¿Qué pasa si un empleado del GCBA fallece mientras tramitaba su jubilación y esta aún no había sido otorgada?

Categoría: CABA Ley 471 - Jubilación

Sus derechohabientes pueden continuar el trámite y acceder a la pensión correspondiente calculada sobre la base de los servicios y el haber que le hubiera correspondido, sin perder el derecho por el fallecimiento durante el proceso administrativo.

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