Mensajería y Cadetería en Moto — CCT N.° 722/15 (ASIMM)
| Convenio | CCT N.° 722/15 (actualización del histórico CCT 633/11), entre la Asociación Sindical de Motociclistas, Mensajeros y Servicios (ASIMM) y la Cámara de Empresas de Mensajería por Moto y Afines de la República Argentina (CEMMARA). |
| Sindicato | Asociación Sindical de Motociclistas, Mensajeros y Servicios (ASIMM) |
| Ámbito | Mensajeros y cadetes motorizados empleados en relación de dependencia por empresas tradicionales de mensajería y cadetería — distinto de los repartidores de aplicaciones/plataformas digitales, que se rigen por el marco de la reforma de plataformas digitales (ver nuestra cobertura de México sobre este tema, y el debate abierto en Argentina). |
A motociclistas mensajeros y cadetes que trabajan en relación de dependencia para empresas de mensajería y cadetería (no para plataformas digitales de reparto). Cubre condiciones específicas del oficio: uso y mantenimiento del vehículo propio o de la empresa, seguros, y adicionales por zona o cantidad de entregas.
Fuente: ASIMM (asimm.org.ar); Ministerio de Trabajo — registro de homologación del CCT 722/15.
Marco del Convenio y Ámbito
¿En qué se diferencia este convenio de las plataformas digitales de reparto (Rappi, PedidosYa)?
El CCT 722/15 aplica a mensajeros contratados en relación de dependencia clara por una empresa de mensajería tradicional. Los repartidores de aplicaciones tienen un vínculo distinto (todavía en debate legal en Argentina sobre si es relación de dependencia o trabajo independiente) — no están cubiertos por este convenio.
¿Qué reemplazó el CCT 722/15?
Es la actualización del histórico CCT 633/11, renegociado entre ASIMM y CEMMARA para reflejar las condiciones actuales de la actividad.
¿Qué tareas cubre un mensajero bajo este convenio?
Traslado de documentación, paquetería y encomiendas en moto entre distintos puntos de una ciudad, contratado directamente por una empresa de mensajería (no por una plataforma digital ni de forma autónoma/monotributista).
¿El mensajero usa su propia moto o la de la empresa?
Puede darse cualquiera de las dos modalidades según lo pactado — cuando el mensajero usa su vehículo propio, el convenio prevé condiciones específicas sobre uso, mantenimiento y compensación por el desgaste del vehículo.
Escala Salarial y Categorías
| Categoría / rama | Básico vigente (julio 2026) |
|---|---|
| Mensajero motociclista, rama Gestiones — categoría Avanzado | $1.119.118,17 |
| Motociclista de Sustancias Alimenticias (delivery), con moto | $1.113.147,19 |
| Básicos según escala ASIMM/CEMMARA (CCT 722/15), acuerdo trimestral jul-ago-sep 2026, publicado por rama de actividad (Gestiones, Comercio Electrónico, Sustancias Alimenticias) y por categoría (Inicial/Avanzado, con o sin moto propia, bicicleta). El básico no varía según el vehículo usado, sí los adicionales de amortización/mantenimiento. Los valores de agosto y septiembre de 2026 ya fueron publicados por ASIMM segmentados de la misma manera; se puede consultar el detalle completo por rama y categoría en asimm.org.ar. Fuente: Asociación Sindical de Motociclistas, Mensajeros y Servicios (ASIMM), escalas oficiales jul-ago-sep 2026. | |
¿Cómo se calcula el salario de un mensajero: por entrega o por jornada?
Depende de lo pactado por cada empresa dentro del marco del convenio — puede ser un básico por jornada/mes, con adicionales por cantidad de entregas o por zona, según el esquema de cada empleador.
¿Existe diferencia salarial entre mensajero con moto propia y con moto de la empresa?
Sí, es habitual que quien pone su propio vehículo tenga un adicional compensatorio (a veces llamado “adicional por uso de vehículo propio”) que reconoce el desgaste y combustible del rodado personal.
Beneficios y Adicionales
¿La empresa debe pagar el seguro de la moto del mensajero?
Cuando se usa vehículo propio del trabajador para la actividad laboral, suele pactarse una compensación relacionada con el seguro y mantenimiento — confirmá el esquema exacto con ASIMM, ya que puede variar según el acuerdo específico de cada empresa.
¿Existe adicional por zona de reparto (por ejemplo, zonas más alejadas o de mayor riesgo)?
