Infografía CCT 577/10 — Redes de acceso (UOCRA)

CCT 577/10 — Obras de redes de acceso, distribución y transporte (UOCRA)

Convenio Colectivo de Trabajo · Rama

CCT 577/10 — Obras de redes de acceso, distribución y transporte (UOCRA)

Escala vigente: septiembre 2026, con octubre y noviembre ya acordados Firmantes: UOCRA · CAMARCO · FAEC Alcance: todo el país
NúmeroCCT 577/2010 (reformuló al CCT 227/93)
ActividadObras de redes de acceso, distribución y transporte: canalización, líneas e instalación, y empalmes (telecomunicaciones, fibra óptica, cable)
SindicatoUOCRA (Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina)
Cámaras empleadorasCámara Argentina de la Construcción (CAMARCO) · Federación Argentina de Entidades de la Construcción (FAEC) · Centro de Arquitectos, Ingenieros y Constructores
ÁmbitoTodo el país; adicionales por zona del CCT 76/75
Fuentes oficialesTexto homologado CCT-577-2010 (Secretaría de Trabajo, convenios.trabajo.gob.ar) · Acuerdo salarial UOCRA del 21/09/2026 (CAMARCO)
✓ Verificado contra fuente oficial: texto homologado del CCT 577/10 y acuerdo salarial UOCRA del 21 de septiembre de 2026
Última revisión: 29 de septiembre de 2026 · Escala vigente desde el 1 de septiembre de 2026
Escala salarial — septiembre a noviembre 2026

Jornal básico por hora en zona A. Septiembre +1,9% sobre agosto, octubre +1,8% y noviembre +1,7%, acumulativos. Fuente: Anexo II del acuerdo UOCRA–CAMARCO–FAEC del 21 de septiembre de 2026.

CategoríaSeptiembre (por hora)Octubre (por hora)Noviembre (por hora)
Empalme
Oficial especializado$ 8.749$ 8.906$ 9.058
Oficial$ 7.137$ 7.266$ 7.389
Medio oficial$ 6.404$ 6.519$ 6.630
Ayudante$ 5.805$ 5.909$ 6.010
Líneas e instalación
Oficial especializado$ 8.510$ 8.663$ 8.811
Oficial$ 6.931$ 7.055$ 7.175
Medio oficial$ 6.142$ 6.253$ 6.359
Ayudante$ 5.628$ 5.730$ 5.827
Canalización
Oficial especializado$ 8.291$ 8.440$ 8.584
Oficial$ 6.775$ 6.897$ 7.014
Medio oficial$ 6.086$ 6.195$ 6.301
Ayudante$ 5.485$ 5.584$ 5.679
Adicional por zona (septiembre): zona B alrededor del 11% del jornal; zona C, de $ 4.477 a $ 4.934 por hora; zona C-Austral, 100% del jornal. Además: asistencia perfecta 20% por quincena y antigüedad 0,5% por año.
Lo que marca la diferencia en este convenio
Asistencia perfecta
+20%
Del básico, por quincena sin faltas.
Lluvia
4,5 horas
Pagas si no se trabaja por clima.
Día de la Construcción
22 de abril
No laborable y pago.
Ropa de trabajo
Cada 6 meses
La primera antes de los 7 días.
Delegados
44 horas
Mensuales para la actividad gremial.
Sin goce
20 días
Por año, pidiéndolo con 48 horas.
Preguntas frecuentes — Redes de acceso CCT 577/10
Ámbito, vigencia y personal comprendido
Ficha del convenio: CCT 577/10 — Redes de acceso (UOCRA)
¿Qué convenio rige en las obras de redes de telecomunicaciones?

El Convenio Colectivo de Trabajo 577/10, firmado por la Unión Obrera de la Construcción (UOCRA), la Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO), la Federación Argentina de Entidades de la Construcción (FAEC) y el Centro de Arquitectos, Ingenieros y Constructores. Es la continuación y reformulación del CCT 227/93 (arts. 1 y 2).

¿A qué obras se aplica?

A las obras de redes de acceso, distribución y transporte: armado, montaje, construcción, modificación, reparación, conservación o desmonte, incluidas canalizaciones subterráneas, tendido de líneas aéreas o subterráneas, empalmes, instalación de abonados y de torres y mástiles (art. 8).

¿Qué es una red de acceso, distribución y transporte?

La infraestructura física entre el abonado y el punto de presencia del operador para servicios como antena comunitaria, internet, datos, sonido, imagen o telefonía, por cable de cobre, coaxial, fibra óptica u otro medio (art. 4).

