Convenio de Contact Center 2026: tablas salariales, jornada y vacaciones — España

Convenios colectivos · España
Última verificación: octubre 2026 · Fuentes: BOE-A-2023-13741 (texto), BOE-A-2026-5300 (tablas 2026) y sentencias de la Audiencia Nacional (2024, 2026)
En 3 líneas: El III Convenio estatal de Contact Center (antes telemarketing) rige en toda España hasta el 31/12/2026, con prórroga tácita. En 2026 los salarios subieron un 3,4 %: un teleoperador o teleoperadora (nivel 10) tiene 17.139,58 € anuales de salario base. Jornada de 1.764 horas, 32 días naturales de vacaciones, dos fines de semana libres al mes y 70 preguntas frecuentes con su artículo.
ConvenioIII Convenio colectivo de ámbito estatal del sector de Contact Center (código 99012145012002)
PartesCEX (empresas) · CC. OO. y UGT (plantilla)
VigenciaHasta el 31/12/2026, con prórroga tácita anual
Jornada1.764 horas anuales; 39 horas semanales
Vacaciones32 días naturales
Salarios 2026De 17.139,58 € (nivel 10) a 41.801,45 € (nivel 1) de salario base anual; 14 pagas

Tabla salarial 2026

Importes oficiales del acta de la comisión paritaria del 19/01/2026 (BOE-A-2026-5300): salario base anual (12 mensualidades más las pagas de junio y Navidad) y recargos por festivo y domingo trabajado. La columna “por paga” divide el anual por 14.

NivelCategoríasSalario base anual 2026Por paga (÷14)Festivo normalFestivo especialDomingo
1Directivos/as41.801,45 €2985,82 €109,10 €231,16 €37,62 €
2Jefes/as de departamento o área37.882,25 €2705,88 €98,87 €209,49 €34,09 €
3Jefes/as de proyecto, analistas funcionales32.662,92 €2333,07 €85,25 €180,63 €29,40 €
4Titulados/as superiores, analistas, técnicos/as de sistemas A27.443,59 €1960,26 €71,64 €151,77 €24,70 €
5Titulados/as medios, técnicos/as de sistemas B, analista-programador/a, programador/a senior, jefe/a de administración, responsable de servicios24.179,17 €1727,08 €63,11 €133,71 €21,76 €
6Programador/a junior, técnico/a administrativo/a, supervisor/a A20.624,78 €1473,20 €53,79 €114,06 €18,52 €
7Supervisor/a B19.689,43 €1406,39 €51,37 €108,88 €17,70 €
8Ayudante de sistemas, oficial administrativo/a, coordinador/a, formador/a, agente de calidad (quality)18.707,27 €1336,23 €48,77 €103,44 €16,81 €
9Gestor/a telefónico/a18.052,54 €1289,47 €47,06 €99,81 €16,22 €
10Teleoperador/a u operador/a, auxiliar administrativo/a, personal de oficios propios17.139,58 €1224,26 €44,51 €94,39 €15,33 €

Otros importes 2026: plus de idiomas 130,95 € al mes · nocturnidad 1,96 € por hora · plus de transporte 6,56 € por día · teletrabajo 1,34 € por día (jornadas de 30 horas o más) y 1,05 € (menos de 30 horas) · dieta de una comida 17,96 € y de dos comidas 31,65 € · kilometraje 0,24 €.

Preguntas frecuentes

Ámbito, vigencia y partes
¿A quién se aplica el convenio de Contact Center?

Es obligatorio en todo el territorio del Estado para las empresas, y todo su personal, cuya actividad sea prestar servicios de contact center a terceros: contactar o ser contactadas por teléfono, medios telemáticos, tecnología digital u otro medio electrónico (arts. 1 y 2 del convenio).

¿Quién lo firmó?

La Asociación de Compañías de Experiencia con Cliente (CEX), por las empresas, y CC. OO. y UGT, por la plantilla. Es el III Convenio colectivo de ámbito estatal del sector, código 99012145012002, publicado en el BOE del 9 de junio de 2023.

¿Hasta cuándo está vigente?

Hasta el 31 de diciembre de 2026, con prórroga tácita de año en año si nadie lo denuncia. Si se denuncia, su contenido normativo sigue vigente hasta que haya un acuerdo nuevo (art. 6 del convenio).

¿Desde cuándo rigen sus efectos económicos?

Desde el 1 de enero de 2020, en la forma del artículo 45 (incrementos salariales) (art. 5 del convenio).

¿Qué pasa si la empresa aplica otro convenio que paga menos?

En ese caso la jornada máxima de esas empresas es de 1.597 horas anuales de trabajo efectivo a tiempo completo (y la parte proporcional a tiempo parcial), en lugar de 1.764 (art. 22 del convenio).

