| Convenio | VII Convenio General del Sector de la Construcción |
| Norma vigente | VII Convenio General del Sector de la Construcción y modificación salarial publicada por Resolución de 24/11/2025, BOE de 10/12/2025, BOE-A-2025-25234. La modificación fija importes y reglas para 2026. |
Tablas salariales vigentes
REMUNERACIÓN MÍNIMA BRUTA ANUAL ESTATAL.
Desde el 01/01/2026, jornada completa.
Incluye el conjunto de conceptos computables conforme al artículo 53; no es salario base anual ni reemplaza una tabla provincial superior.
| Nivel | Mínimo anual (€) |
|---|---|
| II | 23.556,82 |
| III | 23.208,70 |
| IV | 22.865,73 |
| V | 22.527,81 |
| VI | 22.194,90 |
| VII | 21.866,90 |
| VIII | 21.543,77 |
| IX | 21.225,39 |
| X | 20.911,71 |
| XI | 20.602,68 |
| XII | 20.298,22 |
Regla de actualización de las tablas provinciales
3% desde el 01/01/2026 sobre las tablas de 2025, conforme al artículo 52 modificado.
Para determinar el salario concreto deben consultarse la provincia, categoría, salario base, pluses, pagas y demás conceptos del convenio territorial.
Importes brutos. Para saber si el total anual alcanza el salario mínimo interprofesional de 2026 (1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año) hay que sumar todas las percepciones salariales computables. Usá la calculadora de indemnización por despido en España para los casos de extinción.
Preguntas frecuentes
¿Qué actividades comprende el ámbito funcional del convenio?
El artículo 3 incluye construcción y obras públicas, conservación y mantenimiento de infraestructuras, canteras y explotaciones indicadas, medios auxiliares de obras y puertos, comercio mayoritario y exclusivista de construcción y construcción industrializada. El anexo I desarrolla la relación de actividades sin carácter exhaustivo.
Fuente: Artículo 3 y anexo I del convenio: «Las actividades que integran el campo de aplicación de este Convenio General se relacionan y detallan, a título enunciativo y no exhaustivo, en el Anexo I del mismo.».
¿En qué territorio se aplica el convenio?
El artículo 5 establece su aplicación en toda España. También comprende a las personas contratadas en España por empresas españolas del sector para trabajar en el extranjero, garantizándoles al menos los derechos económicos correspondientes al trabajo en territorio español.
Fuente: Artículo 5 del convenio: «Este Convenio General será de aplicación en todo el territorio del estado español.».
¿El personal de alta dirección queda comprendido en el convenio?
El artículo 4 excluye al personal sujeto a la relación laboral especial de alta dirección. Su relación se rige por el contrato y por la normativa especial aplicable.
Fuente: Artículo 4.2 del convenio: «Se excluye del ámbito del presente Convenio general el personal de alta dirección cuya relación laboral especial se regula en el Decreto 1382/1985».
¿Qué vigencia general establece el convenio?
El artículo 7 fija la entrada en vigor el 1 de enero de 2022 y la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026. Dispone que continúe rigiendo, tanto en su contenido normativo como obligacional, hasta su sustitución.
Fuente: Artículo 7 del convenio: «El presente Convenio general extenderá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026.».
¿Cómo se estructura la clasificación profesional?
El artículo 30 establece ocho grupos profesionales y tres áreas funcionales: gestión técnica, diseño y planificación; producción y actividades asimiladas; y servicios transversales. Los anexos X y XI desarrollan los contenidos y equivalencias.
Fuente: Artículo 30 del convenio: «La clasificación profesional se estructura en ocho grupos profesionales con tres áreas funcionales».
¿El código CNAE determina por sí solo la aplicación del convenio?
No. El acuerdo de abril de 2026 aclara que el listado CNAE tiene finalidad estadística y no modifica el ámbito funcional. Lo determinante es la actividad desarrollada y su encuadramiento en el artículo 3 y el anexo I.
Fuente: Artículo 3, anexo I y aclaración del acta de 28 de abril de 2026: «siendo lo determinante a tal efecto la actividad que se desarrolla por la misma y no el estar adscrita a un código de la CNAE concreto».
¿Dónde se relacionan las categorías anteriores con los actuales grupos y niveles?
El artículo 30.4 remite al anexo XI, que contiene la tabla de equivalencias entre las categorías anteriores y los grupos profesionales con sus niveles retributivos.
