¿Cuáles son los plazos de la Comisión Paritaria Permanente?

Categoría: CCT 244/94 - Resolución de Conflictos

La CPP debe iniciar las actuaciones dentro de los 5 días de recibida la solicitud y expedirse en un plazo máximo de 5 días hábiles, prorrogables por 5 días más a pedido de cualquiera de las partes. Si no hay acuerdo, eleva un informe a los máximos dirigentes de cada organización, quienes tienen otros 5 días hábiles para expedirse.

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