Convenio Colectivo de Viajantes de Comercio (Ley 14.546 y CCT 308/75) — Guía completa 2026

CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO

Viajantes de Comercio

FUVA (Federación Única de Viajantes de la República Argentina) y AVVA (Asociación Viajantes Vendedores de la Argentina de Industria, Comercio y Servicios) · Ley 14.546 y CCT 308/75

Vendedores externos, viajantes exclusivos o no exclusivos, corredores y representantes de comercio, industria o servicios · Todo el país

Particularidades del Trabajo en Viajantes de Comercio

¿Qué es exactamente un “viajante de comercio” según la Ley 14.546 y el CCT 308/75?
Quien, de forma habitual y personal, en representación de uno o más comerciantes o industriales, concierta negocios vendiendo bienes o servicios a cambio de una remuneración, sea o no exclusivo. También se considera viajante a quien vende de forma domiciliaria o directa al consumidor si está obligado a cumplir instrucciones sobre precios y venta, sin importar cómo la empresa haya calificado privadamente el vínculo.
¿Cuál es la diferencia entre un viajante “exclusivo” y uno “no exclusivo”?
El exclusivo trabaja para un solo empleador con garantía mínima mensual más alta; el no exclusivo puede concertar para varios comerciantes (salvo pacto en contrario) con garantías menores de cada uno. Desde 2010, si el “no exclusivo” en los hechos trabaja para un solo empleador, tiene derecho a la garantía mínima completa de exclusivo.
¿Qué es la “zona protegida” y por qué es central en la actividad del viajante?
Derecho a cobrar comisión por toda venta que se concrete con un cliente de su zona o cartera, aunque se cierre sin su intervención directa (“comisión indirecta”), con tasa igual a la comisión directa — reconoce que el activo real del viajante es la cartera de clientes construida con su trabajo.
¿Cómo se calcula la comisión y qué prohíbe expresamente la Ley 14.546?
Puede fijarse a sueldo, a comisión sobre el precio de venta, o combinada, pero la ley prohíbe pactar comisiones por bulto, unidad o kilogramo si no son proporcionales al precio, evitando comisiones fijas que no reflejen aumentos de precio.
¿El empleador puede exigirle al viajante tareas ajenas a la venta, como armar un stand en un punto de venta?
No. El convenio prohíbe obligarlo a labores manuales ajenas a la venta (instalar stands, afiches, degustaciones, sorteos). Sus tareas se acotan a elevar notas de venta/pedido, partes de clientes cuando el contrato lo exige, y rendir cobranzas con copia conformada.
¿Qué gastos de viaje y de vehículo debe reconocer el empleador?
Los reintegros de movilidad/hospedaje/comida acreditados no integran la remuneración; si hay reintegros habituales sin comprobante por auto propio, la empresa adelanta una suma mínima entre el 1° y 4° día hábil de cada mes. Si el viajante pone su vehículo, la empresa cubre el 20% de la prima del seguro de responsabilidad civil/incendio/robo.
¿Qué riesgos cubre el seguro de vida obligatorio de los viajantes y por qué es distinto al de un empleado común?
Seguro colectivo de vida y sepelio sin límite de edad, que cubre muerte o incapacidad total por cualquier causa dentro o fuera del trabajo y del país, por 15 mínimos garantizados — amplitud que reconoce la mayor exposición a siniestros de tránsito de quien viaja constantemente.
¿Qué pasa con el muestrario y los valores que el viajante traslada por trabajo?
El empleador debe contratar seguro que cubra robo, incendio o pérdida del muestrario, y si el viajante hace cobranza, también seguro de pérdida o sustracción de esos valores; en ambos casos se admite el autoseguro.
¿Qué período mínimo de descanso semanal reconoce la Ley 14.546 al viajante que efectivamente viaja?
Descanso proporcional de un día y medio por cada semana de viaje, reconociendo que su trabajo en ruta no se ajusta al descanso semanal ordinario de quien trabaja en un local fijo.
¿Qué es el “Día del Viajante” y cuándo se celebra?
El 1° de octubre de cada año, con las mismas condiciones de un feriado nacional obligatorio para todos los efectos.

