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CABA Ley 471 - Recursos y Acciones Judiciales
El amparo por mora se dirige contra la administración quien no resuelve un trámite; el recurso o queja por retardo de justicia, en cambio, se plantea cuando es el propio Poder Judicial el que demora excesivamente en resolver una causa ya iniciada, ante la autoridad de superintendencia del tribunal correspondiente.
