¿Qué sanciones disciplinarias prevé la Ley I N° 74?

Categoría: Chubut

Prevé un régimen gradual de sanciones: apercibimiento, suspensión de hasta 30 días, cesantía y exoneración — de menor a mayor gravedad, todas sujetas al debido proceso administrativo (sumario) antes de aplicarse, salvo el apercibimiento en faltas leves.

Para comparar con el régimen nacional (Ley 25.164, con los cambios de la Ley Bases) y con el de cada provincia, mirá la guía de régimen disciplinario del empleo público: cesantía, exoneración y sumario.

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