Puede corresponder un adicional por zona según la distancia o las condiciones de tránsito/seguridad de cada área de reparto — esto depende de la política específica de cada empresa de mensajería dentro del marco del convenio.
Jornada, Turnos y Salud Laboral
¿Qué elementos de seguridad vial son obligatorios para un mensajero?
Casco homologado, elementos de alta visibilidad, y en general el cumplimiento de toda la normativa de tránsito vigente para motovehículos — la empresa debe garantizar que el mensajero cuente con estos elementos.
¿Qué cobertura corresponde ante un accidente de tránsito en jornada de trabajo?
Al ser un accidente “in itinere” o durante la jornada de trabajo, corresponde la cobertura de la ART de la empresa — es importante que la relación esté correctamente registrada para que esta cobertura sea efectiva.
¿Existen límites a la cantidad de horas de manejo continuo para un mensajero?
Como en cualquier actividad de conducción profesional, existen límites de jornada y descanso que buscan prevenir la fatiga al volante (o al manubrio, en este caso) — el convenio y la normativa de tránsito general aplican en conjunto.
Representación Sindical y Delegados
¿Qué sindicato representa a los mensajeros en moto?
La Asociación Sindical de Motociclistas, Mensajeros y Servicios (ASIMM), con personería gremial N.° 1804 otorgada por el Ministerio de Trabajo.
¿Qué es CEMMARA?
La Cámara de Empresas de Mensajería por Moto y Afines de la República Argentina — la entidad empresaria que representa a las empresas del sector y firma el convenio junto a ASIMM.
Jornada, Licencias e Indemnización (Régimen General LCT)
Salvo que el convenio prevea condiciones distintas o superiores. Verificá siempre el texto vigente para tu caso puntual.
¿Qué jornada laboral rige si el convenio no dice algo distinto?
La de la LCT: máximo 8 horas diarias o 48 semanales. El convenio puede establecer una jornada distinta (por turnos, rotativa, etc.) — siempre hay que revisar el texto vigente para el caso puntual.
¿Cuántos días de vacaciones corresponden?
La escala general de la LCT (art. 150): hasta 5 años de antigüedad, 14 días corridos; de 5 a 10 años, 21 días; de 10 a 20 años, 28 días; más de 20 años, 35 días. Se otorgan preferentemente entre el 1° de octubre y el 30 de abril.
¿Cuántos días de licencia por enfermedad inculpable tengo?
Por LCT (art. 208): 3 meses al año si la antigüedad es menor a 5 años, y 6 meses si es mayor — duplicado en ambos casos si tenés carga de familia. El convenio puede mejorar (nunca empeorar) este piso.
¿Qué licencias especiales pagas existen por LCT?
¿Cómo se calcula la indemnización por despido sin causa?
Por LCT (art. 245): un mes de sueldo por cada año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses, sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año. Existen topes vinculados al convenio aplicable que conviene verificar puntualmente.
¿Cuánto preaviso corresponde si me despiden?
Según el art. 231 de la LCT (texto de la Ley 27.802, vigente desde el 6 de marzo de 2026), el empleador otorga preaviso de 1 mes cuando la antigüedad no supera los 5 años y de 2 meses cuando la supera, y el preaviso rige desde que finaliza el período de prueba. Quien trabaja preavisa con 15 días de anticipación. Si el empleador no otorga el preaviso corresponde la indemnización sustitutiva (art. 232). Cuando el convenio colectivo fija plazos mayores, rigen esos plazos.
¿Hay período de prueba?
Sí. El período de prueba es de 6 meses (art. 92 bis LCT, texto de la Ley 27.742). Durante ese lapso cualquiera de las partes puede extinguir el contrato sin expresión de causa y sin derecho a indemnización, y desde que finaliza rige el preaviso (art. 231, texto de la Ley 27.802). Los convenios colectivos pueden extenderlo hasta 8 meses en empresas de 6 a 100 trabajadores y hasta 12 meses en empresas de hasta 5 trabajadores. Quien trabaja en período de prueba cuenta con todos los demás derechos laborales: remuneración de la categoría, obra social, ART y aportes.
¿Tengo cobertura de ART?
Sí, es obligatoria para todo trabajador registrado conforme la Ley 24.557 — cubre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, con prestaciones médicas y dinerarias a cargo de la aseguradora contratada por el empleador.
Aguinaldo, Asignaciones Familiares y Registración
Régimen general aplicable a cualquier convenio, salvo mejora específica. Verificá siempre el texto vigente para tu caso puntual.
¿Cómo se calcula el aguinaldo (SAC)?
