Acopiadores de Cereales — Recibidores de Granos
URGARA (Unión Recibidores de Granos y Anexos de la República Argentina) · Federación de Centros y Entidades Gremiales de Acopiadores de Cereales · Coninagro
Recepción, clasificación, secado y almacenamiento de granos en plantas de acopio — el primer eslabón de la poscosecha
| Convenio | CCT N° 574/10, Rama Acopio |
| Sindicato | URGARA — Unión Recibidores de Granos y Anexos de la República Argentina |
| Cámaras empresarias | Federación de Centros y Entidades Gremiales de Acopiadores de Cereales y Confederación Intercooperativa Agropecuaria (Coninagro) |
| Alcance | Personal de plantas de acopio de cereales y oleaginosas: recepción, clasificación, secado, acondicionamiento y almacenamiento de granos |
| Categorías | De Auxiliar a Recibidor o Clasificador Experto (escala completa por antigüedad y especialización) |
| Última paritaria confirmada | Acuerdo 2025-2026 (vigencia 1° oct. 2025 al 30 jun. 2026): ajuste escalonado superior al 18% en tres tramos, con retroactividad de octubre 2025 pagada junto al sueldo de diciembre |
Escala salarial
Consultanos por la escala salarial vigente del CCT 574/10: escribinos a [email protected] o por WhatsApp y la buscamos para vos.
Qué hace un recibidor de granos y por qué es un oficio técnico
La recepción es la primera actividad de la poscosecha en una planta de acopio: de esa etapa depende buena parte de la calidad final del grano almacenado. El recibidor extrae muestras de cada camión que ingresa y evalúa, entre otros parámetros, la humedad (un grano con exceso de humedad acorta drásticamente sus tiempos de conservación segura y favorece el desarrollo de hongos e insectos), la presencia de cuerpos extraños (semillas de malezas como chamico o trébol de olor, esclerotos de hongos, granos partidos o dañados) y el grado de limpieza general — un grano limpio fluye mejor durante el secado y el almacenamiento posterior. Es un trabajo que combina destreza manual con criterio técnico, ya que de esa clasificación depende directamente el precio que se le paga al productor por su cosecha.
Una vez recibido y clasificado, el grano se acondiciona (secado si es necesario) y se almacena en silos fijos o en silo bolsa — una técnica de almacenamiento en bolsones plásticos herméticos que se popularizó fuertemente en Argentina desde comienzos de los 2000 y que exige, para granos húmedos, no extender el guardado más allá de aproximadamente 30 días sin un control estricto de la evolución de la temperatura y la humedad interna.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el CCT 574/10?
Es el convenio colectivo que regula al personal de plantas de acopio de cereales en Argentina, en su Rama Acopio, negociado entre URGARA, la Federación de Centros y Entidades Gremiales de Acopiadores de Cereales y Coninagro.
¿Qué es URGARA?
La Unión Recibidores de Granos y Anexos de la República Argentina, el sindicato que representa a los trabajadores de la recepción, clasificación y acopio de granos en el país.
¿Qué es Coninagro?
La Confederación Intercooperativa Agropecuaria, una de las entidades empresarias que agrupa a cooperativas agropecuarias y firma este convenio en representación del sector empleador cooperativo del acopio.
¿Qué hace un “recibidor de granos”?
Extrae muestras de cada camión o lote de cereal que ingresa a la planta de acopio y evalúa parámetros como humedad, presencia de cuerpos extraños y estado general del grano, determinando su clasificación comercial — una tarea técnica de la que depende directamente el precio que recibe el productor.
¿Por qué es tan importante controlar la humedad del grano al recibirlo?
Porque a mayor humedad, más cortos son los tiempos de conservación segura del grano almacenado, y aumenta el riesgo de desarrollo de hongos e insectos — un control clave para evitar pérdidas económicas y sanitarias en el almacenamiento posterior.
¿Qué son los “cuerpos extraños” que se buscan en el grano?
