CCT 512/07 — Peleteros, Industria de la Peletería (FONIVA/SOIVA)

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO

Peleteros — Industria de la Peletería

FONIVA y SOIVA · Cámara Industrial de Peletería y Federación Argentina de Comercialización e Industrialización de la Fauna

Curtido y manufactura de pieles finas (oveja, nutria, zorro y otras) — todo el país

ConvenioCCT N° 512/07
SindicatosFONIVA — Federación Obrera Nacional de la Industria del Vestido y Afines, y SOIVA — Sindicato Obrero de la Industria del Vestido y Afines
Cámaras empresariasCámara Industrial de Peletería y Federación Argentina de Comercialización e Industrialización de la Fauna
AlcanceTrabajadores de las distintas especialidades de la industria peletera (curtido y manufactura de pieles finas), excluyendo al personal jerárquico como encargados de taller y rangos superiores
Fecha destacada14 de octubre, “Día del Trabajador de la Industria Peletera”
Compromiso institucionalLa Cámara Industrial de Peletería y el sindicato se comprometieron a explorar la creación de una escuela de formación y especialización para la industria peletera

Escala salarial

Consultanos por la escala salarial vigente del CCT 512/07: escribinos a [email protected] o por WhatsApp y la buscamos para vos.

Peletería, distinta de la curtiembre de cuero vacuno

Aunque comparten la técnica general del curtido, la industria peletera (regulada por este CCT 512/07) trabaja con pieles finas de animales como la oveja, la nutria y el zorro, orientadas a la confección de prendas y accesorios de peletería — una actividad distinta de la curtiembre de cuero vacuno para calzado y marroquinería, que tiene su propio convenio (CCT 142/75, ya publicado en HRUseful, representado por SOCRA). El nombre completo de la industria refleja esta distinción: la contraparte empresaria incluye tanto a la Cámara Industrial de Peletería como a la Federación Argentina de Comercialización e Industrialización de la Fauna, vinculada al origen de la materia prima (fauna silvestre o de granja) antes de su procesamiento.

Infografía CCT 512/07 Peleteros — Industria de la Peletería

Preguntas frecuentes

¿Qué es el CCT 512/07?

Es el convenio colectivo de trabajo que regula a los trabajadores de la industria peletera en Argentina (curtido y manufactura de pieles finas), firmado por FONIVA y SOIVA con la Cámara Industrial de Peletería y la Federación Argentina de Comercialización e Industrialización de la Fauna.

¿Qué es SOIVA?

Es el Sindicato Obrero de la Industria del Vestido y Afines, uno de los dos sindicatos firmantes de este convenio junto a FONIVA.

¿Qué es la Cámara Industrial de Peletería?

Es una de las cámaras empresarias que representa a las empresas dedicadas al curtido y manufactura de pieles finas en Argentina, contraparte de FONIVA y SOIVA en la negociación de este convenio.

¿Qué es la Federación Argentina de Comercialización e Industrialización de la Fauna?

Es la otra cámara empresaria firmante, vinculada al origen y comercialización de la materia prima (pieles de fauna silvestre o de granja) antes de su procesamiento en la industria peletera.

¿Qué diferencia hay entre la industria peletera y la curtiembre de cuero vacuno?

Ambas usan la técnica de curtido, pero la peletería trabaja con pieles finas de animales como oveja, nutria y zorro, orientadas a prendas y accesorios de peletería; la curtiembre de cuero vacuno (CCT 142/75, ya publicado en HRUseful) procesa cuero de vaca principalmente para calzado y marroquinería — son industrias y convenios distintos, aunque comparten procesos técnicos similares.

¿A quién alcanza este convenio?

A los trabajadores de las distintas especialidades de la industria peletera, excluyendo al personal jerárquico como los encargados de taller y rangos superiores.

¿Por qué se excluye a los “encargados de taller” del alcance de este convenio?

Porque el personal jerárquico de mayor responsabilidad suele considerarse “fuera de convenio”, con condiciones negociadas de forma individual en lugar de regirse por las categorías y escalas del CCT — una práctica habitual en distintas actividades para los puestos de conducción.