Registro, Aportes y Otras Dudas

¿Qué sindicatos firman el CCT 308/75 y qué cámaras empresarias lo suscriben?
FUVA (Federación Única de Viajantes de la Argentina) y AVVA (Asociación Viajantes Vendedores de la Argentina). Por las empresas, la Cámara Argentina de Comercio, la Confederación del Comercio y cámaras sectoriales adherentes, excluyendo viajantes de industria jabonera (CCT 22/98) y perfumista (CCT 295/97), con convenio propio.
¿Cómo se calcula la “indemnización por clientela” y en qué se diferencia de la indemnización común por despido?
Tras un año de vigencia, todo viajante tiene derecho, cualquiera sea la causa de disolución, a una indemnización equivalente al 25% de lo que le hubiera correspondido por despido injustificado, calculada sobre el total de la indemnización por antigüedad, incluso en períodos en que se desempeñó como empleado u obrero de la misma empresa.
¿Qué pasa si un viajante cobra solo sueldo fijo y sospecha que debería ganar más por comisión?
Puede exigir la “conversión” de la Ley 14.546: comparar su remuneración fija de los primeros 6 o 12 meses contra el total de ventas de su zona en ese período, para verificar si su sueldo fijo estuvo en línea con lo que le habría correspondido por comisión.
¿Qué aportes sindicales retiene el empleador a los viajantes?
Además de la cuota sindical a FUVA o AVVA, un 2% para el Fondo de Investigación y Perfeccionamiento Gremial y Profesional, y un 2% adicional (1% empleador, 1% trabajador) para el seguro de vida colectivo y sepelio.
¿Qué pasa con las vacaciones cuando el viajante cobra comisiones variables?
La retribución vacacional se calcula sobre el promedio mensual de los últimos 12 meses (o 6, a opción del trabajador), dividido por 25 y multiplicado por los días que correspondan, incluyendo las comisiones indirectas devengadas en ese lapso.
¿Qué licencias especiales por examen tienen los viajantes que estudian?
15 días corridos por año para estudiantes universitarios (7 años de plazo para completar la carrera) y 10 días para estudios secundarios o técnicos, con aviso de 15 días y certificación de la institución.
¿Qué pasa si el viajante debe atender a un familiar enfermo?
El empleador debe otorgar sin goce de sueldo hasta 30 días por año para atender cónyuge, padre o hijos convivientes o a cargo exclusivo que estén enfermos, documentado con certificado médico.
¿Cuántos delegados gremiales corresponden a los viajantes de una empresa?
Escala del Decreto 1045/74: un delegado de 5 a 15 viajantes, dos de 16 a 40, tres de 41 a 70, y uno más por cada 50 adicionales desde 71.
¿A qué autoridad se recurre para interpretar dudas sobre el convenio de viajantes?
La Comisión Paritaria Nacional de Viajantes, con seis representantes de cada sector y presidida por un funcionario del Ministerio de Trabajo, único organismo de interpretación del CCT 308/75 en todo el país.
¿Qué obra social tienen los viajantes de comercio y cómo se financia?
Los aportes de asistencia médica se depositan en cuentas indicadas conjuntamente por FUVA y AVVA, bajo el régimen general de obras sociales, quedando la cobertura de salud bajo la órbita de las mismas entidades sindicales.
Convenio/RégimenEstatuto del Viajante de Comercio (Ley 14.546, 1958) y Convenio Colectivo de Trabajo N° 308/75
SindicatoFederación Única de Viajantes de la República Argentina (FUVA) y Asociación Viajantes Vendedores de la Argentina de Industria, Comercio y Servicios (AVVA)
Cámaras empresariasCámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), Confederación General de Comercio y Servicios de la República Argentina y Unión de Entidades Comerciales Argentinas
Escala vigenteAcuerdo paritario septiembre 2026–agosto 2027 (FUVA/AVVA con CAC, CAME, UDECA y CGERA) — garantía mínima mensual de octubre 2026: $981.648,98
Última actualización de esta página7 de octubre de 2026

Escala salarial

El régimen de viajantes de comercio no está organizado en categorías salariales fijas como otros convenios: la remuneración se basa principalmente en comisiones sobre las ventas concertadas, y el CCT 308/75 establece una garantía mínima mensual que el empleador debe abonar cuando las comisiones no alcanzan ese piso, más una suma fija remunerativa y un reintegro de gastos de movilidad.