Semillas de malezas (como chamico o trébol de olor), esclerotos de hongos, granos partidos, dañados o de otras variedades mezcladas — su presencia afecta la calidad comercial del lote y puede derivar en descuentos sobre el precio pagado al productor.
¿Qué es un “silo bolsa”?
Una bolsa plástica hermética de gran tamaño usada para almacenar grano a la intemperie, una técnica que se popularizó fuertemente en Argentina desde comienzos de los 2000 por su bajo costo relativo frente a la construcción de silos fijos de gran capacidad.
¿Cuánto tiempo puede guardarse grano húmedo en un silo bolsa de forma segura?
Se recomienda no extender el guardado de granos húmedos en silo bolsa por más de aproximadamente 30 días sin un control estricto de la evolución de la temperatura y la humedad interna, para evitar el deterioro del grano.
¿Qué categorías laborales tiene este convenio?
Una escala que va desde Auxiliar hasta Recibidor o Clasificador Experto, reflejando distintos niveles de especialización técnica y antigüedad en la tarea de recepción y clasificación de granos.
¿Cuál fue el ajuste salarial acordado para 2025-2026?
Un ajuste escalonado superior al 18%, distribuido en tres tramos entre octubre de 2025 y junio de 2026, con la retroactividad de octubre 2025 pagada junto al sueldo de diciembre de ese año.
¿Existe algún descuento adicional en el salario de este sector para gastos gremiales?
Sí, un aporte extraordinario de solidaridad del 1% sobre el salario de todos los trabajadores comprendidos, destinado a gastos de gestión de la negociación colectiva, acción social, capacitación y elementos de seguridad — para los afiliados a URGARA, la cuota sindical ya absorbe ese concepto, por lo que no se les retiene un descuento adicional.
¿Qué diferencia hay entre “acopiador” y “recibidor de granos”?
El “acopiador” es la empresa o cooperativa que opera la planta de acopio (el empleador); el “recibidor de granos” es el trabajador específico que realiza la tarea técnica de recepción y clasificación del cereal dentro de esa planta.
¿Este convenio alcanza también a la cosecha en el campo?
No. La cosecha (corte y trilla del cereal en la chacra) es trabajo rural, regido por la Ley 26.727 y su convenio con UATRE (ya publicado en HRUseful); el CCT 574/10 alcanza específicamente al personal de las plantas de acopio que reciben ese grano ya cosechado.
¿Qué diferencia hay con la Industria Molinera (CCT 66/89, ya publicado en HRUseful)?
El acopio es la etapa de recepción, clasificación y almacenamiento del grano recién cosechado; la industria molinera transforma ese grano (por ejemplo trigo) en harina mediante molienda — son dos convenios de actividad distintos y consecutivos en la misma cadena de valor de los cereales.
¿Qué diferencia hay con los Aceiteros (CCT 420/05, ya publicado en HRUseful)?
El acopio recibe y almacena el grano en su estado natural (por ejemplo, soja o girasol sin procesar); la industria aceitera procesa esas oleaginosas para extraer aceite y harina proteica — el acopio suele ser la etapa previa que abastece de materia prima a las plantas aceiteras.
¿Qué autoridad homologó este convenio y sus acuerdos salariales?
La Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, en el marco de la Ley 14.250 de Convenciones Colectivas de Trabajo.
¿Qué jornada laboral rige para este sector?
Como referencia general se aplica el límite legal de 8 horas diarias o 48 semanales de la Ley 11.544, con turnos extendidos habituales durante el pico de la cosecha, cuando el ingreso de camiones a la planta es continuo.
¿Por qué el trabajo en una planta de acopio se intensifica tanto en determinadas épocas del año?
Porque coincide con los picos de cosecha de cada cultivo (por ejemplo, trigo en el verano, soja y maíz en el otoño), momento en que el ingreso de camiones con grano a la planta puede ser prácticamente continuo durante semanas.
¿Cómo se paga el aguinaldo en este sector?
Se aplica el Sueldo Anual Complementario (SAC) general de la Ley 23.041 y la LCT: 50% de la mejor remuneración mensual de cada semestre, pagadero en junio y diciembre.