Fuente: Artículo 30.4 y anexo XI del convenio: «la Tabla de equivalencias profesionales entre la clasificación anterior dividida en categorías profesionales y la nueva clasificación en grupos profesionales con sus correspondientes niveles retributivos.».
¿Qué criterios se aplican a los ascensos?
El artículo 48 reserva a la libre designación y revocación empresarial los puestos de mando o especial confianza. Para los restantes ascensos que procedan exige sistemas objetivos basados en formación, méritos y permanencia, con las referencias descritas en el artículo.
Fuente: Artículo 48 del convenio: «se establecerán por la empresa sistemas de carácter objetivo, teniendo en cuenta la formación, méritos y permanencia de la persona trabajadora en la empresa».
¿La categoría acreditada en la Tarjeta Profesional obliga a contratar con esa clasificación?
El artículo 18.5 establece que la acreditación de una categoría en la Tarjeta Profesional de la Construcción no obliga a contratar con ella. El encuadramiento debe determinarse conforme al trabajo contratado y a las reglas aplicables.
Fuente: Artículo 18.5 del convenio: «La acreditación de la categoría profesional por la Tarjeta Profesional de la Construcción no obliga a la empresa a la contratación de la persona trabajadora con esa categoría.».
¿Cómo distingue el convenio las percepciones salariales de las extrasalariales?
El artículo 49 considera salario la contraprestación por el trabajo. Distingue las compensaciones de gastos, prestaciones, complementos e indemnizaciones que enumera como percepciones extrasalariales.
Fuente: Artículo 49 del convenio: «unas las percibe como retribución o contraprestación directa por la prestación de su trabajo y son las que constituyen el salario».
¿Qué diferencia existe entre el devengo del salario base y el de los pluses?
El artículo 51 establece que el salario base se devenga por todos los días naturales; los pluses salariales de convenio, por días efectivamente trabajados; y los extrasalariales, por días de asistencia. Los importes se determinan en los convenios de ámbito inferior.
Fuente: Artículo 51.1, 51.2 y 51.3 del convenio: «Los pluses extrasalariales de convenio se devengarán durante los días de asistencia al trabajo».
¿Cuándo y por qué medio deben abonarse las percepciones mensuales?
El artículo 54 exige el pago por meses vencidos dentro de los cinco primeros días hábiles del mes siguiente. Establece la transferencia bancaria, con las excepciones de su apartado 4. Permite anticipos quincenales de hasta el 90 % de lo devengado.
Fuente: Artículo 54 del convenio: «dentro de los cinco primeros días hábiles del mes siguiente al de su devengo».
¿Cuántas pagas extraordinarias se establecen y cuándo se abonan?
El artículo 60 reconoce dos pagas extraordinarias: junio y diciembre, abonadas antes del 30 de junio y del 20 de diciembre, respectivamente. El artículo 51.4 establece su devengo por semestres naturales.
Fuente: Artículos 51.4 y 60 del convenio: «dos gratificaciones extraordinarias al año, que se abonarán en los meses de junio y diciembre antes de los días 30 y 20 de cada uno de ellos, respectivamente.».
¿Puede pactarse el prorrateo de las pagas extraordinarias en nuevos contratos?
El artículo 61.1 lo prohíbe para los nuevos contratos, junto con el prorrateo de la indemnización por finalización contractual. Las cantidades indebidamente prorrateadas se consideran salario ordinario del periodo en que se incluyeron.
Fuente: Artículo 61.1 del convenio: «Se prohíbe para los nuevos contratos el prorrateo de las pagas extraordinarias y de la indemnización por finalización de contrato».
¿Cómo expresa el convenio el cálculo de la remuneración bruta anual?
El artículo 53.1 actualizado establece: remuneración anual = salario base × 335 + (pluses salariales + extrasalariales) × días efectivos de trabajo + vacaciones + paga de junio + paga de Navidad. Deben utilizarse los conceptos del convenio aplicable por nivel y categoría.
Fuente: Artículo 53.1, redacción del acuerdo de 4 de noviembre de 2025: «La remuneración bruta anual mencionada en el artículo anterior comprenderá todas las percepciones económicas pactadas en cada convenio, por nivel y categoría profesional.».
¿Qué actualización salarial se establece para 2026?
