¿El personal de las fuerzas de seguridad paga Impuesto a las Ganancias sobre su haber?

Categoría: Fuerzas de Seguridad - Remuneración

Sí, en principio están alcanzados igual que cualquier otro trabajador en relación de dependencia, sujeto a las escalas y mínimos no imponibles vigentes de la Ley de Impuesto a las Ganancias, salvo exenciones puntuales que eventualmente se dispongan por decreto para determinados conceptos o fuerzas.

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