¿Cuántos días de vacaciones corresponden?
¿Qué licencias especiales prevé el convenio?
¿Qué riesgos laborales tiene el trabajo en una planta de acopio?
Exposición a polvo de grano en suspensión (riesgo respiratorio y de explosión de polvo en instalaciones de almacenamiento mal ventiladas), riesgo de asfixia o atrapamiento en espacios confinados dentro de silos, y manejo de maquinaria de carga y descarga — riesgos regulados bajo la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo (19.587).
¿Existe riesgo real de explosión de polvo en un silo de granos?
Sí, es un riesgo industrial conocido y documentado internacionalmente: el polvo de grano en suspensión dentro de un espacio cerrado puede ser altamente inflamable y explosivo ante una chispa, razón por la cual las plantas de acopio exigen protocolos estrictos de control de polvo y ventilación.
¿Qué pasa si un trabajador debe ingresar dentro de un silo para destrabar grano compactado?
Es una tarea de alto riesgo por la posibilidad de asfixia, atrapamiento o sepultamiento (un peligro reconocido internacionalmente en el manejo de granos a granel), que exige protocolos estrictos de ingreso a espacios confinados, arnés de seguridad y personal de apoyo en superficie.
¿Qué pasa si me lesiono operando maquinaria de carga o descarga de camiones?
Es un accidente de trabajo cubierto por la Ley de Riesgos del Trabajo (24.557), con la correspondiente cobertura de la ART de la empresa, más allá de lo que establezca el convenio en materia de condiciones de trabajo.
¿Puede una empresa pagar por encima de la escala de este convenio?
Sí, sin ningún problema — la escala convencional es un piso mínimo, no un techo. Cualquier empresa puede pactar condiciones individuales o colectivas más favorables.
¿Existen delegados sindicales en las plantas de acopio?
Sí, la Ley de Asociaciones Sindicales (23.551) habilita la elección de delegados de personal en los establecimientos que superen la cantidad mínima de trabajadores que fija la ley, canalizada a través de la seccional local de URGARA.
¿Qué pasa si trabajo part-time en una planta de acopio?
Las condiciones y escalas se aplican de forma proporcional a la jornada efectivamente trabajada, igual que en cualquier relación de trabajo a tiempo parcial regida por el artículo 92 ter de la LCT.
¿Qué pasa si me despiden trabajando en una planta de acopio?
Se aplica el régimen general de indemnización por despido de la Ley de Contrato de Trabajo, con las modificaciones de la Ley 27.802 y, desde diciembre de 2026, el Fondo de Asistencia Laboral.
El detalle exacto figura en el texto vigente del convenio y en sus actas paritarias.
¿Es una actividad estacional?
Tiene un fuerte componente estacional ligado a los distintos picos de cosecha del año (trigo, soja, maíz, girasol, entre otros), razón por la cual muchas plantas contratan personal adicional temporario durante esos períodos de mayor actividad.
¿Qué pasa si trabajo una temporada de cosecha y no me vuelven a llamar la siguiente?
Depende de si la relación se configuró como trabajo de temporada típico (con derecho a reingreso automático cada campaña bajo el art. 98 de la LCT) o como un contrato a plazo fijo aislado — la calificación correcta del vínculo es clave para determinar qué derechos corresponden ante la falta de renovación.
¿Qué pasa si trabajo horas extra durante el pico de cosecha?
Se aplica el régimen general de horas extraordinarias de la LCT y la Ley 11.544 (recargo del 50% en días hábiles y 100% en sábados después de las 13, domingos y feriados), un escenario frecuente dado el carácter estacional e intensivo de la actividad durante la campaña.
¿Qué pasa si la planta de acopio cierra o se declara en quiebra?
Se aplican las normas generales de la LCT sobre extinción del contrato de trabajo y, en su caso, de concursos y quiebras, con los privilegios que la ley reconoce a los créditos laborales.