El artículo 55.5 actualizado establece una actualización del 3 % sobre las tablas vigentes en 2025, con efectos desde el 1 de enero de 2026.
Fuente: Artículo 55.5, redacción del acuerdo de 4 de noviembre de 2025: «las vigentes en 2025 se actualizarán en un 3,00 por ciento con efectos desde el día 1 de enero de 2026.».
¿Cómo se calcula la contribución empresarial al plan de pensiones para 2026?
El artículo 56.2.e actualizado suma: 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021; 0,25 % de los de 2023; el importe del 0,40 % sobre los de 2024 previsto en la garantía salarial; 0,50 % de los de 2024 una vez aplicada esa garantía; y 0,25 % de los de 2025. Se aplica proporcionalidad cuando no se trabaja todo 2026 a jornada completa y deben cumplirse las condiciones de participación del libro tercero.
Fuente: Artículo 56.2.e, redacción del acuerdo de 4 de noviembre de 2025: «si la persona trabajadora prestase servicios durante todo el año 2026 a tiempo completo o, en su defecto, de la parte proporcional correspondiente.».
¿Qué relación existe entre la remuneración mínima estatal y las tablas provinciales?
El artículo 53 actualizado establece mínimos brutos anuales por niveles para jornada completa, computando todos los conceptos retributivos. Exige adaptar las tablas provinciales a esos mínimos mediante los acuerdos correspondientes.
Fuente: Artículo 53.2 y 53.3, redacción del acuerdo de 4 de noviembre de 2025: «Los convenios provinciales deberán adaptar sus tablas salariales, a la siguiente tabla de remuneración mínima bruta anual por niveles profesionales».
¿Cuál es la jornada ordinaria anual?
El artículo 71.1 fija 1.736 horas anuales durante la vigencia del convenio. El apartado 3 mantiene las jornadas provinciales inferiores como condición más beneficiosa hasta ser alcanzadas por el convenio general.
Fuente: Artículo 71.1 y 71.3 del convenio: «La jornada ordinaria anual durante la vigencia del presente convenio general será de 1.736 horas.».
¿Qué jornada ordinaria semanal establece el convenio?
El artículo 71.2 establece cuarenta horas semanales. Su distribución debe coordinarse con la jornada anual, el calendario aplicable y las condiciones más beneficiosas preservadas.
Fuente: Artículo 71.2 del convenio: «La jornada ordinaria semanal será de cuarenta horas durante toda la vigencia del presente Convenio general.».
¿Cómo se establece el calendario empresarial y qué límite diario contempla?
El artículo 71.4 permite pactar con la representación legal el calendario antes del 30 de enero. Debe identificar días laborables y horas diarias, sin superar nueve. En ausencia de calendario pactado en plazo, se aplica el provincial o autonómico.
Fuente: Artículo 71.4 del convenio: «En ausencia de calendario pactado en los centros de trabajo en los plazos previstos se observará el calendario establecido en el convenio provincial».
¿Qué debe recoger el registro diario de jornada?
El artículo 71.8 exige registrar el horario concreto de inicio y finalización. Permite distintos soportes que acrediten la conformidad con el registro y obliga a la plantilla a utilizar los medios organizados por la empresa.
Fuente: Artículo 71.8 del convenio: «La empresa garantizará el registro diario de jornada de sus personas trabajadoras que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo.».
¿Las horas extraordinarias son obligatorias?
El artículo 66 establece su voluntariedad, salvo fuerza mayor. Exige petición escrita, consentimiento empresarial expreso y previo y aceptación expresa de la persona trabajadora.
Fuente: Artículo 66 del convenio: «La realización de horas extraordinarias requiere de petición escrita y consentimiento expreso y previo por parte de la empresa y de la aceptación expresa por parte de la persona trabajadora.».
¿Qué límite anual establece el convenio para las horas extraordinarias?
El artículo 67.2 establece un máximo de ochenta horas anuales por persona, salvo fuerza mayor. Debe coordinarse con la exclusión del cómputo de las horas compensadas con descanso en el plazo del artículo 68.3.
Fuente: Artículos 67.2 y 68.3 del convenio: «El número de horas extraordinarias que realice cada persona trabajadora, salvo en los supuestos de fuerza mayor, no excederá de 80 al año.».
¿Pueden compensarse las horas extraordinarias con descanso?
