¿Puede un agente del GCBA solicitar la revisión de su calificación de desempeño años después de haberla recibido?

Categoría: CABA Ley 471 - Evaluación y Carrera

Generalmente existe un plazo razonable para impugnar una calificación; pasado ese plazo sin cuestionarla, se considera consentida, aunque puede seguir utilizándose como antecedente en futuras evaluaciones o concursos.

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