¿Se mantienen las condiciones más beneficiosas?

Sí: la empresa debe respetar las condiciones que, en conjunto y en cómputo anual, superen al convenio. Además, quien cobra por encima de la tabla recibe cada año, como mínimo, la subida pactada aplicada sobre el salario convenio de su nivel (arts. 9 y 10 del convenio).

Salarios 2026
¿Cuánto subieron los salarios en 2026?

Un 3,4 %, según el acta de la comisión paritaria del 19 de enero de 2026: el artículo 45 fija para 2026 el IPC del año anterior más 0,5 puntos, con un mínimo del 1 % y un tope del 3,5 % (BOE-A-2026-5300).

¿Cuál es el salario de un teleoperador en 2026?

El nivel 10 (teleoperador/a u operador/a) tiene un salario base de 17.139,58 € anuales, que en 14 pagas son 1224,26 € brutos por paga (BOE-A-2026-5300).

¿Cuánto cobra un gestor telefónico?

El nivel 9 tiene 18.052,54 € anuales de salario base en 2026 (1289,47 € por paga).

¿Y un coordinador, formador o agente de calidad?

Están en el nivel 8: 18.707,27 € anuales en 2026 (1336,23 € por paga).

¿Cuánto cobra un supervisor?

Supervisor/a A está en el nivel 6 (20.624,78 € anuales) y supervisor/a B en el nivel 7 (19.689,43 €).

¿Qué salario tiene el nivel más alto?

El nivel 1 (directivos/as): 41.801,45 € anuales de salario base en 2026.

¿Qué pasó con los niveles 11 y 12?

Se eliminaron desde el 1 de enero de 2024 y se integraron en el nivel 10, que pasó a llamarse teleoperador/a. Desde entonces el auxiliar administrativo y el personal de oficios propios también están en el nivel 10 (disposición transitoria segunda del convenio).

¿El salario de la tabla es anual?

Sí. Incluye las doce mensualidades y las dos pagas extraordinarias de junio y Navidad (art. 47 del convenio).

¿Cuándo se cobran las pagas extra?

Entre el 15 y el 20 de junio y de diciembre, en proporción al tiempo trabajado en el semestre. Por acuerdo individual se pueden prorratear en doce meses (art. 47 del convenio).

¿Cómo calculo el sueldo mensual?

Se divide el salario base anual por 14 (o por 12 si las extras están prorrateadas). A eso se suman los pluses que correspondan (idiomas, nocturnidad, festivos y domingos, transporte).

¿Cuánto subieron los salarios en 2025?

Las tablas de 2025 se publicaron en el BOE-A-2025-8781; por ejemplo, el nivel 10 tenía 16.576,00 € anuales y en 2026 pasó a 17.139,58 €.

¿El salario base remunera toda la jornada?

Sí: el salario base remunera la jornada anual de trabajo efectivo pactada en el convenio (art. 44 del convenio).

Pluses y complementos 2026
¿Cuánto es el plus de idiomas en 2026?

130,95 € al mes a jornada completa, para el personal de operaciones al que se le exija usar idiomas extranjeros o lenguas cooficiales fuera de su comunidad autónoma. A tiempo parcial se cobra en proporción a la jornada (art. 48 y acta 2026).

¿Cuánto se paga por trabajar un domingo?

Un recargo por domingo trabajado que depende del nivel: en 2026 va de 15,33 € (nivel 10) a 37,62 € (nivel 1) (art. 49 y tabla 2026).

¿Y por trabajar un festivo?

Además del día libre retribuido de compensación, un recargo por festivo: en 2026 el nivel 10 cobra 44,51 € por festivo normal y 94,39 € por festivo especial (art. 49 y tabla 2026).

¿Qué días son festivos especiales?

El 25 de diciembre, el 1 de enero y el 6 de enero; también el 24 y el 31 de diciembre desde las 20 h, estos dos sin descanso compensatorio (art. 49 del convenio).

¿Se suman el recargo de domingo y el de festivo especial?

No. Si coinciden, se cobra solo el de festivo especial (art. 49 del convenio).

¿Cuánto es el plus de nocturnidad?

1,96 € por hora en 2026, para quien trabaja en su jornada habitual entre las 22 y las 6 h (art. 50 y acta 2026).

¿Qué es el plus de transporte y cuánto es?

Un plus extrasalarial de 6,56 € por día de trabajo efectivo en 2026, para quien empieza o termina la jornada entre las 24 h y las 6 h; si empieza y termina en esa franja el mismo día, se cobra doble (art. 53 y acta 2026).

¿Cuánto son las dietas en 2026?

17,96 € por una comida fuera sin pernoctar y 31,65 € por dos comidas fuera sin pernoctar (art. 54 y acta 2026).