El artículo 68 permite compensarlas con tiempos equivalentes de descanso si no se perturba el proceso productivo. Si se compensan dentro de los cuatro meses siguientes, no cuentan para el límite previsto en el artículo 67.
Fuente: Artículo 68.2 y 68.3 del convenio: «las horas extraordinarias compensadas dentro de los cuatro meses siguientes a su realización, no se computarán a los efectos de los límites».
¿Debe exponerse el calendario laboral en el centro de trabajo?
Sí. El artículo 71.7 exige exponer en un lugar visible el calendario provincial, autonómico o pactado para el propio centro.
Fuente: Artículo 71.7 del convenio: «En cada centro de trabajo la empresa expondrá en lugar visible el calendario laboral pactado».
¿Qué considera el convenio tiempo de trabajo efectivo?
El artículo 71.9 identifica el tiempo en que la persona está a disposición de la empresa y ejerce efectivamente la actividad y funciones contratadas. Permite informar de las pausas no efectivas en el tablón, previa consulta en los términos previstos.
Fuente: Artículo 71.9 del convenio: «aquél en que la persona trabajadora se encuentre a disposición de la empresa y en el ejercicio efectivo de su actividad y funciones para las que fue contratada.».
¿Qué duración tienen las vacaciones y cómo pueden distribuirse?
El artículo 76.1 establece treinta días naturales, de los que veintiuno deben ser laborables. Permite distribuir estos últimos en periodos de al menos diez días laborables, iniciando el disfrute en día laborable que no sea viernes. El apartado 7 prevé disfrute ininterrumpido como regla general, salvo pacto.
Fuente: Artículo 76.1 y 76.7 del convenio: «treinta días naturales de duración, de los cuales veintiún días tendrán que ser laborables».
¿Cómo se calculan las vacaciones del primer año?
El artículo 76.2 establece su disfrute por años naturales. En el primer año corresponde la parte proporcional al tiempo realmente trabajado durante ese año.
Fuente: Artículo 76.2 del convenio: «El primer año de prestación de servicios en la empresa sólo se tendrá derecho al disfrute de la parte proporcional correspondiente al tiempo realmente trabajado durante dicho año.».
¿Pueden disfrutarse después las vacaciones coincidentes con una incapacidad temporal?
El artículo 76.5 permite otra fecha en los supuestos de embarazo, parto, lactancia natural y suspensiones que cita, aunque termine el año. Para las demás contingencias, el apartado 6 permite disfrutarlas tras el alta dentro de los dieciocho meses siguientes al final del año de origen.
Fuente: Artículo 76.5 y 76.6 del convenio: «siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.».
¿Qué permiso corresponde por enfermedad grave, hospitalización o cirugía con reposo domiciliario?
El artículo 77.1.d, en su redacción modificada, reconoce cinco días laborables. Comprende a cónyuge, pareja de hecho, familiares indicados hasta segundo grado, incluido el consanguíneo de la pareja, y otras personas convivientes que necesiten cuidado efectivo.
Fuente: Artículo 77.1.d del convenio, redacción publicada en 2024: «Cinco días laborables, por enfermedad o accidente grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario».
¿Qué permiso se reconoce por fallecimiento de familiares?
El artículo 77.1.c actualizado establece tres días laborables por fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o familiares hasta segundo grado. Con desplazamiento, cinco días laborables. Prevé seis para los desplazamientos acreditados al país de origen de los colectivos indicados y ampliación hasta ocho con consentimiento empresarial, siendo retribuidos seis.
Fuente: Artículo 77.1.c, redacción publicada en 2024: «Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cinco días laborables».
¿Existe permiso para concurrir a exámenes?
El artículo 77.1.f actualizado reconoce el tiempo necesario para exámenes de estudios en centros universitarios, de enseñanza o formación profesional públicos o privados reconocidos, con el aviso y justificación exigidos.
Fuente: Artículo 77.1.f, redacción publicada en 2024: «Por el tiempo necesario, para concurrir a exámenes, como consecuencia de los estudios que esté realizando».
¿Con qué aviso y justificación deben solicitarse los permisos del artículo 77?
El artículo 77.1 actualizado exige aviso de al menos cuarenta y ocho horas, salvo urgencia acreditada, y justificación posterior. Mantiene los conceptos retributivos no vinculados expresamente a la prestación efectiva.
