Categoría:
Fuerzas de Seguridad - Estado Policial
Sí, dentro de los límites que fija cada ley orgánica y su reglamentación: el deber de disponibilidad incluye, en general, la obligación de aceptar destinos y traslados dispuestos por la superioridad, aunque existen protecciones específicas para determinadas situaciones (enfermedad de un familiar, agente con hijos, entre otras) que se abordan en la categoría de Derechos y Restricciones.