¿Rige en todo el país?

Sí. En esta rama reemplaza al CCT 76/75 de la construcción, salvo en los adicionales por zona, que siguen siendo los de ese convenio (arts. 3 y 9).

¿Qué régimen de contratación se aplica?

El de la Ley 22.250 de la industria de la construcción, cuando no esté determinada de otro modo la modalidad de contratación (arts. 5 y 25).

¿Este convenio convive con otros?

No: no es un convenio articulado. En su ámbito reemplaza cualquier norma de otro convenio, vigente o futuro, que se refiera a estas actividades o empresas (art. 7).

¿Por qué es construcción si la obra es de telecomunicaciones?

Porque las partes acordaron que armar, tender y mantener redes de acceso, distribución y transporte es parte esencial del objeto de las empresas constructoras, y queda dentro del artículo 1 de la Ley 22.250 (arts. 5 y 6).

¿Un despido por fin de obra es un despido colectivo?

No: la finalización de la obra, de una etapa o de la tarea encomendada no se considera suspensión o despido colectivo (art. 26).

Ramas y categorías
¿Qué ramas hay?

Tres agrupamientos: empalmes, líneas e instalación, y canalización. En cada uno hay cuatro categorías: oficial especializado, oficial, medio oficial y ayudante (art. 12).

¿Qué hace un oficial especializado de empalmes?

Todo tipo de empalmes, montaje y puesta a punto de equipos pasivos o activos sobre la red, vínculos entre centrales, reparaciones de alta complejidad y detección de averías, en planta interna o externa; confecciona los partes diarios (art. 12).

¿Y en líneas e instalación?

Tendido de conductores aéreos y subterráneos, fibra óptica y coaxiales, izaje de postes, riendas, puesta a tierra, gabinetes de distribución e instalación de abonados (art. 12).

¿Qué tareas son de canalización?

Excavaciones y cierres, armaduras, ensamble y prueba de cañerías, construcción de cámaras y hormigonado (art. 12).

¿Me pueden asignar tareas de otra categoría?

Sí, por polivalencia funcional, sin perjudicar tus condiciones. Si la tarea es de un nivel superior, se paga por el tiempo que la hagas; con 4 meses, continuos o alternados, la nueva categoría queda firme (art. 14).

¿Cómo se cubren las vacantes?

Antes de incorporar gente nueva, la empresa debe promover a su personal. Las vacantes superiores se cubren con los de la categoría inmediata inferior con más capacidad que aprueben las pruebas técnicas; a igualdad, cuenta la antigüedad (art. 15).

Salario y escala 2026
¿Cómo se paga el salario?

Por jornal básico horario según rama y categoría, más los adicionales por zona del CCT 76/75 (art. 9).

¿Cuánto se cobra la hora en septiembre de 2026?

En zona A, de $ 5.485 (ayudante de canalización) a $ 8.749 (oficial especializado de empalme) por hora, según el acuerdo UOCRA del 21 de septiembre de 2026.

¿Cómo siguen los salarios en octubre y noviembre?

Un 1,8% en octubre sobre los básicos de septiembre y un 1,7% en noviembre sobre los de octubre, acumulativos. El acuerdo rige hasta el 30 de noviembre de 2026 y las partes se reúnen el 20 de octubre para definir los aumentos desde diciembre.

¿Cuánto es el adicional por zona?

Según el anexo del acuerdo, en la zona B se suma alrededor de un 11% del jornal; en la zona C, un monto por hora que en septiembre de 2026 va de $ 4.477 a $ 4.934 según rama y categoría (proporcionalmente más alto en las categorías más bajas); y en la zona C-Austral, el 100% del jornal. Las zonas son las del CCT 76/75.

¿Qué es el adicional por asistencia perfecta?

Un 20% del salario básico si no faltaste y cumpliste todo el horario en la quincena. No lo pierden las vacaciones, las licencias especiales, los exámenes, las suspensiones por clima, los feriados, el Día de la Construcción, los accidentes de trabajo ni la donación de sangre, entre otras (art. 11).

¿Cómo se paga la antigüedad?

Un 0,5% del jornal básico por cada año con el mismo empleador. Si cumplís el año entre el 1 y el 15 del mes, se cobra con la primera quincena; entre el 16 y el 31, con la segunda (art. 13).

¿Qué cuenta como tiempo de servicio?

