Convenios Bilaterales de Seguridad Social — México

Movilidad Internacional · México
Última verificación: sep 2026 · Fuente: Convenio bilateral México-España (1994, complementado 2004) · Convenio México-Canadá · Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (22 países) · Acuerdo México-EE.UU. firmado 2004, SRE/SSA
En 3 líneas: México tiene convenios de totalización de seguridad social EN VIGOR con España, Canadá, Italia y el Convenio Multilateral Iberoamericano (22 países, incluye Argentina, Chile, Uruguay, Perú, Portugal y otros). El dato que sorprende a la mayoría: el acuerdo con Estados Unidos —el corredor migratorio más grande del mundo con México— se firmó en Guadalajara el 29 de junio de 2004, pero nunca entró en vigor porque nunca fue ratificado por el Congreso estadounidense.
País/mecanismoEstado
EspañaVigente (1994, complementado 2004)
CanadáVigente (alcance limitado)
Convenio Multilateral IberoamericanoVigente (22 países)
Estados UnidosFirmado en 2004, NUNCA ratificado — no está en vigor
¿Qué es un convenio bilateral de seguridad social?

Un tratado entre dos países que permite “totalizar” (sumar) los periodos de cotización que una persona acumuló en ambos sistemas de seguridad social, para poder alcanzar los requisitos mínimos de pensión que exige cada país, sin perder el tiempo cotizado en el otro.

¿Qué significa exactamente “totalización de periodos”?

Que si trabajaste, por ejemplo, 5 años cotizando en México y 10 años cotizando en España, ambos países suman ese tiempo total para determinar si cumples el mínimo de años/semanas exigido para una pensión — y cada país te paga después la parte proporcional que corresponde al tiempo que cotizaste específicamente en su sistema.

¿Con qué países tiene México un convenio de seguridad social vigente y en funcionamiento?

Con España (desde 1994, complementado en 2004), Canadá (de alcance limitado) e Italia, además de participar en el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, que agrupa a 22 países.

¿Qué es el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social?

Un tratado que agrupa a 22 países de habla hispana y portuguesa (incluyendo España, Portugal, Argentina, Chile, Uruguay, Perú, Bolivia, El Salvador, Ecuador, Paraguay, entre otros) que permite totalizar periodos de cotización entre cualquiera de los países firmantes que lo hayan ratificado, no solo entre pares específicos de países.

¿Tiene México un convenio de seguridad social con Estados Unidos?

Se firmó un acuerdo bilateral en Guadalajara el 29 de junio de 2004, pero nunca entró en vigor porque nunca fue sometido a ratificación exitosa ante el Congreso de Estados Unidos — es, con mucho, el vacío más relevante dado el enorme volumen de trabajadores mexicanos con historial laboral en ambos países.

¿Por qué es tan importante que no exista un convenio vigente entre México y Estados Unidos?

Porque millones de trabajadores mexicanos han cotizado años al Social Security estadounidense y al IMSS en distintas etapas de su vida, y sin convenio de totalización, cada periodo se evalúa de forma completamente independiente — alguien puede terminar sin cumplir el mínimo de ninguno de los dos sistemas pese a haber trabajado formalmente por décadas en total.

¿Qué pasa si un trabajador cotizó 8 años en México y 12 años en Estados Unidos, y en cada país el mínimo es 10 años?

Sin convenio de totalización vigente entre ambos países, el trabajador no alcanzaría el mínimo mexicano (8 de 10) por sí solo con esos años, aunque sí alcanzaría el estadounidense (12 de 10) — cada sistema evalúa únicamente lo cotizado dentro de sus propias fronteras.

¿Existe alguna posibilidad de que el convenio México-EE.UU. de 2004 todavía se ratifique?

Formalmente el acuerdo sigue firmado y podría ratificarse en cualquier momento si el Congreso estadounidense decide someterlo a votación, pero no ha habido un impulso legislativo relevante para lograrlo en los años posteriores a la firma — no conviene asumir una fecha de entrada en vigor sin una confirmación oficial nueva.

¿Cómo funciona en la práctica el convenio con España para efectos de pensión?

Cada país paga la parte proporcional de pensión que corresponde al tiempo efectivamente cotizado en su propio sistema, después de sumar (totalizar) los periodos de ambos países solo para verificar si se cumple el mínimo requerido — no significa que España “pague” por años cotizados en México, ni viceversa.

¿El convenio con España cubre servicios médicos, o solo pensiones?

Se enfoca en pensiones contributivas (vejez, invalidez, muerte) — no incluye la prestación de servicios médicos entre ambos países, que se rige por reglas y sistemas de salud completamente distintos e independientes.

