¿Tiene el agente del GCBA derecho a huelga como parte de sus derechos laborales?

Categoría: CABA Ley 471 - Derechos y Obligaciones

Sí, el derecho de huelga está reconocido constitucionalmente también para los empleados públicos, con las limitaciones propias de la garantía de servicios esenciales cuando la actividad de que se trate así lo requiera.

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