¿Cómo se adquiere la estabilidad en el empleo público de Entre Ríos?

Categoría: Entre Ríos

La Ley 9.755 (2007), Ley Marco de Regulación del Empleo Público de Entre Ríos, establece en su art. 7 que la estabilidad se adquiere transcurrido 1 año de servicios efectivos en la función para la que el agente fue designado. El ingreso al régimen de estabilidad requiere cumplir los requisitos del art. 8 (entre ellos, acreditar idoneidad y superar el período de prueba). El personal temporario —regulado por el art. 9— no adquiere estabilidad por el mero transcurso del tiempo; su situación es esencialmente transitoria y su vínculo finaliza al concluir la causa que justificó la contratación. Fuente: Ley 9.755, arts. 6, 7, 8 y 9 — leyes-ar.com; SAIJ.

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