¿El CCTG 214/06 reconoce la identidad de género de sus agentes?

Categoría: CCTG 214/06 - Igualdad, Derechos y Prohibiciones

Sí, en línea con la Ley de Identidad de Género 26.743, el convenio y las normas complementarias del empleo público nacional reconocen el derecho de cada agente a ser tratado conforme a su identidad de género autopercibida en toda la documentación y trato laboral, incluido el cupo laboral travesti-trans.

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