MesGarantía mínima mensualSuma fija remunerativa (Art. 23)Viáticos y movilidad (no remunerativo, Art. 24)
Septiembre 2026$966.189,95$90.210,89$60.557,64
Octubre 2026$981.648,98$91.654,26$61.526,56
Noviembre 2026$997.355,37$93.120,73$62.510,99
Diciembre 2026$1.013.313,05$94.610,66$63.511,16
Enero 2027$1.029.526,06$96.124,43$64.527,34
Febrero 2027$1.045.998,48$97.662,42$65.559,78
Marzo 2027$1.062.734,46$99.225,02$66.608,73

Acuerdo paritario 2026–2027 entre FUVA y AVVA y las cámaras del comercio (CAC, CAME, UDECA y CGERA): vigencia del 1 de septiembre de 2026 al 31 de agosto de 2027, con actualización mensual de los tres conceptos y revisión pactada para marzo de 2027. El mes vigente (octubre) va en negrita. Adicional por antigüedad: 1% por cada año de servicio hasta los 25 años, y 1,5% por año a partir del año 25. Seguro de vida y sepelio a cargo del empleador. Fuentes: CAC, iProfesional y escala publicada por FUVA, verificadas el 7/10/2026.

Preguntas frecuentes

Ficha del convenio: Convenio Colectivo de Viajantes de Comercio (Ley 14.546 y CCT 308/75) — Guía completa 2026
¿Qué diferencia hay entre un viajante de comercio y un vendedor interno?

El viajante de comercio, regulado por la Ley 14.546, es quien concierta negocios en representación de uno o más comerciantes o industriales actuando habitualmente fuera del establecimiento del empleador. A diferencia de un vendedor interno, su remuneración se estructura principalmente sobre comisiones, y el régimen le reconoce derechos específicos como el descanso post-gira, el reintegro de gastos de movilidad y la indemnización por clientela.

¿Cómo se calcula la comisión de un viajante de comercio?

La comisión se calcula como un porcentaje sobre el importe neto de las ventas efectivamente concertadas, y se devenga por la concertación de la operación y no por su cobro efectivo. Las comisiones indirectas se liquidan con la misma tasa que las directas.

¿Qué es la garantía mínima mensual y cómo se aplica en 2026?

Es el piso remunerativo que el CCT 308/75 asegura cuando las comisiones no alcanzan ese monto; el empleador debe completar la diferencia. Con el acuerdo 2026–2027 asciende a $966.189,95 en septiembre y $981.648,98 en octubre de 2026, y sigue subiendo todos los meses hasta $1.062.734,46 en marzo de 2027.

¿Los viáticos y gastos de movilidad son parte del sueldo (remunerativos)?

No. El Artículo 24 establece un reintegro no remunerativo de gastos de movilidad, hospedaje y comida acreditados con comprobantes. En octubre de 2026 asciende a $61.526,56, y no debe confundirse con la suma fija remunerativa del Artículo 23.

¿Qué pasa si el viajante usa su propio vehículo para trabajar?

El régimen prevé que el empleador se haga cargo de una parte del costo del seguro automotor, del orden del 20% de la prima. Se recomienda dejar este punto expresamente pactado por escrito.

¿Qué es la indemnización por clientela y quién tiene derecho a cobrarla?

Reconoce el valor de la cartera de clientes construida por el viajante. Corresponde a quien tenga al menos un año de antigüedad, equivale al 25% de la indemnización por despido sin causa, y se debe independientemente de la causa de desvinculación, incluida la renuncia.

¿Cuántos días de descanso le corresponden a un viajante después de una gira?

Un día y medio de descanso por cada semana de viaje realizada, independiente y adicional a las licencias y vacaciones del régimen general de la LCT.

¿Qué documentación debe llevar el empleador sobre el viajante?

La Ley 14.546 exige un libro especial registrado con el nombre del viajante, remuneración pactada, zona asignada y comisiones devengadas. Si el empleador no lo lleva correctamente, se presume cierta la declaración jurada del viajante sobre sus remuneraciones.

¿El adicional por antigüedad se aplica sobre la comisión o sobre la garantía mínima?

Se calcula como un porcentaje sobre la remuneración pactada: 1% por año hasta los 25 años, y 1,5% por año a partir de entonces. Conviene verificar que se aplique correctamente en cada liquidación mensual.

¿Qué sindicato representa a los viajantes de comercio y qué cámaras negocian el convenio?

FUVA y AVVA representan al sector; del lado empresario negocian la CAC, CAME, la Confederación General de Comercio y Servicios y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas.