¿Qué es el “Día del Trabajador de la Industria Peletera”?

Es el 14 de octubre, una fecha reconocida por este convenio como propia de la actividad — similar a otras fechas conmemorativas específicas que distintos convenios colectivos argentinos establecen para su sector.

¿Existe una escuela de formación específica para la industria peletera?

El convenio recoge un compromiso entre la Cámara Industrial de Peletería y el sindicato para explorar la posibilidad de crear una escuela de formación y especialización para la actividad.

¿Qué pieles se procesan típicamente en esta industria?

Principalmente pieles de oveja, nutria y zorro, entre otras especies utilizadas tradicionalmente en la confección de prendas y accesorios de peletería.

¿Qué proceso sigue una piel antes de convertirse en una prenda de peletería?

Típicamente incluye el desollado y conservación inicial de la piel cruda, el curtido (proceso que estabiliza la piel y evita su descomposición), el teñido si corresponde, y finalmente el corte y confección de la prenda o accesorio final.

¿Existen controles sobre el origen de las pieles utilizadas (fauna silvestre vs. de granja)?

Sí, en paralelo a este convenio colectivo (que regula la relación laboral), existe normativa de fauna silvestre y de comercio internacional de especies (como la Convención CITES) que regula qué pieles pueden comercializarse legalmente y bajo qué condiciones — un marco regulatorio distinto y ajeno al convenio en sí, pero relevante para la actividad de las empresas del sector.

¿Qué autoridad homologa este convenio?

La Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, en el marco de la Ley 14.250 de Convenciones Colectivas de Trabajo.

¿Este convenio sigue vigente pese a ser de 2007?

Sí — por el principio de ultractividad (artículo 6 de la Ley 14.250), un convenio colectivo sigue rigiendo hasta que se homologue uno nuevo que lo reemplace expresamente. Sus aspectos salariales se actualizan periódicamente mediante acuerdos complementarios (un ejemplo histórico confirmado corresponde al período junio 2014-mayo 2015).

¿Cuál es la escala salarial exacta vigente en 2026?

El detalle exacto figura en el texto vigente del convenio y en sus actas paritarias.

¿Qué jornada laboral rige para este sector?

Como referencia general se aplica el límite legal de 8 horas diarias o 48 semanales de la Ley 11.544.

El detalle exacto figura en el texto vigente del convenio y en sus actas paritarias.
¿Cómo se calcula el aguinaldo en este convenio?

Se aplica el Sueldo Anual Complementario (SAC) general de la Ley 23.041 y la LCT: 50% de la mejor remuneración mensual de cada semestre, pagadero en junio y diciembre.

El detalle exacto figura en el texto vigente del convenio y en sus actas paritarias.
¿Cuántos días de vacaciones corresponden?
El CCT 512/07 establece que las vacaciones anuales, según la antigüedad que fijan las leyes en la materia (14, 21, 28 y 35 días según antigüedad), se computan en días hábiles. Si hay aumentos de salario durante el goce, al reintegrarse se percibe la diferencia únicamente por los días de vacaciones posteriores a la fecha de vigencia del aumento.
¿Qué licencias especiales pagas prevé el convenio?
El art. 12 del CCT 512/07 prevé: fallecimiento de cónyuge o conviviente, padres, hijos o hermanos, 4 días (6 si ocurre a más de 500 km del sitio de trabajo); fallecimiento de abuelos, padres políticos, hermanos políticos y tíos carnales, 1 día pago; matrimonio, 10 días corridos sin obligación de sumarlos a la licencia anual, con aviso de 8 días; casamiento de hijos, 1 día; examen médico prenupcial, 1 día; nacimiento de hijo, 4 días hábiles pagos; examen en enseñanza media o universitaria, 2 días corridos por examen hasta 10 días por año calendario; mudanza, 1 día con goce de sueldo, hasta una vez por año, con aviso de 3 días. El art. 13 libera al donante de sangre el día de la donación, con una jornada paga cada 3 meses. En todos los casos se acredita el hecho.
¿Qué riesgos laborales específicos tiene el trabajo de curtido de pieles finas?

