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Salta
En Salta, el abandono de servicio queda configurado cuando el agente incurre en 11 inasistencias injustificadas y continuas, y la fecha de abandono es el primer día de inasistencia (art. 40, Ley 5546). Es causal de cesantía que puede aplicarse sin sumario previo (art. 39).
Para comparar con el régimen nacional (Ley 25.164, con los cambios de la Ley Bases) y con el de cada provincia, mirá la guía de régimen disciplinario del empleo público: cesantía, exoneración y sumario.