Licencias, vacaciones y aguinaldo
¿Cuántos días de vacaciones corresponden a un viajante de comercio?
Los mismos mínimos de la LCT según antigüedad: 14 días corridos (hasta 5 años), 21 días (5 a 10 años), 28 días (10 a 20 años) y 35 días (más de 20 años).
¿Cómo se calcula el aguinaldo (SAC) de un viajante que cobra por comisión?
Es el 50% de la mejor remuneración mensual, normal y habitual, del semestre; en el caso de viajantes, esa base incluye tanto la garantía mínima como las comisiones efectivamente devengadas en el período.
¿Tengo licencia paga si me enfermo?
Sí, según los plazos del art. 208 LCT: 3 o 6 meses pagos según antigüedad y cargas de familia, calculados sobre el promedio de tus ingresos habituales (garantía más comisiones).
¿Qué licencia corresponde por maternidad o paternidad?
Los mínimos legales vigentes: 90 días corridos para la persona gestante (art. 177 LCT) y los días de licencia por paternidad que correspondan a la fecha del nacimiento.
Zona, cartera de clientes y exclusividad
¿La empresa puede quitarme clientes de mi cartera sin compensación?
No de forma arbitraria: la cartera de clientes construida por el viajante es un elemento central de su remuneración (vía comisiones), y su reducción injustificada puede considerarse una alteración perjudicial de las condiciones de trabajo (art. 66 LCT).
¿Puede la empresa cambiarme de zona sin mi acuerdo?
Un cambio de zona que implique una reducción sustancial de tus ingresos por comisiones o un perjuicio relevante en tus condiciones de trabajo requiere tu consentimiento; de lo contrario puede ser cuestionado como ejercicio abusivo del ius variandi.
¿Puedo trabajar para más de una empresa a la vez como viajante?
Depende de lo pactado: si tenés un pacto de exclusividad, no podés representar a otras firmas sin autorización; si no hay exclusividad pactada, en principio podés trabajar para varias empresas siempre que no compitan entre sí ni haya conflicto de intereses.
¿Qué pasa si un cliente de mi zona compra directamente a la empresa sin mi intervención?
Según el régimen del viajante de comercio (Ley 14.546), en general corresponde igual el pago de la comisión sobre las operaciones concretadas en la zona o con los clientes asignados, salvo pacto en contrario válido.
Remuneración, gastos y jornada
¿Los gastos de representación (comidas, atenciones a clientes) los paga la empresa?
Sí, cuando son necesarios para la actividad y están debidamente rendidos, los gastos de representación no remunerativos deben ser reintegrados por el empleador, distintos de la remuneración propiamente dicha.
¿Cómo se controla la jornada de un viajante que trabaja fuera de la oficina?
Por la naturaleza de la tarea (trabajo fuera del establecimiento, sin control directo y permanente del empleador), el viajante de comercio suele quedar comprendido en las excepciones de control horario estricto que prevé la LCT para este tipo de tareas, sin perjuicio del derecho a los descansos mínimos.
¿Qué pasa si la empresa no me paga la comisión en tiempo y forma?
Podés reclamar la comisión devengada con los intereses correspondientes; la falta de pago reiterada de comisiones puede además configurar una injuria que habilite al viajante a considerarse despedido (despido indirecto) con derecho a las indemnizaciones correspondientes.
¿Las plataformas CRM o de gestión de ventas cambian mis derechos como viajante?
No cambian el encuadre legal: el uso de herramientas digitales de gestión comercial es una cuestión organizativa de la empresa, pero los derechos del viajante (comisión, garantía mínima, indemnización por clientela) siguen rigiéndose por la Ley 14.546 y la LCT.
Extinción del contrato, ART y aportes
¿Qué indemnización corresponde además de la de clientela si me despiden sin causa?
Corresponde la indemnización general del art. 245 LCT (un mes de sueldo por año de servicio o fracción mayor a 3 meses) y, adicionalmente, la indemnización por clientela propia del régimen de viajantes, que reconoce el valor de la cartera de clientes construida.
¿Tengo que dar preaviso si renuncio?
Sí, el trabajador debe preavisar con 15 días de anticipación (art. 231 LCT).
¿Es obligatoria la ART para un viajante que se traslada constantemente?