Incluye exposición a sustancias químicas del proceso de curtido (taninos, sales de cromo u otros agentes curtientes), riesgo biológico por el manejo de pieles crudas antes de su tratamiento, y posibles alérgenos — riesgos que deben gestionarse bajo la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo (19.587) y su reglamentación.

¿Qué pasa si me lesiono o desarrollo una afección por exposición a químicos de curtido?

Puede analizarse como accidente o enfermedad profesional cubierta por la Ley de Riesgos del Trabajo (24.557), con la correspondiente cobertura de la ART de la empresa, si se acredita el nexo con la exposición laboral.

¿Qué pasa si me despiden trabajando en un taller de peletería?

Se aplica el régimen general de indemnización por despido de la Ley de Contrato de Trabajo (con las modificaciones de la Ley 27.802 y, desde diciembre de 2026, el Fondo de Asistencia Laboral).

El detalle exacto figura en el texto vigente del convenio y en sus actas paritarias.
¿Puede una empresa pagar por encima de la escala de este convenio?

Sí, sin ningún problema — la escala convencional es un piso mínimo, no un techo. Cualquier empresa puede pactar individual o colectivamente condiciones más favorables para sus trabajadores.

¿Qué pasa si mi empleador no está afiliado a ninguna de las cámaras firmantes?

Los convenios colectivos homologados bajo la Ley 14.250 tienen carácter de orden público para toda la actividad representada, por lo que en general se aplican a todas las empresas alcanzadas por su ámbito de aplicación, estén o no específicamente afiliadas a las cámaras firmantes.

¿Existen delegados sindicales en los talleres de peletería?

La Ley de Asociaciones Sindicales (23.551) habilita la elección de delegados de personal en los establecimientos que superen la cantidad mínima de trabajadores que fija la ley — en talleres pequeños, típicos de este sector, la representación puede canalizarse a través de la seccional del sindicato correspondiente.

¿Qué pasa si trabajo part-time en un taller de peletería?

Las condiciones y escalas se aplican de forma proporcional a la jornada efectivamente trabajada, igual que en cualquier relación de trabajo a tiempo parcial regida por el artículo 92 ter de la LCT.

¿Es estacional el trabajo de peletería, dado que las pieles se usan principalmente en invierno?

Es razonable que exista un pico de demanda comercial de prendas de peletería en la temporada fría, aunque la etapa de curtido y manufactura suele planificarse con anticipación para abastecer esa demanda.

¿Qué pasa si el taller de peletería cierra o cesa su actividad?

Se aplican las normas generales de la LCT sobre extinción del contrato de trabajo, con los privilegios que la ley reconoce a los créditos laborales, más allá de las condiciones de categoría y salario que fije el convenio mientras dure la relación laboral.

¿Qué pasa si mi empleador terceriza el curtido de las pieles a otro taller especializado?

Si la tercerización constituye una actividad normal y específica propia del proceso productivo, en principio corresponde la solidaridad prevista en el artículo 30 de la LCT entre la empresa principal y la tercerizada respecto de las obligaciones laborales de esos trabajadores.

¿Qué pasa si trabajo de forma independiente confeccionando prendas de piel por encargo, sin relación de dependencia?

Este convenio regula relaciones de dependencia entre trabajadores y empleadores del sector — quien confecciona prendas de piel de forma genuinamente autónoma, sin relación de dependencia con un taller o empresa, no está alcanzado por el CCT.

¿Existe controversia ética o social sobre el uso de pieles de animales en la moda?

Sí, es un debate público y de conocimiento general a nivel internacional y también en Argentina, vinculado al bienestar animal, que ha llevado a algunas marcas internacionales a discontinuar el uso de pieles naturales — un tema que excede el marco de este convenio colectivo (que regula únicamente la relación laboral de quienes hoy trabajan en esta industria legal), pero relevante para entender el contexto de mercado del sector.

¿Qué pasa si mi empleador me exige trabajar horas extra ante un pedido grande antes de la temporada de invierno?

