Categoría:
Monotributo - Facturación Electrónica
La obligación de conservar los comprobantes electrónicos es de entre 5 y 10 años según la normativa aplicable. La prescripción general es de 5 años conforme a la Ley 11.683 de Procedimiento Fiscal. Aunque las facturas electrónicas quedan registradas en el sistema de ARCA, es recomendable mantener una copia propia descargada del portal por cualquier eventualidad técnica.
