Agentes de Propaganda Médica (Visitadores Médicos)
Asociación Agentes de Propaganda Médica de la República Argentina (AAPM) · Federación Argentina de Agentes de Propaganda Médica (FAAProMe)
Actividad de promoción y difusión científica de especialidades medicinales ante el cuerpo médico · Alcance nacional
| Convenio | CCT N° 119/75, Agentes de Propaganda Médica de Laboratorios de Especialidades Medicinales |
| Sindicato | Asociación Agentes de Propaganda Médica de la República Argentina (AAPM) y Federación Argentina de Agentes de Propaganda Médica (FAAProMe) |
| Cámaras empresarias | Cámara Industrial de Laboratorios Farmacéuticos Argentinos (CILFA), Cámara Empresaria de Laboratorios Farmacéuticos (COOPERALA), Cámara Argentina de Especialidades Medicinales (CAEME) |
| Última escala homologada | Acuerdo paritario AAPM/FAAProMe-CILFA/COOPERALA/CAEME de mayo de 2026: incremento del 10,48% aplicable al período enero-mayo 2026. Fuente: prensa especializada (iProfesional, El Once, CTA) y comunicado oficial de AAPM. |
| Última actualización de esta página | 14 de agosto de 2026 |
Escala salarial de referencia
| Concepto | Monto de referencia (enero-mayo 2026) |
|---|---|
| Básico mensual | $1.742.638,53 |
| Adicional por custodia de muestras | $341.348,65 |
| Adicional por comercialización | $341.348,65 |
| Ingreso mínimo garantizado | $2.242.335,83 |
El convenio prevé un ingreso mínimo garantizado que combina el básico con adicionales específicos de la actividad (custodia de muestras médicas, comercialización), de forma que el trabajador percibe como piso el monto garantizado aunque la suma de conceptos individuales sea menor. Los montos son de referencia y deben verificarse con la entidad sindical antes de usarse para liquidación de haberes.
Fuente: iProfesional, “Aumento salarial para Visitadores Médicos” (mayo 2026); Estudio Vilaplana, “Remuneración Mínima del Visitador Médico”.
Preguntas frecuentes
¿Qué convenio rige a los visitadores médicos en Argentina?
El CCT N° 119/75, uno de los convenios colectivos más antiguos todavía vigentes en el país, que regula específicamente a los Agentes de Propaganda Médica de laboratorios de especialidades medicinales.
¿”Visitador médico” y “Agente de Propaganda Médica” son lo mismo?
Sí, son dos formas de llamar a la misma función: la denominación técnica y legal del convenio es “Agente de Propaganda Médica”, mientras que “visitador médico” es el nombre de uso más extendido en la industria y entre el público general.
¿Qué tareas comprende la actividad regulada por este convenio?
La promoción y difusión científica de especialidades medicinales ante médicos y profesionales de la salud, incluyendo la entrega de muestras gratuitas, material informativo y la actualización del cuerpo médico sobre productos farmacéuticos, con exclusión de la venta directa al público.
¿Qué sindicatos representan a los visitadores médicos?
La Asociación Agentes de Propaganda Médica de la República Argentina (AAPM) y la Federación Argentina de Agentes de Propaganda Médica (FAAProMe), que negocian conjuntamente frente a las cámaras del sector farmacéutico.
¿Qué cámaras empresarias negocian este convenio?
La Cámara Industrial de Laboratorios Farmacéuticos Argentinos (CILFA), la Cámara Empresaria de Laboratorios Farmacéuticos (COOPERALA) y la Cámara Argentina de Especialidades Medicinales (CAEME), que agrupan a los laboratorios empleadores del sector.
¿Qué es el ingreso mínimo garantizado en este convenio?
Es un piso remunerativo que combina el salario básico con los adicionales propios de la actividad (custodia de muestras, comercialización), asegurando que el trabajador perciba ese monto total como mínimo, con independencia de cómo se compongan individualmente los distintos conceptos de su recibo de sueldo.
