CCT 482/07 — Cerveceros
| Convenio | CCT 482/07 — sucesor del CCT 363/03 |
| Sindicato | FATCA — Federación Argentina de Trabajadores Cerveceros y Afines |
| Cámara empresaria | Cámara de la Industria Cervecera Argentina |
| Homologación | Resolución ST N.° 46/2007 (12/01/2007), Boletín Oficial 05/03/2007 |
| Ámbito | Toda la industria cervecera y maltera del país |
| Última actualización de esta página | 10 de julio de 2026 |
Escala salarial
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| Concepto | Valor | Detalle |
|---|---|---|
| Jornada | 45 horas semanales (pagadas como 48) | Turnos rotativos o fijos según necesidad operativa, con 72 horas de preaviso al sindicato |
| Premio por presentismo | 13% sobre el básico horario | Compuesto: 4% puntualidad + 9% presencia, según régimen y antigüedad |
| Trabajo nocturno | 20% de recargo | Sobre el valor de categoría básica más antigüedad |
Las categorías laborales (operario de producción, envasado, mantenimiento, laboratorio/calidad) NO tienen un listado único a nivel nacional: el convenio remite a un Anexo de “Listado y valores de Categorías” específico por empresa/establecimiento. Es un dato contraintuitivo importante: no existe una nomenclatura estándar de categorías compartida por todas las cervecerías del país.
Marco del Convenio y el Sector
¿Qué sindicato representa a los trabajadores cerveceros?
FATCA — Federación Argentina de Trabajadores Cerveceros y Afines. Es distinto de SITRACAR (Sindicato de Trabajadores de Cervecerías Artesanales de la República Argentina), fundado en 2015 y con personería gremial propia desde 2022, que agrupa específicamente a trabajadores de cervecerías artesanales.
¿A qué convenio sucede el CCT 482/07?
Al CCT 363/03. El 482/07 fue firmado el 12 de enero de 2007 (Resolución ST 46/2007) y publicado en el Boletín Oficial el 5 de marzo de 2007, con vigencia formal retroactiva al 1° de mayo de 2006, hasta el 31 de diciembre de 2008 — sigue rigiendo por ultraactividad.
¿Qué empresas firmaron el convenio o sus acuerdos complementarios?
Maltería Pampa S.A., Eco de los Andes S.A., Cervecería Argentina S.A. Isenbeck, Cervecería y Maltería Quilmes S.A., Industrial Agrícola y Ganadera, Compañía Industrial Cervecera S.A., y Cargill S.A. Comercial e Industrial.
¿Existe un convenio posterior al 482/07?
Sí, y con relación formal confirmada: el CCT 575/10 (homologado por Resolución ST N.° 90/2010, Cámara de la Industria Cervecera Argentina y FATCA) renueva expresamente al CCT 482/07, según el propio texto homologado (Boletín Oficial / Infoleg). La vigencia del 482/07 corrió hasta el 30 de junio de 2009, y el 575/10 rige desde el 1° de julio de 2009. En la práctica sigue vigente por ultraactividad (art. 6, Ley 14.250) hasta que se homologue un convenio posterior que lo sustituya expresamente, y es la referencia citada en los acuerdos de empresa y salariales posteriores (ej. TAI PAN Malting, homologado por Disposición 163/2011, se presenta explícitamente como complementario “del CCT N° 575/10”). En resumen: el CCT 482/07 que describe esta página fue el convenio marco del sector hasta 2009; desde entonces el convenio vigente es el 575/10, que lo sucede.
¿Quién queda excluido del convenio?
Según el Art. 4: supervisores, gerentes, profesionales universitarios, especialistas en sistemas, personal de control de calidad, y ejecutivos de ventas.
Jornada, Adicionales y Categorías
¿Cómo funciona la jornada de “45 horas pagadas como 48”?
El Art. 29 fija una jornada de 45 horas semanales de trabajo efectivo, que se abonan como si fueran 48 — una mejora directa sobre el trabajador respecto del cómputo de horas. Las empresas pueden establecer turnos rotativos o fijos según sus necesidades operativas, avisando al sindicato con 72 horas de anticipación.
¿Cómo se compensa el trabajo en sábado o domingo?
Con descanso compensatorio obligatorio, excepto en los turnos rotativos de proceso continuo (donde el franco ya está incorporado al esquema de turnos).
¿Por qué no hay una lista única de categorías para todo el sector?
