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Entre Ríos
La Ley 9.755 regula la situación de disponibilidad: cuando el cargo de un agente estable es suprimido o eliminado, este pasa a disponibilidad con goce íntegro de haberes durante el plazo establecido. La administración tiene la obligación de reubicar al agente en otro cargo de nivel equivalente. Si la reubicación no es posible al vencimiento del plazo, se produce la cesación definitiva con derecho a indemnización. El plazo de disponibilidad varía según la antigüedad del agente; los agentes con cargos de conducción pueden tener disposiciones especiales. Fuente: Ley 9.755, arts. 29-42; Decreto 5703/93.