¿Cuánto se paga por kilómetro?

0,24 € por kilómetro en 2026, si la empresa autorizó el uso del vehículo propio (art. 54 y acta 2026).

Jornada, descansos y fines de semana
¿Cuál es la jornada máxima?

1.764 horas anuales y 39 horas semanales de trabajo efectivo (art. 22 del convenio).

¿Qué descansos hay dentro de la jornada?

10 minutos en tramos de 4 a menos de 6 horas, 20 minutos en tramos de 6 a 8 horas y 30 minutos si superan 8 horas, todos como tiempo efectivo de trabajo (art. 24 del convenio).

¿Cuándo se pueden tomar esos descansos?

Los organiza la empresa, pero no antes de las dos horas de iniciada la jornada ni cuando falten 90 minutos o menos para terminarla (art. 24 del convenio).

¿Hay pausas por trabajar con pantallas?

Sí: el personal de operaciones que trabaja con pantallas tiene una pausa de 5 minutos por hora de trabajo efectivo, además de los descansos, como tiempo de trabajo (art. 57 del convenio).

¿Cuántos fines de semana libres corresponden?

Dos fines de semana al mes, entendidos como 48 horas desde las 0 h del sábado hasta las 24 h del domingo (art. 25 del convenio).

¿Se puede distribuir la jornada de forma irregular?

Sí, pero nunca más de 48 horas semanales de trabajo efectivo, y la distribución se ajusta cada mes para no superar el cómputo semanal; el ajuste se hace en la primera semana del mes siguiente (art. 23 del convenio).

¿Cómo se calcula el valor de la hora extra?

Se toma la hora tipo ordinaria (salario de tabla anual dividido por la jornada efectiva anual) y se le aplica el recargo: 25 % las diurnas y 60 % las nocturnas (art. 51 del convenio).

¿Cuántas horas semanales se pueden trabajar como máximo con distribución irregular?

48 horas de trabajo efectivo (art. 23 del convenio).

¿Hay derecho a la desconexión digital?

Sí, fuera del tiempo de trabajo, para respetar descansos, permisos, vacaciones y la vida personal y familiar (art. 28 del convenio).

¿Cómo se pagan las horas extra?

Las diurnas (de 6 a 22 h) con un 25 % más sobre el valor de la hora tipo ordinaria, y las nocturnas (de 22 a 6 h) con un 60 % más (art. 51 del convenio).

Vacaciones
¿Cuántos días de vacaciones hay?

32 días naturales (art. 29 del convenio).

¿Se pueden fraccionar?

Sí, en períodos de 7 días seguidos, con al menos 14 días seguidos preferentemente en verano; además se pueden tomar 4 días sueltos de común acuerdo (art. 29 del convenio).

¿Con cuánta anticipación se conocen las fechas?

Al menos dos meses antes del inicio de las vacaciones (art. 29 del convenio).

¿Qué pasa con las vacaciones en contratos de menos de un año?

Se disfrutan en proporción a la duración del contrato; si no se pudieron tomar, se pagan en la liquidación (art. 29 del convenio).

¿Se descuentan vacaciones tomadas de más al irse?

Sí: si la persona se va antes del 31 de diciembre habiendo disfrutado más días de los que le correspondían, se descuentan de la liquidación (art. 29 del convenio).

Permisos
¿Cuántos días de permiso hay por matrimonio?

Quince días naturales, contados desde el primer día laborable para la persona tras el hecho causante (art. 30.1.a del convenio).

¿Qué permiso hay por accidente, enfermedad grave u hospitalización de un familiar?

El convenio fijaba tres días naturales a usar en diez días, pero la Audiencia Nacional anuló la expresión «días naturales» (sentencia publicada en el BOE de 22/02/2024) y en 2026 anuló la obligación de disfrutarlos dentro de los diez días (BOE de 10/08/2026). Como mínimo rige el artículo 37.3.b del Estatuto de los Trabajadores: cinco días.

¿Cuántos días hay por fallecimiento de un familiar cercano?

Cuatro días naturales por cónyuge, padres, suegros, hijos y hermanos, y uno más si hay que desplazarse 200 km o más (art. 30.1.c y e del convenio).

¿Y por fallecimiento de otros parientes hasta segundo grado?

Dos días, que tras la sentencia de la Audiencia Nacional ya no se computan como naturales; si hay que desplazarse 200 km o más, son cuatro días naturales (art. 30.1.d y e y BOE-A-2024-3432).

¿Hay permiso por mudanza?

Dos días naturales por traslado del domicilio habitual, no acumulables al permiso por matrimonio (art. 30.1.f del convenio).

¿Qué pasa con los deberes públicos?

Permiso por el tiempo indispensable. Si supera el 20 % de las horas en tres meses, la empresa puede pasar a la persona a excedencia forzosa con reserva del puesto (art. 30.1.g del convenio).