El tiempo trabajado desde el ingreso, el de una relación anterior si volvés con el mismo empleador, las licencias del convenio y las licencias por cargos gremiales electivos (art. 13).

¿Cuándo se paga la liquidación final?

Dentro de los plazos legales (art. 20).

¿Qué pasa si no se trabaja por lluvia?

Si no se empieza o se suspende por clima u otra causa, se pagan 4 horas y media de jornal básico. Si ya trabajaste más de 4 horas y media, se paga lo que falta hasta completar la jornada (art. 19).

¿Qué pasó con lo que ya cobraba por encima del convenio?

Los salarios del convenio absorben los pagos mayores que ya hacía la empresa, que pudo reordenar los conceptos del recibo una sola vez, dentro de 60 días y avisándote. El resultado total, remunerativo y no remunerativo, no podía bajar tu ingreso (art. 10).

¿Se puede pagar por productividad?

Sí, con parámetros objetivos acordados previamente por obra o empresa, siempre por encima de los mínimos del convenio (art. 27).

¿La empresa puede absorber los aumentos?

Puede compensar los aumentos voluntarios dados desde agosto de 2026, pero nunca puede bajar el ingreso total de septiembre de 2026 por una jornada normal (acuerdo del 21/09/2026).

Jornada
¿Cuál es la jornada de trabajo?

Hasta 44 horas semanales y 9 diarias. En jornada continua hay una pausa paga de 20 minutos. La jornada nocturna continua (21 a 6 horas) es de 7 horas (art. 17).

¿Tengo que quedarme si no llega el relevo?

En servicios esenciales, emergencias o requerimientos extraordinarios, sí, hasta que llegue el relevo; si hace falta, la empresa te lleva a tu casa (art. 17).

¿La pausa para comer se paga?

Depende de la jornada. En la continua, la pausa de 20 minutos es paga y forma parte de la jornada. En la discontinua, la pausa para comer o descansar no se paga (art. 17).

¿Me tienen que dar constancia si voy y no se trabaja?

Sí: cuando no se empieza o se suspende la tarea por clima u otra causa, la empresa debe darte constancia de que te presentaste en la obra (art. 19).

¿Qué pasa si me mudo?

Tenés que avisarle a la empresa y ella te da constancia. Al ingresar declarás tu domicilio en una ficha firmada, con un croquis, y si no avisás un cambio valen las comunicaciones enviadas al último domicilio que informaste (art. 16).

¿Cómo se controlan las horas?

La empresa debe tener un registro horario confiable. La jornada empieza cuando estás a disposición del empleador en el lugar y horario que indicó (art. 18).

¿Cuándo es el Día de la Construcción?

El 22 de abril: es no laborable y pago. Si se trabaja, se cobran las horas trabajadas más una jornada normal (art. 24).

Vacaciones y licencias
¿Cómo son las vacaciones?

Rige la Ley de Contrato de Trabajo. La fecha de inicio se avisa con al menos 15 días de anticipación (art. 21).

¿Qué pasa si no trabajé la mitad de los días hábiles del año?

Te corresponde un día de vacaciones cada 20 días trabajados con hasta 5 años de antigüedad, cada 15 con 5 a 10 años, cada 10 con 10 a 20 años y cada 8 con más de 20 (art. 21).

¿Cuántos días hay por casamiento?

10 días corridos (art. 22).

¿Y por nacimiento de un hijo?

3 días, con al menos uno hábil (art. 22).

¿Cuántos días hay por fallecimiento de un familiar?

3 días corridos (al menos 2 hábiles) por cónyuge o conviviente, hijos, padres o hermanos; 3 por suegros y 1 por abuelos. Si el entierro es a más de 200 km, se suma un día pago (art. 22).

¿Cuántos días hay para rendir exámenes?

2 días corridos por examen, con un máximo de 10 por año, en la enseñanza secundaria o universitaria oficial. Para cobrarlos presentás la constancia de que rendiste (art. 22).

¿Qué pasa si el entierro es lejos?

Si el familiar vivía en otro lugar y el entierro es a más de 200 km, tenés un día pago más, y además los días sin goce que necesites para ir y volver. Para cobrar el día extra presentás un certificado de la autoridad del lugar del sepelio (art. 22).

¿Cada cuánto puedo donar sangre con licencia?

La donación justifica 24 horas, o 36 si es por aféresis, sin perder sueldo ni premios. No se puede repetir antes de 90 días corridos (art. 22).

¿Qué otras licencias pagas hay?

