Categoría:
CCT 244/94 - Remuneraciones
Sí. Las empresas pueden imputar a las retribuciones mínimas de convenio los aumentos dados a cuenta y/o premios otorgados previamente, hasta completar la retribución mínima de cada categoría. Las empresas que ya superen esas retribuciones mínimas continúan con sus políticas propias de incrementos por productividad.
