Categoría:
CCT 244/94 - Categorías y Polivalencia
Sí, dentro de los límites del convenio. El empleador puede disponer cambios de tareas o de sector siempre que se respete la remuneración de la categoría del trabajador y no haya menoscabo material ni moral. Los acuerdos de rama o empresa pueden establecer condiciones específicas adicionales.