Sí, la cobertura de riesgos del trabajo (Ley 24.557) es obligatoria, incluyendo los accidentes ocurridos durante los traslados propios de la actividad (viajes en cumplimiento de la tarea).
¿Qué pasa si tengo un accidente de tránsito viajando para visitar clientes?
Puede encuadrarse como accidente de trabajo (no como accidente in itinere, ya que ocurre en cumplimiento directo de la tarea), con la cobertura correspondiente de la ART.
¿Qué aportes se descuentan del recibo de sueldo?
Los aportes obligatorios de ley (jubilación, obra social, PAMI) más la cuota sindical correspondiente al gremio de viajantes cuando corresponde.
¿A qué obra social aporto como viajante de comercio?
A la obra social del sindicato del sector, salvo que ejerzas la opción de cambio de obra social prevista por la normativa vigente.
Otras dudas frecuentes
¿Puedo reclamar si no estoy registrado correctamente o me pagan solo comisión “en negro”?
Sí, el trabajo no registrado o registrado con una remuneración inferior a la real (por ejemplo, ocultando parte de las comisiones) da derecho a reclamar la regularización de la relación, con los aportes y las diferencias salariales adeudadas; las multas por trabajo no registrado de las Leyes 24.013 y 25.323 fueron derogadas por la Ley 27.742 en 2024, y su aplicación a situaciones anteriores se discute en la justicia.
¿Qué pasa si me jubilo siendo viajante de comercio?
Corresponde el preaviso de jubilación y, en su caso, la indemnización por antigüedad reducida que prevé la LCT para la extinción por jubilación, además de cualquier derecho pendiente de liquidar (comisiones devengadas, SAC proporcional, vacaciones no gozadas).
¿La empresa puede exigirme un mínimo de ventas bajo apercibimiento de despido?
Puede fijar objetivos comerciales razonables, pero un despido fundado únicamente en no alcanzar una meta de ventas —sin otra causa grave— puede no configurar una causa justificada según los estándares que exige la jurisprudencia laboral, generando la indemnización correspondiente si se lo despide igual.
¿Qué pasa con mi cartera de clientes si renuncio para trabajar en la competencia?
Puede existir un pacto de no competencia postcontractual, cuya validez y alcance debe analizarse caso por caso; en ausencia de un pacto expreso y compensado, el derecho a trabajar libremente está protegido constitucionalmente.
¿Cuánto se puede descontar como aporte solidario en el CCT 308/75?
Si el acuerdo vigente de el CCT 308/75 establece un aporte o contribución solidaria, desde la Ley 27.802 de Modernización Laboral (Boletín Oficial del 06/03/2026) el conjunto de aportes y contribuciones convencionales a favor de la asociación sindical no puede superar el 2% de la remuneración, tanto para afiliados como para no afiliados, y ese límite se computa en forma global (Decreto 407/2026). La base de cálculo es el salario básico convencional de la categoría más las sumas remunerativas normales y habituales de pago mensual de origen convencional; no se incluyen premios, bonos, horas extras, aguinaldo, plus vacacional ni sumas no remunerativas (Decreto 612/2026). Las cláusulas que superan ese límite deben readecuarse. El porcentaje aplicado figura en el recibo de sueldo; para confirmarlo, consultá a la entidad sindical firmante.
¿Qué jornada rige para el trabajo nocturno?
El trabajo nocturno, el que se presta entre las 21 y las 6 horas, no puede superar las 7 horas por jornada (art. 200 de la LCT). En la jornada mixta, cada hora nocturna se computa como 1 hora y 8 minutos, o se paga el recargo equivalente.
¿Qué derechos hay durante la lactancia?
La trabajadora puede tomar dos descansos de media hora por día para amamantar durante un año desde el nacimiento, o más tiempo si un certificado médico lo indica (art. 179 de la LCT).
¿Qué protección hay contra el despido por embarazo?
Si la trabajadora notificó el embarazo, se presume que el despido dentro de los siete meses y medio anteriores o posteriores al parto se debe a la maternidad (art. 178 de la LCT). En ese caso corresponde, además de la indemnización común, una indemnización agravada de un año de remuneraciones (art. 182).
¿Qué pasa si me despiden por casarme?
Se presume que el despido es por matrimonio si se produce dentro de los tres meses anteriores o los seis posteriores al casamiento notificado a la empresa (art. 181 de la LCT). Corresponde la indemnización agravada de un año de remuneraciones, además de la indemnización común (art. 182).