Se aplica el régimen general de horas extraordinarias de la LCT y la Ley 11.544 (recargo del 50% en días hábiles y 100% en sábados después de las 13, domingos y feriados).

El detalle exacto figura en el texto vigente del convenio y en sus actas paritarias.
¿Existen categorías jerárquicas de supervisión en un taller de peletería, aparte de “encargado de taller” (que queda fuera de convenio)?

Es razonable que existan categorías intermedias de mayor especialización dentro del propio convenio, distintas del personal jerárquico excluido.

¿Se exportan productos de peletería fabricados en Argentina?

Este punto depende del texto vigente del convenio y de sus actas paritarias; conviene confirmarlo con el sindicato firmante.

¿Qué relación tiene este convenio con FONIVA y SOIVA al mismo tiempo, si son dos sindicatos distintos?

FONIVA es una federación de segundo grado que agrupa a distintos sindicatos de base de la industria del vestido y afines, entre ellos SOIVA — ambos participan conjuntamente de la firma de este convenio, reflejando la estructura federativa típica de la organización sindical textil argentina.

¿Dónde puedo consultar el texto completo del CCT 512/07?

El texto puede consultarse en el sitio del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (argentina.gob.ar/normativa) o solicitarse directamente a FONIVA o SOIVA.

¿Qué es un “clasificador de pieles”?

Es quien evalúa y separa las pieles crudas según su calidad, tamaño y estado antes del proceso de curtido, determinando su destino comercial más adecuado según esas características.

¿Qué pasa si trabajo tiñendo pieles?

Es una etapa del proceso que puede implicar exposición a colorantes y otros compuestos químicos, requiriendo protección respiratoria y cutánea adecuada bajo la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo.

¿Existe algún curso o certificación técnica en peletería en Argentina?

El propio convenio recoge un compromiso institucional de explorar la creación de una escuela de formación específica para la actividad.

¿Este convenio cubre a quienes conservan en frío las pieles crudas antes del curtido?

En principio sí, en cuanto tarea del proceso productivo comprendida dentro del alcance general del convenio.

¿Qué pasa si soy menor de edad y quiero trabajar en un taller de peletería?

Rige el régimen general de trabajo de menores de la LCT: prohibición de trabajo nocturno e insalubre, jornada reducida y otras protecciones específicas para trabajadores de 16 y 17 años, particularmente relevante dado el manejo de sustancias químicas del curtido propio de esta actividad.

¿Existe un adicional por manejo de sustancias químicas de curtido en este convenio?

Este punto depende del texto vigente del convenio y de sus actas paritarias; conviene confirmarlo con FONIVA o SOIVA.

¿Este convenio cubre a quienes confeccionan accesorios de piel (guantes, gorros, bufandas), no solo prendas completas?

Sí, el ámbito de aplicación se refiere a las distintas especialidades de la industria peletera en general, lo que incluye tanto prendas completas como accesorios confeccionados en piel.

¿La peletería sintética (eco-fur) compite con la industria de peletería natural regulada por este convenio?

Sí, la creciente preferencia del mercado internacional por alternativas sintéticas al pelo natural representa una presión competitiva real para esta industria.

¿Qué pasa si mi taller también repara o restaura prendas de piel antiguas, en lugar de solo fabricar nuevas?

Si esa actividad de reparación y restauración es realizada por personal en relación de dependencia de un taller de peletería, en principio queda comprendida dentro del mismo ámbito de aplicación de este convenio.

¿Qué pasa si me contratan de forma eventual para reforzar la producción antes de la temporada de invierno?

Corresponde el encuadre como contrato de trabajo eventual (artículo 99 de la LCT) si la tarea responde genuinamente a una necesidad extraordinaria y transitoria de la empresa, con los derechos y limitaciones que esa figura reconoce.

¿La nutria (coipo) tiene alguna consideración especial como especie en Argentina que afecte a esta industria?

El coipo o nutria es considerado en algunas regiones de Argentina una especie con manejo de fauna específico (incluyendo, en ciertos casos, planes de control poblacional en zonas donde se lo considera una especie que puede generar daños ambientales) — un tema de regulación de fauna silvestre distinto del convenio colectivo en sí, pero relevante para entender el origen de parte de la materia prima de este sector.