Por LCT (art. 121-123): 50% de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del semestre, pagadero en dos cuotas: 30 de junio y 18 de diciembre. Si no trabajaste el semestre completo, se paga proporcional al tiempo trabajado.
¿Qué asignaciones familiares me corresponden además del sueldo?
Las que fija el régimen general de ANSES, independientemente del convenio: asignación por hijo, por hijo con discapacidad, prenatal, ayuda escolar anual, y maternidad — según tu nivel de ingresos y la composición de tu grupo familiar. Se gestionan directamente con ANSES, no a través del convenio.
¿Qué pasa si trabajo para más de un empleador del mismo sector?
Cada empleador es responsable de forma independiente por los aportes, contribuciones y el cumplimiento de la normativa respecto de las horas que te contrata a vos — no hay ‘descuento’ entre empleadores por las horas que trabajás en otro lado.
¿Qué significa estar ‘mal registrado’ y por qué importa?
Implica que tu empleador te declara con una categoría inferior a la real, menos horas de las que realmente trabajás, o un salario menor al que efectivamente percibís. Además de ser un fraude laboral, te perjudica directamente: tus aportes jubilatorios, tu aguinaldo, tus vacaciones y una eventual indemnización se calculan sobre lo que está registrado, no sobre lo que realmente cobrás.
¿Qué puedo hacer si detecto que estoy mal registrado?
Podés intimar fehacientemente a tu empleador (por telegrama o carta documento) para que corrija la registración, y eventualmente iniciar un reclamo ante el Ministerio de Trabajo o la Justicia Laboral. Te recomendamos asesorarte con un profesional antes de iniciar cualquier reclamo formal, porque hay plazos y formalidades que pueden afectar los derechos de las partes si no se cumplen correctamente.
¿Qué significa la sigla CEMMARA y quién la integra?
CEMMARA es la Cámara de Empresas de Mensajería por Moto y Afines de la República Argentina, la entidad empresaria que representa del lado patronal a las empresas del sector y que, junto con ASIMM, firmó el CCT 722/15. Es la contraparte formal del sindicato en la negociación de escalas salariales y condiciones de trabajo del sector.
¿Cuáles son las categorías específicas que reconoce este convenio?
El convenio distingue, entre otras, cuatro categorías principales: mensajero motociclista con moto propia, mensajero motociclista sin moto propia (usa un vehículo provisto por la empresa), mensajero ciclista, y repartidor domiciliario de sustancias alimenticias y comercio electrónico. Cada una tiene su propio esquema salarial y de compensaciones, porque las condiciones de trabajo (uso de vehículo propio o no, tipo de vehículo) son objetivamente distintas.
¿El convenio cubre también a los mensajeros en bicicleta, no solo en moto?
Sí. El ámbito de aplicación del CCT 722/15 incluye a quienes prestan tareas de mensajería utilizando motocicletas, triciclos, ciclomotores, cuatriciclos, bicicletas o cualquier vehículo de dos ruedas, para el reparto y retiro de alimentos y paquetes de pequeño y mediano porte en menos de 24 horas. La categoría de “mensajero ciclista” está expresamente contemplada, con su propio esquema salarial.
¿Qué es la compensación por mantenimiento de vehículo y quién la cobra?
El convenio prevé que el empleador abone al mensajero que usa su propio vehículo una compensación mensual no remunerativa en concepto de mantenimiento (desgaste, service, reparaciones menores). Esta compensación es distinta del salario básico y no está sujeta a los mismos aportes y descuentos que un concepto remunerativo — pero eso no significa que sea opcional para el empleador: es un derecho específico de quien pone su propio vehículo a disposición del trabajo.
¿Qué son los viáticos no remunerativos que prevé el convenio para quien no tiene moto propia?
Para el mensajero motociclista sin moto propia (que usa un vehículo de la empresa), el convenio prevé un régimen de viáticos no remunerativos que reconoce el traslado constante a distancias cortas y medianas propio de la actividad. Es un concepto distinto de la compensación por mantenimiento de vehículo (que aplica cuando el trabajador usa su propio rodado) — cada categoría tiene su propio esquema de compensaciones según si el vehículo es propio o de la empresa.
¿Qué incluyen los gastos de locomoción que debe cubrir la empresa?
Cuando corresponde una compensación por gastos de locomoción, esta puede incluir combustible, lubricantes, cubiertas y otros gastos de mantenimiento y reparación del vehículo utilizado para el trabajo. Los montos concretos de estas compensaciones se fijan en las escalas salariales anexas al convenio, que se actualizan periódicamente por acuerdo entre ASIMM y CEMMARA.