Fuente: Artículo 77.1, redacción publicada en 2024: «previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, salvo acreditada urgencia, y justificación posterior».
¿Qué duración tiene el permiso por matrimonio y cómo contempla el convenio las parejas de hecho?
El artículo 77.1.a establece quince días naturales por matrimonio. El apartado 2 extiende los supuestos anteriores a parejas de hecho inscritas, cuando concurran las circunstancias previstas.
Fuente: Artículo 77.1.a y 77.2, redacción publicada en 2024: «se extenderán asimismo a las parejas de hecho siempre que consten inscritas en el registro correspondiente.».
¿Pueden sustituirse las vacaciones por dinero?
El artículo 76.3 prohíbe la compensación económica como regla general. Si se produce el cese, exige abonar en la liquidación las vacaciones devengadas y no disfrutadas.
Fuente: Artículo 76.3 del convenio: «el personal que cese durante el transcurso del año, tendrá derecho al abono del salario correspondiente a la parte de vacaciones devengadas y no disfrutadas».
¿Cómo se calcula el plus por trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos?
El artículo 62 establece el 20 % del salario base. Si esas funciones ocupan la mitad de la jornada o menos, corresponde el 10 %. Regula la compensación con percepciones equivalentes, preserva los pluses provinciales superiores y excluye su consolidación si desaparecen las condiciones.
Fuente: Artículo 62 del convenio: «Si estas funciones se efectuaran durante la mitad de la jornada o en menos tiempo, el plus será del 10 por 100.».
¿Qué plus se establece por trabajo nocturno?
El artículo 63.1 fija el 25 % del salario base de la categoría para trabajo entre las 22:00 y las 06:00. El apartado 2 lo aplica al tiempo efectivo si es inferior a cuatro horas y a toda la jornada si excede de cuatro. El apartado 3 contiene una regla específica para dos turnos con una sola hora nocturna.
Fuente: Artículo 63 del convenio: «Si las horas nocturnas exceden de cuatro, se abonará el complemento correspondiente a toda la jornada trabajada.».
¿Qué tratamiento recibe la antigüedad consolidada?
El artículo 58 preserva los importes y la parte proporcional reconocidos conforme al acuerdo sectorial de 1996. Se mantienen invariables como complemento personal hasta la extinción del contrato y deben figurar en nómina como antigüedad consolidada.
Fuente: Artículo 58 del convenio: «Dicho complemento retributivo «ad personam» se reflejará en los recibos oficiales de salario con la denominación de «antigüedad consolidada».».
¿Cómo se configura el plus extrasalarial de distancia y transporte?
El artículo 64.1 permite establecerlo en el convenio de ámbito inferior para compensar el desplazamiento al trabajo. Se calcula por día efectivo, con igual cuantía para todos los grupos y categorías y cualquiera que sea la distancia.
Fuente: Artículo 64.1 del convenio: «calculado por día efectivo de trabajo que, de igual cuantía para todos los grupos y categorías».
¿Puede acumularse más de un complemento por diferentes grados de discapacidad?
El artículo 59.2 establece un único grado y un solo complemento. Un reconocimiento posterior superior no se acumula al anterior; si el grado disminuye, el complemento se adapta al nuevo porcentaje. El apartado 3 evita duplicidades con prestaciones empresariales equivalentes.
Fuente: Artículo 59.2 y 59.3 del convenio: «El grado de discapacidad será único y generará, por tanto, el derecho a un solo complemento».
¿Qué complemento se reconoce durante una hospitalización con incapacidad temporal?
El artículo 70 garantiza, sumando prestación y complemento empresarial, el 100 % del salario base y pluses salariales del convenio provincial durante la hospitalización y los sesenta días siguientes, siempre que continúe la incapacidad temporal.
Fuente: Artículo 70 del convenio: «durante la aludida hospitalización y los sesenta días siguientes, siempre que continúe la situación de incapacidad temporal.».
¿Cuándo se devenga dieta completa por desplazamiento?
El artículo 86.2 la reconoce cuando el desplazamiento impide pernoctar en la residencia habitual. Se devenga por día natural y su importe se fija en el convenio de ámbito inferior.
Fuente: Artículo 86.2 y 86.6 del convenio: «La persona trabajadora percibirá dieta completa cuando, como consecuencia del desplazamiento, no pueda pernoctar en su residencia habitual.».
¿Cuándo corresponde media dieta?
