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CABA (general)
La Ley 471 (Ley de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la CABA), que alcanza al personal del Poder Ejecutivo, entes descentralizados, sociedades estatales y comunas. Expresamente excluye a su personal del régimen de la Ley de Contrato de Trabajo. Establece una jornada de 35 horas semanales, estabilidad a los 12 meses de servicios efectivos sujeta a evaluación de desempeño, licencia anual de 14 a 28 días corridos según antigüedad, y un régimen disciplinario con sanciones de apercibimiento, suspensión, cesantía y exoneración, con sumario tramitado conforme al Reglamento de Sumarios Administrativos (Decreto N° 3.360/968).