¿ASIMM tiene personería gremial reconocida?
Sí, ASIMM (Asociación Sindical de Motociclistas, Mensajeros y Servicios) cuenta con Personería Gremial N° 1804 y está adherida a la Confederación General del Trabajo (CGT) de la República Argentina. Es un sindicato de primer grado con representación formal reconocida para negociar en nombre de los trabajadores del sector.
¿Cómo funciona la promoción entre categorías, por ejemplo de mensajero ciclista a motociclista?
El convenio prevé cursos de capacitación como requisito para el ascenso entre categorías, dictados por el propio sindicato y/o la cámara empresaria. No es una promoción automática por antigüedad: hay que completar la capacitación correspondiente para acceder formalmente a una categoría superior con su escala salarial propia.
¿Qué pasa si mi moto se rompe y no puedo trabajar hasta repararla?
Si trabajás con moto propia y esta se rompe, la situación depende de cómo esté pactada tu relación laboral: si sos empleado en relación de dependencia (no un servicio independiente), la imposibilidad temporal de usar tu vehículo no debería significar automáticamente la pérdida de tu salario, salvo que el convenio o tu contrato prevean algo distinto — conviene aclarar esta situación con tu empleador y, si hace falta, con ASIMM.
¿Qué diferencia legal hay entre un mensajero en relación de dependencia y un repartidor de una app de delivery?
El CCT 722/15 regula específicamente a los trabajadores en relación de dependencia de empresas de mensajería tradicionales. Las plataformas digitales de reparto (aplicaciones de delivery) suelen presentar su vínculo con los repartidores como el de un trabajador independiente o “colaborador autónomo”, no como relación de dependencia — un modelo jurídico distinto y en discusión en varios países, incluida Argentina, sobre si corresponde o no encuadrarlo como empleo dependiente. Si trabajás para una empresa de mensajería tradicional con las notas típicas de dependencia (horario, indicaciones, exclusividad), te corresponde este convenio, más allá de cómo se llame la plataforma o app que usés para recibir los pedidos.
¿Qué pasa si un cliente o comercio me exige entregar en menos tiempo del razonable, arriesgando mi seguridad?
Ninguna exigencia comercial de tiempo de entrega puede justificar que se te obligue a manejar de forma insegura (exceso de velocidad, incumplimiento de normas de tránsito). El empleador tiene la obligación de organizar el trabajo de forma que sea compatible con la seguridad vial — si sentís presión sistemática para arriesgar tu integridad por cumplir tiempos de entrega, es un tema para plantear formalmente ante tu empleador y, si no se resuelve, ante ASIMM.
¿Tengo que usar casco y otros elementos de seguridad aunque la empresa no me los provea?
El uso de casco es una obligación legal de tránsito, independiente de que la empresa lo provea o no. Pero eso no exime al empleador de su responsabilidad: los elementos de seguridad vial específicos para el trabajo (casco reglamentario, chaleco reflectante, elementos de protección) deben ser provistos por el empleador como parte de sus obligaciones de seguridad e higiene laboral — no es un gasto que debas afrontar de tu bolsillo para poder trabajar.
¿Qué pasa si tengo un accidente de tránsito yendo de mi casa al primer punto de trabajo (in itinere)?
Los accidentes “in itinere” (en el trayecto entre tu domicilio y el lugar de trabajo, o viceversa) están cubiertos por el régimen de la Ley de Riesgos del Trabajo (ART) igual que un accidente ocurrido durante la jornada laboral en sí. Para un mensajero, cuya actividad es predominantemente vial, es especialmente importante entender esta cobertura y comunicar cualquier siniestro de este tipo a la ART correspondiente.
¿Qué pasa si la empresa me pide usar mi celular personal para recibir los pedidos sin compensación?
Si tu trabajo depende de una herramienta específica (un celular con determinada aplicación, plan de datos) y usás tu equipo personal para cumplir esa función, es razonable que corresponda algún reconocimiento del desgaste y el costo de conectividad que eso implica, de forma análoga a la compensación por uso de vehículo propio. Es un punto a plantear con tu empleador y con el sindicato si no está contemplado en tu contratación.
¿Qué pasa si me roban la moto o el paquete durante el trabajo?