¿Qué es el adicional por custodia de muestras médicas?
Es un adicional remunerativo que compensa la responsabilidad del visitador médico por el resguardo y control de las muestras gratuitas de medicamentos que transporta y distribuye entre los profesionales de la salud durante su actividad de promoción.
¿Se requiere título universitario para ser visitador médico en Argentina?
No es un requisito legal exigido por el convenio colectivo en sí, aunque muchos laboratorios prefieren o exigen formación en ciencias de la salud, farmacia, bioquímica o carreras afines como requisito de contratación, sin que ello modifique el encuadre convencional aplicable.
¿El visitador médico usa vehículo propio o de la empresa?
Depende de la política de cada laboratorio: en muchos casos la empresa provee un vehículo o compensa el uso del vehículo particular mediante un adicional específico (kilometraje o suma fija), dado que la actividad implica desplazamientos constantes entre consultorios e instituciones de salud.
¿Qué antigüedad tiene este convenio y por qué sigue vigente sin una reforma integral?
Data de 1975, lo que lo convierte en uno de los convenios más antiguos del país todavía en vigencia; como ocurre con muchos convenios de esa época, se actualiza mediante acuerdos paritarios salariales periódicos sin necesidad de renegociar el texto convencional completo.
¿Los visitadores médicos tienen un día especial reconocido por la actividad?
Sí, existe un “Día del Visitador Médico” reconocido informalmente por el sector, aunque no se trata de un feriado ni de un día no laborable con efectos legales, sino de una fecha conmemorativa de la actividad.
¿Se pueden fijar objetivos de venta o de visitas al visitador médico?
Sí, es habitual que la empresa fije objetivos de cantidad de visitas médicas o de distribución de muestras y material, pudiendo existir bonos o incentivos adicionales por cumplimiento, sin que esto transforme la naturaleza de la actividad en una de venta directa regulada por otro convenio.
¿Qué pasa si un visitador médico trabaja para más de un laboratorio a la vez?
Es posible siempre que no exista incompatibilidad expresa pactada en su contrato o exclusividad exigida por alguno de los laboratorios, situación que debe evaluarse caso por caso según las condiciones particulares acordadas con cada empleador.
¿Corresponde alguna indemnización especial al despedir a un visitador médico?
No existe un régimen indemnizatorio especial distinto del general de la Ley de Contrato de Trabajo (art. 245 LCT): la indemnización se calcula igual que para cualquier trabajador, considerando el salario y la antigüedad, incluyendo en la base de cálculo los adicionales remunerativos habituales de la actividad.
¿El convenio 119/75 regula también a los representantes de venta de productos veterinarios?
El ámbito específico de aplicación se centra en especialidades medicinales para uso humano; la propaganda de productos veterinarios puede encuadrarse en convenios distintos según la estructura de cada empleador, por lo que conviene verificar el encuadre convencional exacto en cada caso concreto.
¿Qué diferencia hay entre un visitador médico y un representante de ventas farmacéutico de venta directa?
El visitador médico se dedica a la promoción científica ante profesionales de la salud, sin realizar venta directa; los representantes de venta directa a farmacias o droguerías suelen encuadrarse en convenios distintos, como el de viajantes de comercio o el de la propia industria farmacéutica según la función específica.
¿Cuántas horas semanales trabaja un visitador médico según la LCT?
Al no fijar el CCT 119/75 una jornada especial distinta, se aplica el límite general de la Ley de Contrato de Trabajo y la Ley 11.544: 8 horas diarias y 48 semanales, aunque en la práctica la actividad se organiza por objetivos de visitas más que por control horario estricto de oficina.
¿Qué obra social le corresponde a un visitador médico?
Corresponde la obra social sindical vinculada a la actividad de propaganda médica, sin perjuicio del derecho general de opción de obra social que tiene todo trabajador en relación de dependencia conforme a la normativa vigente del sistema de salud.