Porque el convenio remite a un Anexo específico por empresa (“Listado y valores de Categorías vigentes a junio de 2006”), en vez de fijar una lista nacional única. Esto significa que nombres como “operario de producción” o “envasado” pueden variar de una cervecera a otra.
¿Hay adicional por título técnico o industrial?
Sí (Art. 26), un monto fijo por empresa para quienes tengan credenciales técnicas o industriales, actualizado junto con los aumentos generales.
¿Qué exige el convenio sobre ropa de trabajo?
Dos equipos anuales más calzado de seguridad (Art. 47); los trabajadores temporarios reciben un equipo cada seis meses.
¿Las plantas deben tener comedor?
Sí, el Art. 49 obliga a instalar comedores para el personal en cada planta.
Licencias y Seguridad
¿Qué licencias especiales prevé el convenio (Art. 44)?
El art. 44 del CCT 482/07 reconoce licencias con goce de sueldo: nacimiento, 3 días hábiles; matrimonio, 10 días hábiles; fallecimiento de cónyuge o de la persona con quien se convive en aparente matrimonio, de hijos o de padres, 3 días hábiles; fallecimiento de hermanos, nietos, abuelos y padres políticos, 2 días hábiles; exámenes, según las disposiciones legales vigentes, solicitándolos hasta 3 días antes y acreditando haber rendido; y dadores de sangre, licencia paga por ese día con comunicación previa y acreditación.
¿Qué exige el convenio en materia de higiene y seguridad?
El Art. 46 fija una obligación genérica de adoptar medidas adecuadas de higiene y seguridad para proteger la integridad física y psíquica, más exámenes médicos preventivos y señalización en español.
El detalle exacto figura en el texto vigente del convenio y en sus actas paritarias.
¿Cuándo se conmemora el Día del Trabajador Cervecero?
El 19 de enero, en homenaje a la fundación de FOCARA (Federación de Obreros Cerveceros y Afines de la República Argentina, antecesora de FATCA) en Quilmes, el 19 de enero de 1936. La fecha se instituyó en 1950.
Historia Sindical
¿Cuándo se fundó el sindicato cervecero?
El 19 de enero de 1936, en Quilmes, como Federación de Obreros Cerveceros y Afines de la República Argentina (FOCARA), antecesora de la actual FATCA.
¿Cuándo obtuvo personería gremial?
El 29 de julio de 1946 (Resolución 121 del Ministerio de Trabajo), inicialmente con jurisdicción en Capital Federal, Buenos Aires, Santa Fe y Tucumán. Se extendió luego a Córdoba y Mendoza, y desde el 2 de febrero de 1954 cubre todo el país.
¿Cuándo se firmó el primer convenio colectivo del sector?
En 1949, estableciendo escalas salariales, categorías, jornada, adicionales por antigüedad, horas extra al 100%, vacaciones, licencia por enfermedad/accidente y estabilidad laboral — la base de lo que hoy es el CCT 482/07.
Contexto del Sector y Plantas
¿Qué pasó con la planta de Zárate que hoy produce Corona?
Fue fundada por el grupo alemán Warsteiner en 1994 bajo la marca Isenbeck. Tras la fusión global entre AB InBev y SABMiller (2015-2016), hubo un intercambio de activos: AB InBev se quedó con la planta física de Zárate (hoy produce Corona bajo licencia), mientras que las marcas Isenbeck, Diosa, Norte, Iguana y Báltica pasaron a CCU Argentina por US$306 millones. La planta y sus contratos de trabajo permanecieron siempre bajo AB InBev, no bajo CCU — una distinción importante que a veces se presenta de forma confusa en la prensa.
¿Cuántas plantas tiene Quilmes en Argentina?
Según fuentes corporativas (no verificado de forma independiente): plantas cerveceras en Quilmes, Zárate, Tres Arroyos, Corrientes, Tucumán y Mendoza, más malterías en Puán y Tres Arroyos, y una bodega en Luján de Cuyo (Mendoza) — más de 6.000 colaboradores en total según la propia empresa.
Jornada, Licencias e Indemnización (Régimen General LCT)
Salvo que el convenio prevea condiciones distintas o superiores. Verificá siempre el texto vigente para tu caso puntual.
¿Qué jornada laboral rige si el convenio no dice algo distinto?
