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CCT 547/08 - Relaciones Gremiales
El artículo 34 del CCT 547/08 establece que tanto FAECyS como AAAVyT se comprometen a colaborar con la Secretaría de Turismo de la Nación para impedir el accionar de personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades de agencias de viajes sin estar debidamente registradas, en defensa del principio de exclusividad consagrado por la legislación.
