Categoría:
Fuerzas de Seguridad - Estado Policial
Sí: además del retiro propiamente dicho, algunas leyes orgánicas prevén situaciones de reserva o de disponibilidad especial para el personal que, sin reunir aún los años de servicio para el retiro, deja de prestar servicio activo por razones de salud transitorias u otras causas regladas, conservando el estado policial hasta que se resuelva su situación definitiva.
