¿Qué es la ‘compensación económica’ del Retiro Voluntario del GCBA y sobre qué base se calcula?

Categoría: CABA Ley 471 - Disponibilidad

Es un monto adicional que se paga a quien se acoge al programa, generalmente calculado en función de la antigüedad y la remuneración del agente, según la fórmula específica que fija el decreto que crea cada edición del programa.

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