Donación de sangre (24 horas; 36 por aféresis), citaciones judiciales o policiales, servicio como bombero voluntario, examen prenupcial y el día siguiente a votar si viajás entre 200 y 500 km (art. 22).

¿Puedo pedir días sin goce de sueldo?

Sí: hasta 20 días por año, pidiéndolo con 48 horas. No perdés el adicional por asistencia de los días trabajados de la quincena y cuenta para la antigüedad (art. 23).

¿Cobro si me enfermo?

Mientras dure la obra, cobrás 3 meses si tenés menos de 5 años de antigüedad y 6 si tenés más; con cargas de familia, 6 y 12 meses (art. 29).

Seguridad, ropa y herramientas
¿Me dan ropa de trabajo?

Sí: cada 6 meses, adecuada a la tarea y al clima, y la primera antes de los 7 días de ingresar. Se devuelve al terminar la relación (art. 37).

¿Quién pone las herramientas?

La empresa. Se devuelven al pañol al terminar el trabajo o quedan a cargo del trabajador en un lugar seguro; ante robo o pérdida hay que denunciarlo (art. 38).

¿Qué debe haber en la obra?

Agua potable, instalaciones sanitarias y de vestuario, medios de primeros auxilios y medidas contra incendios (arts. 34 a 36).

¿Una recaída de una enfermedad crónica cuenta como enfermedad nueva?

No, salvo que aparezca después de dos años. Mientras tanto, los períodos de licencia por la misma enfermedad se suman (art. 30).

¿Qué se hace si hay un accidente de trabajo?

Se hace un informe del accidente y sus circunstancias. La empresa debe tener siempre a mano los medios de primeros auxilios y prever cómo evacuar a heridos o enfermos (arts. 33 y 35).

¿Hay capacitación?

Sí: las partes procuran dar la capacitación específica que requiere cada función, tanto para hacer el trabajo como para prevenir accidentes y enfermedades (art. 40).

¿Qué obligaciones de seguridad tiene la empresa?

Cumplir las normas de seguridad, salud y medio ambiente, mantener el lugar de trabajo seguro, llevar el legajo técnico de obra y tener un sistema de gestión de riesgos que identifique y prevenga peligros (art. 28).

¿Me tienen que dar uniforme?

Si la empresa exige un uniforme especial, lo entrega ella (art. 37).

¿Puedo usar las herramientas fuera de la obra?

No: se usan solo en la obra y para su destino, y se devuelven al terminar la relación (art. 38).

¿Tengo que usar los elementos de protección?

Sí: el uso de los elementos de protección personal y colectiva que entrega la empresa es obligatorio (art. 28).

Representación gremial y aportes
¿Cuántos delegados corresponden?

Un delegado en cualquier empresa; un delegado y un subdelegado de 50 a 100 trabajadores; un delegado y dos subdelegados de 100 a 300; y una comisión interna de 2 delegados y 2 subdelegados con más de 300 (art. 43).

¿Cuántas horas tienen para la actividad gremial?

44 horas mensuales el delegado y 8 el subdelegado (art. 46).

¿Cuánto es la cuota sindical?

El 2,5% para los afiliados a UOCRA (art. 61).

¿Qué es el aporte solidario de 2026?

Un 2% mensual de los salarios de los no afiliados entre septiembre y noviembre de 2026. A los afiliados no se les retiene (acuerdo del 21/09/2026).

¿Hay seguro de vida?

Sí, un seguro de vida colectivo. El trabajador aporta el 2% del básico mensual del sereno de zona A del CCT 76/75 (art. 62).

¿Cómo se eligen los delegados?

Por simple mayoría de los trabajadores, afiliados o no, en elecciones que organiza UOCRA avisando al empleador con 15 días (art. 44).

¿Qué requisitos hay para ser delegado?

Estar afiliado a UOCRA, tener 18 años y al menos un año con el empleador o como afiliado. Si la empresa u obrador tiene menos de un año, no se exige antigüedad (art. 47).

¿Los delegados tienen estabilidad?

Sí, según la ley de asociaciones sindicales: no pueden ser suspendidos salvo que la medida alcance a todos los de su categoría, y al terminar su especialidad en la obra deben ser los últimos despedidos (art. 49).

¿Qué aporta la empresa a UOCRA en 2026?

Una contribución del 2% de las remuneraciones para acciones sociales, asistenciales y culturales, desde septiembre de 2026 (acuerdo del 21/09/2026).

¿Qué es la tarjeta Soy Constructor?