Un robo durante la jornada laboral es una contingencia que en principio no debería trasladarse como responsabilidad económica al trabajador, salvo negligencia grave demostrada de su parte. Si te roban un paquete en tránsito, la pérdida es en principio un riesgo del negocio del empleador (o de su seguro), no algo que deba descontarse de tu salario. Documentá cualquier hecho de este tipo con una denuncia policial y avisá inmediatamente a tu empleador.
¿Existe un límite de peso o volumen para los paquetes que puedo estar obligado a transportar?
El convenio encuadra la actividad como reparto de paquetes de pequeño y mediano porte — no está pensado para el transporte de cargas pesadas o de gran volumen, que exceden las condiciones seguras de traslado en moto, bicicleta o vehículos similares. Si te exigen trasladar bultos que claramente exceden lo razonable para tu vehículo, es un punto de seguridad laboral a plantear.
¿Qué pasa si llueve o hay condiciones climáticas peligrosas y la empresa insiste en que siga repartiendo?
Aunque no existe una regla única y automática de “no trabajar con lluvia”, el empleador tiene la obligación general de no exponer a sus trabajadores a riesgos evitables. En condiciones climáticas extremas que comprometan objetivamente la seguridad vial (tormentas severas, granizo, inundación de calles), es razonable plantear la suspensión temporal del reparto — documentá cualquier situación de presión indebida para trabajar en condiciones de riesgo evidente.
¿Cómo se calcula mi pago si trabajo por objetivo de entregas más un básico fijo?
Es habitual que el esquema de pago combine un básico fijo garantizado (según tu categoría) con algún componente variable atado a la cantidad de entregas realizadas. Lo importante es que el componente fijo nunca puede estar por debajo del básico de convenio para tu categoría, sin importar cuántas entregas hayas hecho ese mes — el variable se suma como incentivo, no reemplaza el piso garantizado.
¿Qué pasa si trabajo para más de una empresa de mensajería en distintos horarios?
No hay impedimento legal para tener más de un empleador en el sector, siempre que puedas cumplir con los horarios de cada uno sin superposición. Cada empresa debe registrarte y pagarte de forma independiente según las horas y entregas que efectivamente realices para ella.
¿Qué pasa si mi moto necesita una VTV (verificación técnica vehicular) y la empresa no me da tiempo para hacerla?
Mantener la documentación y habilitaciones del vehículo al día (VTV, seguro, patente) es, en general, responsabilidad de quien es titular del vehículo — pero si trabajás con moto propia para la empresa, es razonable esperar que se coordine el tiempo necesario para estos trámites sin que eso implique una pérdida injustificada de ingresos, dado que es un requisito para poder seguir prestando el servicio que la empresa necesita.
¿Qué pasa si me exigen entregar en zonas de riesgo sin ningún resguardo adicional?
Si tu trabajo te expone regularmente a zonas de mayor riesgo de inseguridad, es razonable esperar que el empleador implemente medidas razonables de resguardo (horarios ajustados, comunicación constante, protocolos de emergencia) — no es una situación que el trabajador deba afrontar completamente por su cuenta. Documentá y planteá formalmente cualquier situación de riesgo reiterado en zonas específicas.
¿La antigüedad genera algún adicional específico en este convenio?
Como en la mayoría de los convenios colectivos argentinos, es habitual que exista un adicional por antigüedad que se suma al básico de tu categoría, calculado como un porcentaje por año de servicio. Confirmá en la escala salarial vigente de ASIMM el porcentaje exacto aplicable y verificá que se refleje correctamente en tu recibo de sueldo a medida que sumás años de antigüedad.
¿Qué pasa si cambio de categoría (por ejemplo, de ciclista a motociclista) durante el año?
Un cambio de categoría implica pasar a la escala salarial correspondiente a la nueva categoría desde el momento en que efectivamente empezás a desempeñarla (por ejemplo, al completar la capacitación requerida para el ascenso) — no se aplica retroactivamente a período anterior, pero tampoco debería demorarse injustificadamente una vez que ya cumplís los requisitos para la nueva categoría.
¿Dónde puedo consultar el texto completo y la escala salarial actualizada del CCT 722/15?
El texto del convenio y las escalas salariales actualizadas periódicamente están disponibles en el sitio oficial de ASIMM (asimm.org.ar), así como las resoluciones de homologación en el Boletín Oficial de la República Argentina — por ejemplo, la Resolución MTEySS N° 780/2022 homologó una de las actualizaciones salariales de este convenio. Dado que estos valores se actualizan con cierta frecuencia, conviene siempre confirmar la vigencia antes de dar por válido cualquier monto concreto.