¿El visitador médico está cubierto por ART?
Sí, como cualquier trabajador en relación de dependencia, debe estar cubierto por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo contratada por el empleador, cobertura especialmente relevante dado que la actividad implica desplazamientos constantes en la vía pública.
¿Un accidente de tránsito en horario de visitas se considera accidente de trabajo?
Sí, si ocurre mientras el trabajador se desplaza en cumplimiento de sus tareas de visita médica dentro de su jornada laboral, se encuadra como accidente de trabajo (no como accidente in itinere), con la cobertura correspondiente de la ART.
¿Cuántos días de vacaciones le corresponden a un visitador médico?
Los mismos que a cualquier trabajador bajo la LCT: 14 días corridos hasta 5 años de antigüedad, 21 días entre 5 y 10 años, 28 días entre 10 y 20 años, y 35 días para quienes superen los 20 años de antigüedad en el mismo empleador.
¿Qué licencias especiales prevé el CCT 119/75?
El art. 19 del CCT 119/75 otorga licencias pagas, sin deducción alguna: matrimonio, 15 días corridos, abonados por adelantado; matrimonio de hijos, 1 día; fallecimiento del cónyuge o persona unida en matrimonio de hecho, y de padres, padrastros, hijos, hijastros y hermanos, 4 días corridos (uno de ellos hábil); fallecimiento de abuelos, nietos, tíos, suegros, yernos, nueras, cuñados y sobrinos consanguíneos, 2 días corridos; nacimiento de hijos, 4 días corridos (uno de ellos hábil); e intervención quirúrgica o enfermedad grave de cónyuge, hijos o padres a cargo, 3 días continuos o discontinuos por año calendario, con certificado médico. El art. 20 suma 10 días laborables por año calendario para rendir examen, hasta 2 días laborables por examen, y el art. 21 remite las vacaciones a la LCT.
¿Puede un laboratorio contratar visitadores médicos como autónomos en vez de en relación de dependencia?
Puede intentarlo, pero si la relación real reúne las notas de dependencia (exclusividad, horario, directivas, exclusividad de marca), un juez laboral puede recalificarla como relación de dependencia encubierta, con las consecuencias de fondo (aportes, indemnizaciones) que ello implica para el empleador.
¿Existen visitadores médicos junior y senior con distinto sueldo?
Sí, es habitual que los laboratorios apliquen categorías internas (junior, senior, key account) con diferencias salariales por encima del mínimo convencional, aunque el convenio 119/75 en sí mismo no siempre desagrega estas categorías con la misma precisión que otros convenios más modernos.
¿Qué pasa si el laboratorio reduce la zona geográfica asignada al visitador médico?
Puede considerarse una modificación de las condiciones esenciales del contrato si afecta significativamente su capacidad de generar ingresos por comisiones o incentivos, dando eventualmente derecho a reclamar por incumplimiento contractual según las circunstancias del caso.
¿Se pueden pactar comisiones por venta además del básico convencional?
Sí, es una práctica extendida en la industria farmacéutica pactar incentivos variables vinculados al cumplimiento de objetivos de prescripción o distribución, siempre que el básico convencional se respete como piso mínimo garantizado.
¿El visitador médico tiene derecho a licencia por enfermedad paga?
Sí, conforme al artículo 208 de la LCT: hasta tres meses pagos si tiene menos de cinco años de antigüedad, o hasta seis meses si supera los cinco años, duplicándose el plazo si tiene cargas de familia.
¿Qué es la Ley de Góndolas y cómo afecta a la actividad de propaganda médica?
No es aplicable directamente: la Ley de Góndolas regula la exhibición de productos en supermercados, mientras que la actividad de propaganda médica se rige por normas específicas de promoción farmacéutica ante profesionales de la salud, un ámbito regulatorio distinto.