¿Qué pasa si mi empresa terceriza el transporte de grano hacia el puerto?
Si esa tarea se terceriza a una empresa de transporte de cargas, ese personal podría regirse por el convenio de Camioneros (CCT 40/89, ya publicado en HRUseful) en lugar de este convenio, según las circunstancias del caso.
¿Qué diferencia hay con la Actividad Portuaria (CCT 234/94, ya publicado en HRUseful)?
El acopio ocurre en el interior del país, cerca de las zonas de producción; la actividad portuaria (carga y descarga de buques) ocurre en la terminal de exportación, generalmente al final de la cadena logística del grano — son etapas y convenios distintos.
¿Qué son los descuentos por “cuerpos extraños” o humedad excedente que recibe un productor?
Son ajustes comerciales sobre el precio pagado al productor cuando el grano entregado supera los parámetros estándar de calidad (por ejemplo, exceso de humedad o de impurezas), determinados precisamente por la clasificación que realiza el recibidor de granos al momento de la recepción — un aspecto comercial ajeno al convenio colectivo en sí, pero que depende directamente de la tarea que este regula.
¿Qué controles adicionales se hacen sobre el grano, además de humedad y cuerpos extraños?
Suelen incluir peso hectolítrico (una medida de la densidad del grano), proteína (particularmente relevante en trigo y soja) y presencia de granos dañados, quebrados o brotados — parámetros que, junto a la humedad y los cuerpos extraños, determinan la clasificación comercial final del lote.
¿Qué pasa si soy menor de edad y quiero trabajar en una planta de acopio?
Rige el régimen general de trabajo de menores de la LCT: prohibición de trabajo nocturno e insalubre, jornada reducida y otras protecciones específicas para trabajadores de 16 y 17 años, particularmente relevante dado el riesgo de espacios confinados y explosión de polvo propio de esta actividad.
¿Qué pasa si trabajo de forma independiente como corredor o intermediario de granos, sin relación de dependencia con una acopiadora?
Un convenio colectivo regula relaciones de dependencia entre trabajadores y empleadores — quien opera de forma genuinamente autónoma, sin relación de dependencia con una empresa del sector, no está alcanzado por este CCT.
¿Existen categorías de supervisión o jefatura de planta en este convenio?
Es razonable esperar que existan, dado que la operación de una planta de acopio durante el pico de cosecha requiere coordinación de turnos y de varios recibidores simultáneos.
¿Qué es la Federación de Centros y Entidades Gremiales de Acopiadores de Cereales?
Una de las cámaras empresarias firmantes de este convenio, que agrupa a los centros y entidades gremiales de acopiadores de cereales privados (no cooperativos) del país.
¿Qué diferencia hay entre un acopiador cooperativo (Coninagro) y uno privado?
Ambos tipos de empresa firman este mismo convenio a través de sus respectivas cámaras (Coninagro para el sector cooperativo, la Federación de Acopiadores de Cereales para el privado), y las condiciones laborales que rigen para sus trabajadores son las mismas bajo el CCT 574/10.
¿Qué pasa si el silo bolsa se rompe o es dañado por roedores durante el almacenamiento?
Es una cuestión operativa y comercial de conservación del grano ajena al convenio colectivo en sí; el personal de la planta suele encargarse del monitoreo periódico del estado de los silo bolsa para detectar y reparar daños tempranamente y evitar pérdidas.
¿Dónde puedo consultar el texto completo del CCT 574/10?
El texto puede consultarse en el sitio del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (argentina.gob.ar/normativa), en urgara.org.ar, o solicitarse directamente a URGARA.
¿Qué pasa si trabajo en la limpieza de granos, una etapa distinta de la recepción?
La limpieza del grano (separación de impurezas gruesas antes del secado o almacenamiento) es una etapa habitualmente vinculada a la recepción dentro del mismo proceso de poscosecha, y en principio queda comprendida por el alcance general de este convenio.
¿Qué pasa si trabajo operando los secadores de grano de la planta?