¿Qué es el convenio México-Canadá y qué significa que sea “de alcance limitado”?

Es un acuerdo bilateral que permite la totalización de periodos entre ambos países para efectos de pensión, pero con un alcance más acotado que el convenio con España en ciertos rubros específicos — conviene revisar el texto vigente del convenio o consultar directamente al IMSS para conocer exactamente qué prestaciones cubre en un caso concreto.

¿Un trabajador mexicano que cotizó en Argentina o Chile puede beneficiarse de algún convenio con México?

Sí, si ambos países (México y el país específico) forman parte del Convenio Multilateral Iberoamericano y lo han ratificado, esos periodos pueden totalizarse bajo ese instrumento multilateral, sin necesidad de un convenio bilateral independiente entre México y ese país en particular.

¿Dónde se tramita la totalización de periodos para una pensión mexicana con convenio internacional?

Ante el IMSS, presentando la documentación que acredite los periodos cotizados en el país extranjero correspondiente, conforme al procedimiento específico que fije el convenio aplicable — el IMSS cuenta con formularios y procedimientos específicos para solicitudes de pensión bajo convenios internacionales.

¿Qué documentación necesita un trabajador para acreditar sus periodos cotizados en el extranjero?

Generalmente una constancia oficial emitida por la institución de seguridad social del país extranjero correspondiente (por ejemplo, la Seguridad Social española o el Social Security estadounidense), que detalle los periodos y tipo de cotización realizada.

¿Qué pasa si un trabajador tiene periodos cotizados en tres o más países distintos?

Puede intentar totalizar bajo cada convenio bilateral o multilateral aplicable a los países específicos donde cotizó, pero no existe un mecanismo único global que sume automáticamente el tiempo de todos los países sin convenio entre sí — depende de qué combinaciones de países tengan convenio vigente entre ellos.

¿El convenio con Italia funciona igual que el de España?

Sigue la misma lógica general de totalización de periodos para efectos de pensión, aunque los detalles específicos de procedimiento y alcance de cada convenio bilateral pueden variar y conviene revisarlos en el texto vigente correspondiente a cada país.

¿Qué pasa si un mexicano trabajó en un país que NO tiene ningún convenio con México?

No puede totalizar ese periodo para efectos de una pensión mexicana — ese tiempo cotizado en el extranjero queda aislado en el sistema de ese país, y en México solo contarán los periodos efectivamente cotizados en el IMSS o ISSSTE según corresponda.

¿Se puede recibir una pensión mexicana y una pensión extranjera al mismo tiempo bajo un convenio?

Sí, ese es precisamente el objetivo del mecanismo: cada país paga su parte proporcional de forma independiente y simultánea, resultando en dos pagos de pensión (uno de cada país) que juntos reflejan la vida laboral completa del trabajador en ambos sistemas.

¿Qué pasa con las aportaciones a la Afore de un trabajador que se va a vivir permanentemente a otro país?

El saldo acumulado en su cuenta individual de Afore sigue siendo de su propiedad y puede, según el caso y la edad, solicitarse su disposición conforme a las reglas de retiro de recursos de la Afore — no se pierde por mudarse al extranjero, aunque el mecanismo de disposición específico depende de la situación particular del trabajador.

¿Un extranjero que trabajó en México y regresó a su país puede cobrar lo que aportó al IMSS?

Puede solicitar la devolución de su saldo de Afore conforme a las reglas generales aplicables (según edad y tiempo cotizado), o beneficiarse de la totalización de esos periodos si su país de origen tiene convenio vigente con México, dependiendo de cuál mecanismo le resulte más favorable en su caso.

¿Los convenios de seguridad social de México incluyen también a los trabajadores del ISSSTE, o solo a los del IMSS?

Los convenios de seguridad social más conocidos y consolidados de México están centrados principalmente en el sistema IMSS (Apartado A); la aplicación específica a servidores públicos del ISSSTE (Apartado B) puede requerir verificación puntual según el convenio y el caso concreto.

¿Qué pasa si un jubilado mexicano bajo un convenio internacional cambia de país de residencia por segunda vez?

El pago de la pensión de cada país conforme al convenio no depende necesariamente de residir en ese país específico — generalmente puede seguir cobrándose en un tercer país de residencia, aunque el trámite bancario y de verificación de vida (fe de vida) puede requerir gestiones adicionales según el país de residencia actual.

¿Qué es la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y qué papel juega en estos convenios?

