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Corrientes
Sí, con carácter general. La docencia es la actividad más frecuentemente reconocida como compatible con el empleo público en Corrientes, siempre que los horarios no se superpongan con la jornada de trabajo estatal. La compatibilidad es una excepción a las normas generales de incompatibilidad del empleo público (Ley 4.067). Para actividades docentes en establecimientos privados o universitarios en horario nocturno o de fin de semana, la compatibilidad es la regla. El agente debe comunicar la compatibilidad a la autoridad competente cuando así lo establezca la reglamentación. Fuente: Ley 4.067 — Gobierno de Corrientes.
