¿Los cargos de gabinete o de conducción política pueden afiliarse a un sindicato de base?

Categoría: CABA Ley 471 - Sindicalización

En general el personal jerárquico de conducción o de confianza política suele quedar excluido de la representación sindical del personal de base, dado el conflicto de intereses que implicaría representar simultáneamente a quienes ejercen la conducción y a quienes son conducidos.

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