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CABA Ley 471 - Derechos y Obligaciones
Sí. El GCBA aplica el cupo del 4% previsto en la Ley 22.431, complementado por legislación propia de CABA. En 2026, el Decreto 110/26 creó específicamente una Planta Transitoria para el Programa ‘Faro de empleabilidad para personas con discapacidad’, lo que amplía las vías de ingreso para este colectivo. El ingreso por cupo requiere certificado de discapacidad y cumplir con los requisitos del cargo.
