¿Tiene el personal de las fuerzas de seguridad derecho a elegir su obra social o solo puede usar la de su fuerza?

Categoría: Fuerzas de Seguridad - Derechos y Restricciones

Generalmente está comprendido de forma obligatoria en la obra social o instituto médico asistencial propio de su fuerza, sin la opción de desregulación hacia otra obra social que sí tienen otros trabajadores en relación de dependencia.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *