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CABA Ley 471 - Jubilación
Sí, agotada la vía administrativa interna ante ANSES, la resolución denegatoria puede cuestionarse ante la Justicia Federal de la Seguridad Social competente en la materia.
Sí, agotada la vía administrativa interna ante ANSES, la resolución denegatoria puede cuestionarse ante la Justicia Federal de la Seguridad Social competente en la materia.