Categoría:
CABA Ley 471 - Licencias
Es el límite máximo de días que la reglamentación fija para cada tipo de licencia especial (por ejemplo, razones particulares o trámites personales) dentro de un año calendario; agotado ese cupo, cualquier ausencia adicional por esa misma causa pasa a considerarse injustificada, salvo que encuadre en otro tipo de licencia distinta.