Es una tarea técnica comprendida por el alcance general de la actividad de acondicionamiento de granos que regula este convenio.
¿Qué pasa si mi planta de acopio cambia de dueño o razón social?
Rige el principio de continuidad laboral: el nuevo titular asume las obligaciones laborales previas conforme a los artículos 225 a 228 de la LCT sobre transferencia del establecimiento, sin que la relación de trabajo se vea afectada por el cambio de titularidad.
¿Existe una obra social propia de URGARA?
Es habitual que los sindicatos de actividad en Argentina administren su propia obra social para los trabajadores comprendidos en su convenio — consultar directamente en urgara.org.ar para el detalle de cobertura y prestadores.
¿Qué relación tiene este convenio con la exportación de granos argentina?
Las plantas de acopio son el primer eslabón de una cadena logística que, para buena parte de la producción, termina en la exportación a través de los puertos del Gran Rosario y otras terminales — el trabajo de clasificación y conservación que regula este convenio es clave para que el grano llegue en condiciones comerciales adecuadas hasta esa etapa final.
¿Qué pasa si sufro una intoxicación por fumigación de granos almacenados (control de plagas)?
Es una enfermedad o accidente de trabajo potencialmente cubierto por la Ley de Riesgos del Trabajo (24.557), correspondiendo la cobertura de la ART de la empresa, siempre que se acredite el nexo causal con la tarea desempeñada y las condiciones de exposición a productos fumigantes.
¿Qué pasa si trabajo tomando muestras de camiones las 24 horas durante un pico de cosecha con turnos rotativos?
Se aplica el régimen general de la LCT sobre trabajo nocturno y descanso entre jornadas (mínimo 12 horas), con los adicionales correspondientes por trabajo nocturno.
El detalle exacto figura en el texto vigente del convenio y en sus actas paritarias.
¿El cambio climático o las sequías recientes afectaron el volumen de trabajo en las plantas de acopio?
Es razonable esperar que una cosecha reducida por sequía implique menor volumen de grano recibido y, en consecuencia, menor demanda de horas extra o personal temporario en un año dado.
¿Existe un aporte solidario en el CCT 574/10 de Acopiadores de Cereales y Recibidores de Granos?
¿Cuánto se puede descontar como aporte solidario en el CCT 574/10?
¿Cómo determina la empresa la categoría correcta de cada trabajador en el CCT N° 574/10?
La categoría surge de las tareas que la persona hace efectivamente, no del nombre del puesto: si las tareas habituales corresponden a una categoría superior, debe liquidarse esa categoría. Conviene describir por escrito las funciones de cada puesto, comparar con las definiciones del CCT N° 574/10 y revisar el encuadre cuando cambian las tareas.
¿Qué datos debe tener el recibo de sueldo que emite la empresa?
Según el art. 140 de la LCT, el recibo debe indicar: datos y CUIT del empleador; nombre, CUIL y categoría del trabajador; fecha de ingreso y tarea; cada concepto remunerativo y cómo se determina; las deducciones; el total bruto y el neto; los datos del último depósito de aportes; y el lugar y la fecha del pago. Se emite por duplicado (art. 139) y la firma del trabajador acredita el pago.
¿Qué aportes debe retener y depositar la empresa cada mes?
Del sueldo bruto, la empresa retiene los aportes del trabajador (11% jubilación, 3% PAMI y 3% obra social), la cuota sindical si la persona está afiliada y los aportes convencionales que correspondan. Debe depositarlos junto con sus propias contribuciones mediante la declaración jurada mensual (F.931) ante ARCA. Retener y no depositar es una falta grave.
¿Cómo puede la empresa aplicar una sanción disciplinaria?
Toda sanción debe tener una justa causa, aplicarse en forma proporcional y notificarse por escrito. Las suspensiones deben tener plazo fijo (art. 218 de la LCT), y la suma de suspensiones por causas disciplinarias o económicas no puede superar los 30 días en un año, contados desde la primera (art. 220). El trabajador puede cuestionar la sanción dentro de los 30 días (art. 67).
