¿Puede el personal de las fuerzas de seguridad usar el nombre o la insignia de la institución en actividades privadas?

Categoría: Fuerzas de Seguridad - Derechos y Restricciones

Generalmente está prohibido utilizar el nombre, el escudo o cualquier símbolo institucional en actividades ajenas al servicio, especialmente si esas actividades tienen fines comerciales o político-partidarios.

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