividad aseguradora), en tramos de hasta 5 días corridos por examen, aprobando al menos dos exámenes en ese lapso para usar la licencia en el ciclo siguiente.
¿Qué adicionales puedo tener además del básico de categoría?
¿El personal de producción/ventas cobra comisiones aparte del básico?
¿Cómo influye el título profesional en el salario?
¿Qué es el presentismo y cómo se pierde?
¿Los adicionales se pagan también en el aguinaldo y las vacaciones?
¿Cada cuánto se revisan los salarios de este convenio?
¿Cómo se calcula el aguinaldo (SAC) en el sector seguros?
¿Tengo licencia paga si me enfermo?
¿Qué licencia corresponde por maternidad o paternidad?
¿Tengo licencia especial por examen si estudio?
¿Qué pasa si me caso o tengo un familiar directo fallecido?
¿Cuál es la diferencia entre personal administrativo y personal de producción en una aseguradora?
¿Qué es un liquidador de siniestros y en qué categoría se encuadra?
¿Puede la empresa cambiarme de categoría sin mi acuerdo?
¿Qué pasa si cumplo tareas de una categoría superior a la que figura en mi recibo?
¿Qué indemnización corresponde si me despiden sin causa?
¿Tengo que dar preaviso si renuncio?
¿Es obligatoria la ART para el personal de oficina de una aseguradora?
¿Qué aportes se descuentan de mi recibo de sueldo?
¿A qué obra social aporto trabajando en el sector seguros?
¿Qué pasa si renuncio para trabajar en otra compañía de seguros? ¿Hay cláusulas de no competencia?
¿Puedo reclamar si no estoy registrado correctamente (en negro o mal categorizado)?
¿El teletrabajo está regulado en este convenio?
¿Qué pasa si la aseguradora es intervenida o pierde su autorización para operar (por la Superintendencia de Seguros)?
¿Cómo sé qué convenio aplica si mi empresa vende seguros pero no es una aseguradora (por ejemplo, un banco o una concesionaria)?
¿Tengo derecho a francos y descanso semanal trabajando en una compañía de seguros?
¿Qué pasa si me despiden por bajo rendimiento comercial (no cumplir metas de venta)?
¿Los valores de octubre 2026 de la escala ya están confirmados o son solo una proyección?
¿Qué diferencia hay entre un empleado en relación de dependencia y un Productor Asesor de Seguros (PAS)?
¿Qué es el adicional por viático de almuerzo y cómo se actualiza?
¿Qué pasa si trabajo en el área de liquidación de siniestros y debo procesar información sensible de los asegurados?
¿Cómo impacta la digitalización (insurtech) en los puestos tradicionales del sector seguros?
¿Qué pasa si trabajo evaluando siniestros a distancia mediante fotos o videollamada en vez de peritaje presencial?
¿Qué pasa si un asegurado me presiona o amenaza durante la gestión de un reclamo de siniestro que él considera injusto?
¿Existe algún régimen especial para el personal de call center o atención telefónica de una aseguradora?
¿Qué pasa si mi rendimiento comercial cae por una situación de salud temporal y me presionan por eso?
¿Dónde puedo verificar la escala salarial completa y actualizada del sector seguros?
¿Qué pasa si me exigen cumplir metas de venta cruzada (por ejemplo, vender seguros de vida además de seguros de auto) sin capacitación específica?
¿Qué pasa si detecto una irregularidad en la forma en que se está gestionando un siniestro (por ejemplo, presión para rechazar reclamos válidos)?
¿Existen adicionales específicos para el personal que maneja carteras de seguros corporativos o grandes cuentas empresariales?
¿Qué pasa si trabajo para una compañía de seguros extranjera que opera en Argentina mediante sucursal?
¿Qué pasa si la aseguradora me pide firmar una cláusula de exclusividad de cartera que restrinja mi trabajo futuro?
¿Qué pasa si trabajo en el área de suscripción de riesgos (underwriting) y debo evaluar pólizas de alto valor?
¿Qué pasa si me asignan tareas de auditoría interna de siniestros de otros liquidadores?
¿Qué pasa si la Superintendencia de Seguros abre una investigación sobre la aseguradora donde trabajo?
¿Cuánto se puede descontar como aporte solidario en el CCT 264/95?
¿Qué obligaciones de seguridad tiene la empresa con su personal?
El art. 75 de la LCT obliga al empleador a adoptar las medidas necesarias para que las tareas se presten en condiciones de seguridad e higiene. Además, la Ley 19.587 exige condiciones adecuadas en el lugar de trabajo, y la Ley 24.557, contar con ART, capacitar al personal en prevención y entregar los elementos de protección personal que requiera cada tarea.
¿Cómo determina la empresa la categoría correcta de cada trabajador en el CCT 264/95?
La categoría surge de las tareas que la persona hace efectivamente, no del nombre del puesto: si las tareas habituales corresponden a una categoría superior, debe liquidarse esa categoría. Conviene describir por escrito las funciones de cada puesto, comparar con las definiciones del CCT 264/95 y revisar el encuadre cuando cambian las tareas.
¿Qué datos debe tener el recibo de sueldo que emite la empresa?
Según el art. 140 de la LCT, el recibo debe indicar: datos y CUIT del empleador; nombre, CUIL y categoría del trabajador; fecha de ingreso y tarea; cada concepto remunerativo y cómo se determina; las deducciones; el total bruto y el neto; los datos del último depósito de aportes; y el lugar y la fecha del pago. Se emite por duplicado (art. 139) y la firma del trabajador acredita el pago.
¿Qué aportes debe retener y depositar la empresa cada mes?
Del sueldo bruto, la empresa retiene los aportes del trabajador (11% jubilación, 3% PAMI y 3% obra social), la cuota sindical si la persona está afiliada y los aportes convencionales que correspondan. Debe depositarlos junto con sus propias contribuciones mediante la declaración jurada mensual (F.931) ante ARCA. Retener y no depositar es una falta grave.
¿Tenés una consulta puntual sobre tu categoría o liquidación en el sector seguros?
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