¿Qué regulación de ANMAT afecta a la actividad de propaganda médica?
La ANMAT regula el contenido y la forma en que se puede promocionar un medicamento ante profesionales de la salud (materiales autorizados, información científica veraz), un marco normativo que el visitador médico debe conocer y respetar en el ejercicio cotidiano de su actividad, aunque no modifica sus condiciones laborales.
¿Puede una visitadora médica embarazada seguir haciendo visitas en terreno?
Puede continuar mientras no existan riesgos específicos para su salud o la del embarazo; en caso de tareas que impliquen esfuerzo físico incompatible, tiene derecho a que se le asignen tareas livianas conforme al artículo 175 de la LCT, sin reducción de su remuneración.
¿Qué pasa si el laboratorio para el que trabaja discontinúa un producto que el visitador promocionaba?
No es causal de despido justificado por sí sola: el empleador debe reasignar al trabajador a la promoción de otros productos de su portafolio, salvo que la discontinuación implique un cierre real de la posición, en cuyo caso podría analizarse como un despido por causas objetivas con la indemnización correspondiente.
¿Se puede tele-trabajar como visitador médico?
La naturaleza presencial de la visita médica tradicional limita el teletrabajo puro, aunque desde la pandemia se popularizó la “visita médica virtual” o remota mediante videollamada, una modalidad híbrida que algunos laboratorios adoptaron sin que exista todavía una regulación convencional específica y unificada al respecto.
¿Qué pasa con los gastos de estacionamiento y peajes durante las visitas?
Suelen reintegrarse contra comprobante conforme a la política de viáticos de cada laboratorio, ya que son gastos necesarios para el cumplimiento de la tarea y no deberían quedar a cargo del trabajador según los principios generales de la LCT sobre gastos de la actividad.
¿Puede el visitador médico promocionar productos de la competencia simultáneamente?
No, salvo pacto en contrario expreso, existe un deber de buena fe y no concurrencia implícito en la relación laboral que impide representar productos competidores de forma simultánea mientras dure la relación con el laboratorio empleador.
¿Qué capacitación recibe habitualmente un visitador médico al ingresar?
Generalmente una capacitación inicial sobre los productos del portafolio, técnicas de venta y comunicación científica, y normativa de buenas prácticas de promoción farmacéutica, a cargo del propio laboratorio empleador, sin que exista un programa de formación obligatorio único fijado por el convenio.
¿Existen diferencias salariales entre visitadores médicos de distintas regiones del país?
El convenio fija un piso nacional, pero algunos laboratorios pagan adicionales por zona o por costo de vida en determinadas provincias, especialmente en zonas alejadas de los grandes centros urbanos, como práctica de mercado no siempre reflejada en la escala convencional mínima.
¿El auto de la empresa se considera parte de la remuneración?
Si el vehículo es de uso mixto (laboral y personal) puede considerarse un beneficio en especie con implicancias en la base de cálculo de ciertos conceptos, mientras que si es de uso exclusivamente laboral generalmente no integra la remuneración a esos efectos; conviene que quede claramente especificado en el contrato.
¿Puede reclamarse la aplicación de este convenio si el laboratorio aplicó otro distinto?
Sí, si la actividad real del trabajador coincide con el ámbito de aplicación del CCT 119/75 (propaganda médica), puede reclamarse el encuadre correcto ante el Ministerio de Trabajo o la justicia laboral, con la eventual reliquidación de diferencias si el convenio aplicado era menos favorable.
¿Qué diferencia hay entre “propaganda médica” y “marketing farmacéutico”?
La propaganda médica es la actividad regulada por el CCT 119/75, centrada en la visita presencial o remota a profesionales de la salud; el marketing farmacéutico es un concepto más amplio que incluye estrategia de producto, publicidad, eventos y otras funciones que suelen encuadrarse en otros convenios (comercio, publicidad) según la tarea concreta.