La de la LCT: máximo 8 horas diarias o 48 semanales. El convenio puede establecer una jornada distinta (por turnos, rotativa, etc.) — siempre hay que revisar el texto vigente para el caso puntual.
¿Cuántos días de vacaciones corresponden?
La escala general de la LCT (art. 150): hasta 5 años de antigüedad, 14 días corridos; de 5 a 10 años, 21 días; de 10 a 20 años, 28 días; más de 20 años, 35 días. Se otorgan preferentemente entre el 1° de octubre y el 30 de abril.
¿Cuántos días de licencia por enfermedad inculpable tengo?
Por LCT (art. 208): 3 meses al año si la antigüedad es menor a 5 años, y 6 meses si es mayor — duplicado en ambos casos si tenés carga de familia. El convenio puede mejorar (nunca empeorar) este piso.
¿Qué licencias especiales pagas existen por LCT?
El art. 44 del CCT 482/07 reconoce licencias con goce de sueldo: nacimiento, 3 días hábiles; matrimonio, 10 días hábiles; fallecimiento de cónyuge o de la persona con quien se convive en aparente matrimonio, de hijos o de padres, 3 días hábiles; fallecimiento de hermanos, nietos, abuelos y padres políticos, 2 días hábiles; exámenes, según las disposiciones legales vigentes; y dadores de sangre, licencia paga por ese día.
¿Cómo se calcula la indemnización por despido sin causa?
Por LCT (art. 245): un mes de sueldo por cada año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses, sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año. Existen topes vinculados al convenio aplicable que conviene verificar puntualmente.
¿Cuánto preaviso corresponde si me despiden?
Según el art. 231 de la LCT (texto de la Ley 27.802, vigente desde el 6 de marzo de 2026), el empleador otorga preaviso de 1 mes cuando la antigüedad no supera los 5 años y de 2 meses cuando la supera, y el preaviso rige desde que finaliza el período de prueba. Quien trabaja preavisa con 15 días de anticipación. Si el empleador no otorga el preaviso corresponde la indemnización sustitutiva (art. 232). Cuando el convenio colectivo fija plazos mayores, rigen esos plazos.
¿Hay período de prueba?
Sí. El período de prueba es de 6 meses (art. 92 bis LCT, texto de la Ley 27.742). Durante ese lapso cualquiera de las partes puede extinguir el contrato sin expresión de causa y sin derecho a indemnización, y desde que finaliza rige el preaviso (art. 231, texto de la Ley 27.802). Los convenios colectivos pueden extenderlo hasta 8 meses en empresas de 6 a 100 trabajadores y hasta 12 meses en empresas de hasta 5 trabajadores. Quien trabaja en período de prueba cuenta con todos los demás derechos laborales: remuneración de la categoría, obra social, ART y aportes.
¿Tengo cobertura de ART?
Sí, es obligatoria para todo trabajador registrado conforme la Ley 24.557 — cubre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, con prestaciones médicas y dinerarias a cargo de la aseguradora contratada por el empleador.
Aguinaldo, Asignaciones Familiares y Registración
Régimen general aplicable a cualquier convenio, salvo mejora específica. Verificá siempre el texto vigente para tu caso puntual.
¿Cómo se calcula el aguinaldo (SAC)?
Por LCT (art. 121-123): 50% de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del semestre, pagadero en dos cuotas: 30 de junio y 18 de diciembre. Si no trabajaste el semestre completo, se paga proporcional al tiempo trabajado.
¿Qué asignaciones familiares me corresponden además del sueldo?
Las que fija el régimen general de ANSES, independientemente del convenio: asignación por hijo, por hijo con discapacidad, prenatal, ayuda escolar anual, y maternidad — según tu nivel de ingresos y la composición de tu grupo familiar. Se gestionan directamente con ANSES, no a través del convenio.
¿Qué pasa si trabajo para más de un empleador del mismo sector?
Cada empleador es responsable de forma independiente por los aportes, contribuciones y el cumplimiento de la normativa respecto de las horas que te contrata a vos — no hay ‘descuento’ entre empleadores por las horas que trabajás en otro lado.
¿Qué significa estar ‘mal registrado’ y por qué importa?
Implica que tu empleador te declara con una categoría inferior a la real, menos horas de las que realmente trabajás, o un salario menor al que efectivamente percibís. Además de ser un fraude laboral, te perjudica directamente: tus aportes jubilatorios, tu aguinaldo, tus vacaciones y una eventual indemnización se calculan sobre lo que está registrado, no sobre lo que realmente cobrás.
