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CCT 18/75 - Relaciones Gremiales
Todo traslado dispuesto de una casa bancaria a otra debe ser notificado por escrito al empleado. No se admite la comunicación verbal como válida a estos efectos.
Todo traslado dispuesto de una casa bancaria a otra debe ser notificado por escrito al empleado. No se admite la comunicación verbal como válida a estos efectos.