Categoría:
Municipios PBA - Planta Temporaria
No sin consecuencias: si no hay causa justificada, corresponde indemnizar por el plazo faltante del contrato, salvo que exista una cláusula de rescisión anticipada válidamente pactada.
No sin consecuencias: si no hay causa justificada, corresponde indemnizar por el plazo faltante del contrato, salvo que exista una cláusula de rescisión anticipada válidamente pactada.