La credencial del Registro Laboral del IERIC, que reemplazó a la libreta del Fondo de Cese Laboral de la Ley 22.250 (art. 64).

¿Qué tiene que figurar en el recibo?

El número de inscripción del empleador en el IERIC y, si el recibo usa códigos, el nombre de cada rubro (art. 20).

¿Cómo se calcula lo que cobro estando enfermo?

Sobre lo que cobrabas al interrumpir el trabajo; los rubros variables, por el promedio de los últimos 3 meses. Hay que avisar la enfermedad como marca el art. 209 de la LCT (arts. 31 y 32).

¿Quién cobra el seguro de vida?

Quien designes. Si no designaste a nadie: el cónyuge o conviviente junto con los hijos menores de 18 o incapacitados; después los hijos mayores y luego los padres. Para el conviviente se piden 5 años de convivencia, o 2 si hay hijos en común (art. 62).

¿Cómo pide permiso el delegado para salir?

Completa un formulario con hora de salida, tiempo estimado y lugar, y su superior lo autoriza por escrito. Al volver se registra el tiempo real y el formulario se devuelve (art. 46).

¿Los delegados dejan de trabajar?

No: cumplen las tareas que se les asignan. La empresa les facilita su función y les permite hacer reuniones fuera del horario de trabajo (arts. 45 y 48).

¿Dónde se publica la información sindical?

En vitrinas o pizarrones en lugar visible de cada obra, de uso exclusivo de los delegados, y en carteleras de la empresa donde UOCRA fija sus comunicados. No se pueden poner carteles gremiales en otros lugares (arts. 39 y 50).

¿Qué es la Comisión de Conciliación Voluntaria?

Una comisión con tres representantes sindicales y tres empresarios, con sede en Buenos Aires y alcance nacional. Interviene en conflictos individuales, si ambas partes lo aceptan y ya se hizo el reclamo interno, y en conflictos colectivos (arts. 51 y 54).

¿Se puede resolver un conflicto por mediación o arbitraje?

Sí, si las partes lo aceptan. Se elige de una lista única de árbitros y mediadores; si la mediación no funciona, se designa un árbitro que resuelve (arts. 56 y 57).

¿Quién interpreta el convenio?

La Comisión Paritaria Nacional. En cada provincia hay una comisión paritaria de zona para resolver diferencias locales; lo que no se acuerda, o lo que requiere una interpretación general, pasa a la nacional (arts. 59 y 60).

¿Cómo reclamo si me perjudican?

Por escrito ante el área de personal, que debe responder en 10 días hábiles. Si no se resuelve, podés apelar ante la Comisión de Conciliación Voluntaria o ir a la vía administrativa o judicial (art. 58).

¿Qué datos debe tener el recibo de sueldo que emite la empresa?

Según el art. 140 de la LCT, el recibo debe indicar: datos y CUIT del empleador; nombre, CUIL y categoría del trabajador; fecha de ingreso y tarea; cada concepto remunerativo y cómo se determina; las deducciones; el total bruto y el neto; los datos del último depósito de aportes; y el lugar y la fecha del pago. Se emite por duplicado (art. 139) y la firma del trabajador acredita el pago.

¿Qué aportes debe retener y depositar la empresa cada mes?

Del sueldo bruto, la empresa retiene los aportes del trabajador (11% jubilación, 3% PAMI y 3% obra social), la cuota sindical si la persona está afiliada y los aportes convencionales que correspondan. Debe depositarlos junto con sus propias contribuciones mediante la declaración jurada mensual (F.931) ante ARCA. Retener y no depositar es una falta grave.

¿Cómo puede la empresa aplicar una sanción disciplinaria?

Toda sanción debe tener una justa causa, aplicarse en forma proporcional y notificarse por escrito. Las suspensiones deben tener plazo fijo (art. 218 de la LCT), y la suma de suspensiones por causas disciplinarias o económicas no puede superar los 30 días en un año, contados desde la primera (art. 220). El trabajador puede cuestionar la sanción dentro de los 30 días (art. 67).

¿Qué debe registrar la empresa al incorporar personal comprendido en el CCT 577/10?

Antes de que la persona empiece a trabajar, la empresa debe darla de alta ante ARCA (Simplificación Registral), asentarla en el libro especial del art. 52 de la LCT, encuadrarla en el CCT 577/10 con la categoría que corresponde a sus tareas reales, y tenerla cubierta por la ART (Ley 24.557) y por el seguro de vida obligatorio (Decreto 1567/74).

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