¿Qué es el certificado de trabajo?
Es el documento que el empleador debe entregar al terminar la relación, con las fechas de ingreso y egreso, las tareas, las remuneraciones y los aportes depositados (art. 80 de la LCT). También puede pedirse durante la relación de trabajo.
¿Pueden trabajar menores de 18 años en esta actividad?
Desde los 16 años y con las condiciones de la Ley 26.390: jornada de hasta 6 horas diarias o 36 semanales (ampliable a 8 y 48 con autorización), sin trabajo nocturno y sin tareas penosas, peligrosas o insalubres (arts. 189 a 195 de la LCT).
¿Me pueden suspender por falta de trabajo?
Sí, por causas económicas debidamente comprobadas, hasta 30 días en un año, empezando por el personal menos antiguo (arts. 219 a 221 de la LCT). Si las suspensiones superan los plazos legales, la persona puede considerarse despedida (art. 222).
¿Hay licencia para rendir exámenes?
Sí: dos días corridos por examen, con un máximo de diez días por año, para exámenes de enseñanza media o universitaria (art. 158, inciso e, de la LCT).
¿Cuánto tiempo tengo para hacer un reclamo laboral?
Las acciones derivadas de la relación de trabajo prescriben a los dos años desde que el crédito es exigible (art. 256 de la LCT). Para el despido, el plazo corre desde la fecha de la extinción.
¿Qué es el Fondo de Asistencia Laboral y desde cuándo rige?
Es el fondo creado por la Ley 27.802 para financiar indemnizaciones por despido. Rige desde el 1 de diciembre de 2026 (Decreto 1228/2026): la empresa aporta el 2,5 % de la base de contribuciones si es MiPyME o el 1 % si no lo es, que se descuenta de las contribuciones patronales, y el fondo puede usarse después de una carencia de doce meses. Lo explicamos en la Newsletter N.º 23.
¿En qué plazo debe pagar la empresa los sueldos?
Para el personal mensualizado, dentro de los 4 días hábiles siguientes al vencimiento del mes; para jornales y quincenas, dentro de los 4 días hábiles del vencimiento de cada período (art. 128 de la LCT). Los salarios del CCT 308/75 son mínimos: la empresa puede pagar más, pero no menos.
¿Cómo puede la empresa aplicar una sanción disciplinaria?
Toda sanción debe tener una justa causa, ser proporcional y notificarse por escrito. Las suspensiones deben tener plazo fijo (art. 218 de la LCT), y la suma de suspensiones por causas disciplinarias o económicas no puede superar los 30 días en un año, contados desde la primera (art. 220). El trabajador puede cuestionar la sanción dentro de los 30 días (art. 67).
¿Qué obligaciones de seguridad tiene la empresa?
El art. 75 de la LCT obliga al empleador a adoptar las medidas necesarias para que las tareas se presten en condiciones de seguridad e higiene. La Ley 19.587 exige condiciones adecuadas en el lugar de trabajo, y la Ley 24.557, contar con ART, capacitar en prevención y entregar los elementos de protección personal que requiera cada tarea.
¿Cuántos días de licencia corresponden por fallecimiento de un familiar?
Tres días corridos por fallecimiento del cónyuge o conviviente, de hijos o de padres, y un día por fallecimiento de un hermano (art. 158, incisos c y d, de la LCT), salvo que el CCT 308/75 prevea más.
¿Cuál es la jornada máxima de trabajo?
Ocho horas diarias o 48 semanales (Ley 11.544 y art. 196 de la LCT), con las excepciones y distribuciones que admiten la ley y el CCT 308/75. Las horas que superan ese límite son horas extra.
¿Qué hacer ante una situación de acoso o violencia en el trabajo?
La Argentina ratificó el Convenio 190 de la OIT por la Ley 27.580: la empresa debe prevenir la violencia y el acoso y dar canales de denuncia seguros. Conviene dejar constancia por escrito, informar a la empresa o al delegado y, si no se resuelve, acudir a la autoridad laboral. Lo explicamos en nuestra guía de acoso laboral.
¿Qué asignaciones familiares corresponden además del sueldo?
ANSES paga las asignaciones familiares del régimen de la Ley 24.714 (por hijo, por hijo con discapacidad, prenatal, por nacimiento, por matrimonio, entre otras), según el ingreso del grupo familiar. Se tramitan en ANSES y no las paga la empresa.
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