¿Qué preaviso corresponde si el empleador decide terminar la relación?

Un mes con hasta cinco años de antigüedad y dos meses con más; durante el período de prueba no corresponde preaviso (art. 231 de la Ley de Contrato de Trabajo, texto de la Ley 27.802). Si el empleador no lo otorga, corresponde la indemnización sustitutiva equivalente a la remuneración de ese período (art. 232).

¿Qué pasa si trabajo de forma part-time en un taller de peletería?

Las condiciones y escalas se aplican de forma proporcional a la jornada efectivamente trabajada, igual que en cualquier relación de trabajo a tiempo parcial regida por el artículo 92 ter de la LCT.

¿Puedo reclamar diferencias salariales si mi empleador me paga por debajo del piso de este convenio?

Sí, el trabajador tiene derecho a reclamar la diferencia entre lo efectivamente percibido y el piso mínimo de convenio correspondiente a su categoría real, dentro de los plazos de prescripción laboral (2 años según el artículo 256 de la LCT).

¿HRU verifica esta información de forma periódica?

Sí. Revisamos y actualizamos el contenido de esta página en base a fuentes oficiales y sindicales públicas. Si detectás un dato desactualizado, o tenés información más reciente sobre la escala salarial vigente, podés consultarnos por WhatsApp o email — te responde una persona real, no un bot.

¿Cuánto se puede descontar como aporte solidario en el CCT 512/07?
Si el acuerdo vigente de el CCT 512/07 establece un aporte o contribución solidaria, desde la Ley 27.802 de Modernización Laboral (Boletín Oficial del 06/03/2026) el conjunto de aportes y contribuciones convencionales a favor de la asociación sindical no puede superar el 2% de la remuneración, tanto para afiliados como para no afiliados, y ese límite se computa en forma global (Decreto 407/2026). La base de cálculo es el salario básico convencional de la categoría más las sumas remunerativas normales y habituales de pago mensual de origen convencional; no se incluyen premios, bonos, horas extras, aguinaldo, plus vacacional ni sumas no remunerativas (Decreto 612/2026). Las cláusulas que superan ese límite deben readecuarse. El porcentaje aplicado figura en el recibo de sueldo; para confirmarlo, consultá a la entidad sindical firmante.
¿Qué debe registrar la empresa al incorporar personal comprendido en el CCT N° 512/07?

Antes de que la persona empiece a trabajar, la empresa debe darla de alta ante ARCA (Simplificación Registral), asentarla en el libro especial del art. 52 de la LCT, encuadrarla en el CCT N° 512/07 con la categoría que corresponde a sus tareas reales, y tenerla cubierta por la ART (Ley 24.557) y por el seguro de vida obligatorio (Decreto 1567/74).

¿En qué plazo debe pagar la empresa los sueldos?

Para el personal mensualizado, el sueldo debe pagarse dentro de los 4 días hábiles siguientes al vencimiento del mes; para jornales y quincenas, dentro de los 4 días hábiles del vencimiento de cada período (art. 128 de la LCT). Los salarios básicos y adicionales del CCT N° 512/07 son mínimos: la empresa puede pagar más, pero no menos.

¿Qué obligaciones de seguridad tiene la empresa con su personal?

El art. 75 de la LCT obliga al empleador a adoptar las medidas necesarias para que las tareas se presten en condiciones de seguridad e higiene. Además, la Ley 19.587 exige condiciones adecuadas en el lugar de trabajo, y la Ley 24.557, contar con ART, capacitar al personal en prevención y entregar los elementos de protección personal que requiera cada tarea.

¿Cómo determina la empresa la categoría correcta de cada trabajador en el CCT N° 512/07?

La categoría surge de las tareas que la persona hace efectivamente, no del nombre del puesto: si las tareas habituales corresponden a una categoría superior, debe liquidarse esa categoría. Conviene describir por escrito las funciones de cada puesto, comparar con las definiciones del CCT N° 512/07 y revisar el encuadre cuando cambian las tareas.

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