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CABA Ley 471 - Marco Legal
Aplica al personal del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Quedan exceptuados quienes se rigen por estatutos particulares (personal docente, personal de salud, entre otros). El Poder Legislativo y el Poder Judicial de la Ciudad tienen sus propios regímenes. La Ley 471 es el piso normativo; los convenios colectivos sectoriales pueden mejorar sus condiciones pero no reducirlas.