El artículo 86.4 la reconoce cuando el desplazamiento obliga a comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y puede pernoctarse en esa residencia. Se devenga por día efectivo trabajado.
Fuente: Artículo 86.4 del convenio: «tenga necesidad de realizar la comida fuera de su residencia habitual, no le fuera suministrada por la empresa y pueda pernoctar en la citada residencia.».
¿Qué dieta se abona si la empresa organiza y paga manutención y alojamiento?
El artículo 86.3 establece el 20 % de la dieta completa cuando la empresa organiza y costea ambos conceptos y estos reúnen condiciones exigibles y suficientes.
Fuente: Artículo 86.3 del convenio: «Cuando la empresa organice y coste la manutención y alojamiento del personal desplazado, siempre que reúna las condiciones exigibles y suficientes».
¿Qué periodos máximos de prueba contempla el convenio general?
El artículo 21, salvo lo dispuesto en ámbitos inferiores, exige pacto escrito y fija: seis meses para técnicos titulados superiores y medios; tres meses para empleados de niveles III, salvo titulados medios, IV y V; dos meses para niveles VI a X; quince días naturales para el resto de empleados; un mes para encargados y capataces; y quince días naturales para el resto de operarios.
Fuente: Artículo 21.1 del convenio: «Salvo lo dispuesto en ámbitos inferiores podrá concertarse por escrito un período de prueba».
¿La finalización de una obra extingue automáticamente el contrato indefinido adscrito a obra?
No. El artículo 25.2 exige que la empresa formule una propuesta de recolocación, con formación previa si resulta necesaria. La extinción por motivos inherentes debe ajustarse al procedimiento y a las circunstancias del propio artículo.
Fuente: Artículo 25.2 y 25.5 del convenio: «La finalización de la obra en la que presta servicios la persona trabajadora determinará la obligación para la empresa de efectuarle una propuesta de recolocación».
¿Cómo debe formalizarse la propuesta de recolocación?
El artículo 25.4 exige una cláusula escrita anexa al contrato con condiciones esenciales, ubicación, fecha de incorporación y formación exigible. Debe someterse a aceptación quince días antes de finalizar el trabajo en la obra de origen.
Fuente: Artículo 25.4 del convenio: «La propuesta de recolocación prevista en este artículo será formalizada por escrito mediante una cláusula que se anexará al contrato de trabajo.».
¿Qué plazo existe para aceptar o rechazar la propuesta de recolocación?
El artículo 25.5 establece siete días desde el conocimiento de la comunicación empresarial para responder por escrito. La falta de contestación en ese plazo se considera rechazo.
Fuente: Artículo 25.5 del convenio: «Transcurrido dicho plazo sin contestación se entenderá que la persona trabajadora rechaza la propuesta de recolocación.».
¿Qué causas e indemnización contempla la extinción por motivos inherentes en el contrato adscrito a obra?
El artículo 25.5 contempla rechazo de recolocación, falta de adecuación o exceso de personal cualificado en las condiciones descritas e inexistencia provincial de obras adecuadas. Exige el procedimiento previsto y establece una indemnización del 7 % de los conceptos salariales de tablas devengados durante toda la vigencia contractual.
Fuente: Artículo 25.5 del convenio: «dará lugar a una indemnización del 7 por ciento calculada sobre los conceptos salariales establecidos en las tablas del convenio colectivo que resulte de aplicación».
¿Quién paga la formación necesaria para la recolocación y cómo se computa?
El artículo 25.2 la pone a cargo de la empresa y fija un máximo de veinte horas cuando sea necesaria para la recolocación. Si debe impartirse fuera de jornada por razones organizativas, se considera trabajo ordinario retribuido o compensable con descanso equivalente, sin carácter extraordinario.
Fuente: Artículo 25.2 del convenio: «En el caso de que la recolocación lo requiera, el proceso de formación tendrá una duración de un máximo de 20 horas».
¿A qué personas no se aplica la extinción especial por motivos inherentes del artículo 25?
El artículo 25.1 excluye al personal de estructura y a quienes tengan contratos indefinidos suscritos con la empresa antes del 31 de diciembre de 2021. En esos casos, la terminación se rige por las condiciones generales del Estatuto de los Trabajadores.
Fuente: Artículo 25.1 del convenio: «No es de aplicación la extinción por causas inherentes aquí regulada respecto de las personas trabajadoras que forman parte del personal de estructura.».