¿Puede una visitadora médica pedir cambio de zona por motivos de cuidado familiar?
Puede solicitarlo, aunque no existe un derecho automático a que la empresa lo conceda; en la práctica muchos laboratorios evalúan estos pedidos caso por caso, especialmente cuando existen vacantes disponibles en la zona solicitada.
¿El convenio prevé algún día especial de descanso adicional?
No prevé descansos adicionales especiales más allá del régimen general de descanso semanal y feriados nacionales aplicable a cualquier trabajador bajo la LCT, salvo que se pacte algo distinto a nivel de empresa.
¿Qué pasa si el visitador médico se enferma durante un viaje de trabajo a otra ciudad?
Corresponde la cobertura de la obra social o, si se trata de una urgencia vinculada a un accidente en ejercicio de sus tareas, la de la ART, debiendo la empresa colaborar con los gastos de traslado o alojamiento adicionales que la situación pudiera generar según su política interna.
¿Existen visitadores médicos especializados por tipo de especialidad médica?
Sí, es habitual la especialización por área terapéutica (cardiología, oncología, pediatría, entre otras), lo que puede influir en la categoría interna y remuneración dentro de cada laboratorio, aunque no está desagregado como categoría formal distinta en el texto del convenio 119/75.
¿Qué pasa si el laboratorio cierra su operación en Argentina?
Corresponde el procedimiento general de despido colectivo o cierre de establecimiento previsto por la LCT y la Ley 24.013, con las indemnizaciones correspondientes calculadas conforme al artículo 245 LCT, sin un régimen especial adicional para esta actividad en particular.
¿Se puede exigir al visitador médico usar uniforme o vestimenta específica?
Sí, el empleador puede establecer un código de vestimenta profesional acorde a la actividad (visita a instituciones de salud), sin que esto genere por sí solo derecho a un adicional salarial, salvo que se trate de un uniforme distintivo específico que el empleador deba proveer y mantener.
¿El convenio prevé algo sobre el uso de dispositivos tecnológicos (tablets, CRM)?
No, el texto de 1975 no contempla estas herramientas por razones obvias de época; su uso se rige por las políticas internas de cada laboratorio y por la normativa general de protección de datos si el dispositivo registra información sensible de médicos y pacientes.
¿Qué pasa si el visitador médico es citado a declarar en una causa judicial vinculada a su actividad?
Tiene derecho a las licencias especiales previstas por la LCT para el cumplimiento de deberes cívicos o citaciones judiciales, sin que esto pueda ser motivo de sanción o descuento salarial por parte del empleador.
¿Puede reclamarse mobbing o acoso laboral por parte de un supervisor de ventas?
Sí, se aplican las reglas generales de la LCT y la jurisprudencia sobre violencia laboral y acoso, permitiendo al trabajador afectado reclamar la cesación de la conducta, indemnización por daños, o incluso dar por rescindido el contrato con causa imputable al empleador si la situación es grave.
¿Qué pasa con las comisiones devengadas y no pagadas al momento del despido?
Deben liquidarse y abonarse junto con el resto de la liquidación final, ya que constituyen salario devengado; su omisión puede dar lugar a un reclamo judicial adicional independiente de la indemnización por despido en sí.
¿Existen pasantías o programas de ingreso junior en la actividad de propaganda médica?
Algunos laboratorios ofrecen programas de trainee o ingreso junior con acompañamiento de un visitador senior durante los primeros meses, aunque esto depende de la política de cada empresa y no está reglamentado de forma específica por el convenio.
¿El convenio 119/75 se aplica también a las distribuidoras farmacéuticas, no solo a los laboratorios?
Su ámbito específico se centra en la actividad de agentes de propaganda médica de laboratorios de especialidades medicinales; el personal de distribuidoras farmacéuticas dedicado a otras tareas (logística, venta a droguerías) puede encuadrarse en convenios distintos según su función real.
