¿Tiene el empleador obligación de cubrir vacantes en inmobiliarias?

Categoría: CCT 130/75 Inmobiliarias - Relaciones Laborales

Sí. El CCT 130/75 establece que la existencia de una vacante o creación de nuevos cargos debe comunicarse a todo el personal del establecimiento, especificando las características del puesto y el plazo para postularse. El postulante no designado conserva el derecho a postularse en futuras vacantes.

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