¿Qué formalidades establece el convenio para el finiquito?
El artículo 99 exige el modelo del anexo III y las formalidades previstas para sus efectos liberatorios. Como regla, la comunicación de cese debe acompañarse de propuesta. Los apartados 2 y 3 no se aplican al cese voluntario. La persona puede estar asistida por representación laboral o sindical en los términos del apartado 6.
Fuente: Artículo 99 y anexo III del convenio: «Toda comunicación de cese o de preaviso de cese, deberá ir acompañada de una propuesta de finiquito en el modelo citado.».
¿Qué obligaciones de comunicación y entrega documental existen al contratar?
El artículo 18.2 exige comunicar contratos y prórrogas al servicio público de empleo dentro de diez días desde su concertación. El apartado 3 exige remitir la copia básica, previamente entregada a la representación si existe, y entregar una copia completa a la persona contratada.
Fuente: Artículo 18.2 y 18.3 del convenio: «En todo caso se le entregará una copia completa del contrato a la persona trabajadora.».
¿Son voluntarios los reconocimientos médicos periódicos y quién asume su coste?
El artículo 20 establece libre aceptación, con las excepciones obligatorias previstas y la regulación específica del amianto. Los costes nunca corresponden a la persona trabajadora; en los periódicos, la empresa también asume los gastos de desplazamiento.
Fuente: Artículo 20.3 y 20.4 del convenio: «En ningún caso los costes de estos reconocimientos médicos podrán ser a cargo de la persona trabajadora».
¿Qué debe evaluarse frente al calor extremo en trabajos al aire libre?
El artículo 74 bis exige medidas frente a temperaturas elevadas extremas en trabajos al aire libre o lugares que no puedan cerrarse. La evaluación debe considerar el fenómeno meteorológico, la tarea y las características personales o el estado biológico conocido.
Fuente: Artículo 74 bis del convenio: «las características de la tarea que se desarrolle y las características personales o el estado biológico conocido de la persona trabajadora.».
¿Qué preaviso contempla la adaptación del trabajo por avisos de calor naranja o rojo?
El artículo 74 bis.5 establece un mínimo de 72 horas para avisar a la persona y comunicarlo a la representación legal. El apartado 7 contempla excepciones por avisos especiales o excepcionales y por la emisión en días no laborables. Protege frente a sanciones cuando la adaptación no pueda atenderse por conciliación en los términos previstos.
Fuente: Artículo 74 bis.5 y 74 bis.7 del convenio: «deberá preavisar a la persona trabajadora, y comunicar a la representación legal de las personas trabajadoras del centro de trabajo, con un mínimo de setenta y dos horas».
¿Qué empresas deben elaborar y aplicar un plan de igualdad?
El artículo 118.3 exige plan de igualdad a las empresas de cincuenta o más personas en plantilla, con el alcance legal y reglamentario indicado. También contempla los restantes supuestos legales. Todas las empresas deben adoptar medidas de igualdad y prevención del acoso.
Fuente: Artículo 118.3 del convenio: «En el caso de aquellas empresas de cincuenta o más personas trabajadoras en plantilla, las medidas de igualdad deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad».
¿Qué medida debe priorizarse ante avisos de calor que exijan adaptar el trabajo?
El artículo 74 bis.1 prioriza sustituir las tareas previstas por otras que no impliquen riesgos ligados a temperaturas elevadas extremas. Si no es posible, contempla adaptar jornada y horarios conforme a los apartados siguientes.
Fuente: Artículo 74 bis.1 y 74 bis.2 del convenio: «se priorizará la sustitución de la realización de las tareas inicialmente previstas por la realización de otras tareas que no impliquen riesgos».
¿A quién se dirige la formación prevista en las medidas LGTBI?
El anexo XVII, apartado cuarto, exige acciones para toda la plantilla, incluidos mandos, directivos y responsables de personas y recursos humanos. Estas medidas se encuadran en el ámbito obligatorio de empresas de más de cincuenta personas definido en la disposición adicional, renumerada como décima en 2025.
Fuente: Anexo XVII, apartado cuarto, y disposición adicional décima: «Incorporar acciones formativas dirigidas a toda la plantilla, incluyendo los mandos intermedios, puestos directivos y personas trabajadoras con responsabilidad en la dirección de personas y recursos humanos».