¿Hay permiso para acompañar a hijos o mayores al médico?

Sí, sin retribución: quien tenga a cargo hijos menores de nueve años o ascendientes mayores de 65 dispone del tiempo necesario para acompañarlos a consultas médicas, con aviso y justificación (art. 31 del convenio).

¿Hay permiso por la boda de un familiar?

Sí, un día natural por matrimonio de padre, madre, hijos o hermanos (art. 30.1.h del convenio).

Contratación, prueba y preaviso
¿Cuánto dura el período de prueba de un teleoperador?

Como máximo un mes, cualquiera sea su nivel (art. 18 del convenio).

¿Y en otros puestos?

Hasta seis meses para personal técnico titulado, quince días para personal no cualificado y dos meses para los demás niveles (art. 18 del convenio).

¿Puede haber período de prueba si ya trabajé en la empresa?

No: es nulo el pacto de prueba si la persona ya hizo las mismas funciones antes en la empresa, con cualquier tipo de contrato (art. 18 del convenio).

¿La baja médica interrumpe la prueba?

Sí, si se pactó en el contrato: la incapacidad temporal, el nacimiento, la adopción, el riesgo durante el embarazo o la lactancia y la violencia de género interrumpen el cómputo (art. 18 del convenio).

¿Con cuánta anticipación hay que avisar para dejar el trabajo?

Dos meses en los niveles 1 y 2, un mes en los niveles 3 y 4 y quince días en el resto (art. 17 del convenio).

¿Qué pasa si no se respeta el preaviso?

La empresa puede descontar de la liquidación el salario de un día por cada día de preaviso que faltó (art. 17 del convenio).

¿La empresa puede adelantar la salida durante el preaviso?

Sí, pagando el salario hasta la fecha que la persona había indicado (art. 17 del convenio).

¿Qué porcentaje de contratos tienen que ser indefinidos?

Desde el 1 de enero de 2024, al menos el 80 % de los contratos de la plantilla deben ser indefinidos ordinarios (art. 13 del convenio).

¿Cuántos contratos temporales o fijos discontinuos puede haber?

Como máximo el 20 % de la plantilla, sumando contratos temporales del artículo 15 del Estatuto y fijos discontinuos para campañas (art. 13 del convenio).

¿Qué pasa cuando termina una campaña o servicio?

Si el cliente vuelve a adjudicar la misma campaña o servicio (o uno similar) a otra empresa, se aplica la subrogación del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores: la nueva empresa asume al personal con sus derechos (art. 20 del convenio).

Teletrabajo
¿Cuándo es regular el trabajo a distancia?

Cuando en un período de tres meses se presta al menos el 30 % de la jornada a distancia, o el porcentaje proporcional según la duración del contrato (art. 19 del convenio).

¿Es obligatorio teletrabajar?

No: es voluntario para ambas partes y se firma un acuerdo individual con el contenido mínimo de la Ley 10/2021 (art. 19 del convenio).

¿Se puede volver a la oficina?

Sí, es reversible a pedido de cualquiera de las partes, por escrito y con 20 días naturales de anticipación (art. 19 del convenio).

¿Cuánto se compensa por gastos de teletrabajo en 2026?

1,34 € por día trabajado a distancia con jornadas de 30 horas semanales o más, y 1,05 € con jornadas menores (acta 2026).

Baja médica, embarazo y salud
¿La empresa complementa la baja por accidente de trabajo?

Sí, hasta el 100 % del salario convenio desde el primer día (art. 70 del convenio).

¿Y la baja por enfermedad común?

Días 1 a 3: 70 % (con un tope de 9 días al año); días 4 a 20: 75 %; desde el día 21: 100 % hasta un año. Con hospitalización, 100 % desde el primer día (art. 70 del convenio).

¿Qué protección hay en el embarazo y la lactancia?

El convenio prevé medidas específicas de protección en su art. 55, además de lo que establece la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

¿Cómo funciona el permiso de lactancia?

Una hora diaria de ausencia (divisible en dos) por hijo o hija menor de nueve meses, o una reducción de media hora al inicio y al final, o de una hora al principio o al final del turno; también se puede acumular en 15 días naturales seguidos después de la suspensión por nacimiento (art. 34 del convenio).

¿Hay reducción de jornada por cuidado de hijos o familiares?

Sí, en los términos del Estatuto de los Trabajadores y del art. 34 del convenio, con concreción horaria según el art. 35.

¿Qué excedencias especiales prevé el convenio?

Con un año de antigüedad, una excedencia especial sin sueldo de hasta un mes una vez al año (o dos períodos de hasta quince días, uno por semestre), con reincorporación inmediata al terminar (art. 32 del convenio).

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