¿Qué puedo hacer si detecto que estoy mal registrado?
Podés intimar fehacientemente a tu empleador (por telegrama o carta documento) para que corrija la registración, y eventualmente iniciar un reclamo ante el Ministerio de Trabajo o la Justicia Laboral. Te recomendamos asesorarte con un profesional antes de iniciar cualquier reclamo formal, porque hay plazos y formalidades que pueden afectar los derechos de las partes si no se cumplen correctamente.
¿Los artículos citados en esta página (25, 29, 32) corresponden al CCT 482/07 o al 575/10 que lo reemplazó?
¿Por qué no hay una cifra de paritaria confirmada para 2025-2026 en esta página?
El detalle exacto figura en el texto vigente del convenio y en sus actas paritarias.
¿Cómo se consolidó la industria cervecera argentina en las últimas décadas?
¿El auge de la cerveza artesanal generó un régimen distinto para esas cervecerías chicas?
¿Qué riesgos específicos tiene el trabajo en las líneas de envasado (vidrio, lata, barril)?
¿Qué exposición a CO2 tiene el personal de las áreas de fermentación y carbonatación?
¿Existe estacionalidad marcada en la producción cervecera y cómo afecta al personal?
¿Qué pasa si me exigen realizar tareas de más de un puesto por la cláusula de polivalencia/polifuncionalidad?
¿Qué pasa si trabajo en el área de control de calidad y detecto un lote con un problema de fermentación?
¿Dónde puedo verificar el estado más actualizado de la paritaria cervecera?
El detalle exacto figura en el texto vigente del convenio y en sus actas paritarias.
¿Qué pasa si trabajo en el área de maltería (procesamiento de granos) y no directamente en la elaboración de cerveza?
¿Qué pasa si me quemo o me lesiono con el vapor de las calderas de cocción del mosto?
¿Existen adicionales específicos para el personal de mantenimiento de maquinaria industrial en una planta cervecera?
¿Qué pasa si la planta reduce turnos por una baja estacional de demanda (por ejemplo, en invierno)?
¿Qué pasa si detecto una fuga de amoníaco en el sistema de refrigeración de la planta?
¿Qué pasa si me asignan tareas de degustación o control sensorial del producto?
¿Qué pasa si me exigen trabajar con exposición prolongada a bajas temperaturas en las cámaras de guarda o maduración?
¿Dónde puedo consultar el texto completo del CCT 575/10?
¿Cuánto se puede descontar como aporte solidario en el CCT 482/07?
¿Qué aportes debe retener y depositar la empresa cada mes?
Del sueldo bruto, la empresa retiene los aportes del trabajador (11% jubilación, 3% PAMI y 3% obra social), la cuota sindical si la persona está afiliada y los aportes convencionales que correspondan. Debe depositarlos junto con sus propias contribuciones mediante la declaración jurada mensual (F.931) ante ARCA. Retener y no depositar es una falta grave.
¿Cómo puede la empresa aplicar una sanción disciplinaria?
Toda sanción debe tener una justa causa, aplicarse en forma proporcional y notificarse por escrito. Las suspensiones deben tener plazo fijo (art. 218 de la LCT), y la suma de suspensiones por causas disciplinarias o económicas no puede superar los 30 días en un año, contados desde la primera (art. 220). El trabajador puede cuestionar la sanción dentro de los 30 días (art. 67).
¿Qué debe registrar la empresa al incorporar personal comprendido en el CCT 482/07?
Antes de que la persona empiece a trabajar, la empresa debe darla de alta ante ARCA (Simplificación Registral), asentarla en el libro especial del art. 52 de la LCT, encuadrarla en el CCT 482/07 con la categoría que corresponde a sus tareas reales, y tenerla cubierta por la ART (Ley 24.557) y por el seguro de vida obligatorio (Decreto 1567/74).
¿En qué plazo debe pagar la empresa los sueldos?
Para el personal mensualizado, el sueldo debe pagarse dentro de los 4 días hábiles siguientes al vencimiento del mes; para jornales y quincenas, dentro de los 4 días hábiles del vencimiento de cada período (art. 128 de la LCT). Los salarios básicos y adicionales del CCT 482/07 son mínimos: la empresa puede pagar más, pero no menos.
¿Tenés una consulta puntual sobre este convenio?