¿Qué igualdad de oportunidades exige la clasificación y promoción de personas LGTBI?
El anexo XVII, apartado tercero, exige igualdad de oportunidades y criterios objetivos para el desarrollo profesional y la promoción, dentro del ámbito de aplicación de las medidas planificadas.
Fuente: Anexo XVII, apartado tercero, del convenio: «Se garantizará la igualdad de oportunidades de las personas trabajadoras LGTBI en el desarrollo profesional y la promoción, para los que se atenderá a criterios objetivos.».
¿Puede emplearse a menores de dieciocho años para ejecutar trabajos en obras?
El artículo 18.4 lo prohíbe, sin perjuicio de la regulación convencional de los contratos de formación en alternancia y para obtener práctica profesional. Las modalidades formativas deben ajustarse a sus condiciones específicas.
Fuente: Artículo 18.4 del convenio: «Se prohíbe emplear a personas trabajadoras menores de 18 años para la ejecución de trabajos en las obras».
¿Cómo se clasifican las faltas laborales?
El artículo 102 las clasifica en leves, graves y muy graves atendiendo a su importancia y, cuando corresponda, reincidencia. Su tipificación se desarrolla en los artículos siguientes.
Fuente: Artículo 102 del convenio: «se clasificarán atendiendo a su importancia y, en su caso, a su reincidencia, en leves, graves, y muy graves».
¿Qué sanciones establece el convenio para faltas graves y muy graves?
El artículo 106.1 prevé suspensión de empleo y sueldo de uno a quince días para faltas graves. Para las muy graves contempla suspensión de dieciséis a noventa días o despido.
Fuente: Artículo 106.1 del convenio: «Las sanciones que las empresas pueden aplicar, según la gravedad y circunstancias de las faltas cometidas, serán las siguientes».
¿Qué criterios deben valorarse para graduar una sanción?
El artículo 106.2 exige considerar el grado de responsabilidad, la categoría profesional y la repercusión del hecho en otras personas trabajadoras y en la empresa.
Fuente: Artículo 106.2 del convenio: «La repercusión del hecho en las demás personas trabajadoras y en la empresa.».
¿Qué garantía previa corresponde a representantes ante sanciones graves o muy graves?
El artículo 106.3 exige expediente contradictorio con audiencia de la persona y de los restantes miembros de su representación, si existen. Esta obligación se extiende hasta el año siguiente al cese en el cargo.
Fuente: Artículo 106.3 del convenio: «La obligación de instruir el expediente contradictorio aludido anteriormente, se extiende hasta el año siguiente a la cesación en el cargo representativo.».
¿Qué audiencia sindical se exige antes de sancionar a una persona afiliada?
El artículo 106.4 exige audiencia previa a los delegados sindicales, si existen, cuando la empresa conoce la afiliación de la persona a la que pretende sancionar.
Fuente: Artículo 106.4 del convenio: «deberá, con carácter previo a la imposición de tal medida, dar audiencia a los/las delegados/as sindicales, si los hubiere.».
¿Qué antigüedad mínima se exige para ser elegible en elecciones representativas?
El artículo 108.a reduce la antigüedad mínima a tres meses. Para calcularla se suman los periodos de servicios en la empresa durante los doce meses anteriores a la convocatoria.
Fuente: Artículo 108.a del convenio: «la antigüedad mínima en la empresa para ser elegible queda reducida a tres meses».
¿Qué acumulación de crédito horario permite el convenio a la representación unitaria?
El artículo 108.c permite acumular hasta el 75 % de las horas retribuidas en uno o varios representantes, de acuerdo con el sindicato al que pertenezcan. El apartado d preserva las condiciones provinciales más beneficiosas que identifica.
Fuente: Artículo 108.c y 108.d del convenio: «tendrán derecho a la acumulación de hasta el 75 por 100 de horas retribuidas para el ejercicio de sus funciones».
¿Puede reducirse en convenios de ámbito inferior el umbral para elegir delegados sindicales?
Sí. El artículo 109.c permite establecer un número de personas trabajadoras inferior al previsto en la Ley Orgánica de Libertad Sindical para tener derecho a elegir delegados sindicales.
Fuente: Artículo 109.c del convenio: «Los convenios de ámbito inferior al presente podrán establecer un número de personas trabajadoras inferior al establecido en la Ley Orgánica 11/1985».
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