Es la dependencia encargada de la negociación diplomática y firma de los tratados internacionales de México, incluidos los convenios de seguridad social, aunque la administración operativa y el trámite de pensiones bajo esos convenios corresponde después al IMSS, no a la SRE.

¿Puede ampliarse en el futuro la lista de países con convenio de seguridad social con México?

Sí, es un proceso diplomático abierto — México puede negociar y firmar nuevos convenios bilaterales con otros países en cualquier momento, aunque cada uno requiere el proceso de negociación, firma y ratificación correspondiente antes de entrar en vigor (como muestra el caso pendiente de Estados Unidos desde 2004).

¿Qué recomienda HRU a un trabajador mexicano que tiene historial laboral en Estados Unidos y en México?

Llevar un registro detallado y solicitar constancias oficiales de cotización en ambos sistemas (Social Security e IMSS) de forma independiente, dado que no existe totalización automática entre ambos países — y evaluar con anticipación si cada historial por separado alcanza el mínimo de pensión de su respectivo sistema, sin asumir que podrán sumarse.

¿Los convenios de seguridad social de México cubren también el riesgo de trabajo (accidentes laborales) en el extranjero?

Los convenios de totalización se enfocan principalmente en pensiones de vejez, invalidez y muerte — la cobertura de riesgos de trabajo específicamente durante una asignación internacional suele resolverse mediante certificados de cobertura o pólizas de ART complementarias, no directamente por estos convenios de totalización de pensión.

¿Qué es un “certificado de cobertura” y en qué se diferencia de la totalización de periodos?

El certificado de cobertura permite que un trabajador enviado temporalmente al exterior por su empleador siga aportando exclusivamente al sistema de su país de origen durante ese periodo (evitando la doble cotización), mientras que la totalización de periodos es el mecanismo que suma tiempos ya cotizados en distintos países para efectos de una futura pensión — son herramientas complementarias, no lo mismo.

¿Aplica el convenio con España a trabajadores mexicanos que solo viajan de turismo o estudio a ese país?

No, los convenios de seguridad social aplican específicamente a periodos de cotización derivados de una relación laboral o actividad formal dada de alta en el sistema de seguridad social correspondiente — el turismo o estudio sin actividad laboral formal no genera periodos cotizables bajo estos convenios.

¿Desde cuándo está vigente el convenio de seguridad social entre México y España?

Desde 1994, con un instrumento complementario firmado en 2004 que amplió y precisó su alcance — es de los convenios bilaterales de seguridad social más antiguos y consolidados que tiene México.

¿Por qué España fue de los primeros países con los que México firmó un convenio de este tipo?

Por el volumen histórico de migración entre ambos países en ambas direcciones (españoles que emigraron a México en distintas épocas, y mexicanos que emigran a España), lo que generó una necesidad práctica temprana de proteger los derechos previsionales de esas personas.

¿Un mexicano que recibe una pensión de España debe pagar impuestos en México por ese ingreso?

Depende de su residencia fiscal y de si existe un convenio de doble imposición fiscal aplicable (distinto del convenio de seguridad social) entre México y el país de origen de la pensión — conviene revisar el tratamiento fiscal específico con un contador especializado en tributación internacional, ya que el convenio de seguridad social por sí solo no resuelve el tema impositivo.

¿Qué diferencia hay entre un convenio de seguridad social y un convenio de doble imposición fiscal?

Son instrumentos distintos: el de seguridad social resuelve la totalización de periodos de cotización para pensiones; el de doble imposición resuelve en qué país se paga impuesto sobre la renta por un ingreso específico (incluida, en su caso, una pensión) — un mismo par de países puede tener uno, ambos, o ninguno de los dos tipos de convenio vigente.

¿México tiene convenio de doble imposición fiscal con Estados Unidos aunque no tenga convenio de seguridad social vigente?

Sí, México y Estados Unidos sí cuentan con un tratado para evitar la doble imposición fiscal vigente desde hace años, completamente independiente del hecho de que el convenio de seguridad social de 2004 nunca haya entrado en vigor — son dos negociaciones y tratados separados.

¿Qué pasa si un trabajador cotizó en México, luego en España, y después regresó a trabajar a México?

Puede totalizar el periodo español al momento de tramitar su pensión mexicana final, sumando ese tiempo al de sus dos etapas de cotización en México (antes y después de su periodo en España), siempre que presente la documentación correspondiente de la Seguridad Social española.

¿Existe un convenio de seguridad social entre México y algún país de Centroamérica?

Los países centroamericanos que forman parte del Convenio Multilateral Iberoamericano (como El Salvador) sí permiten totalización con México bajo ese instrumento multilateral; para los que no forman parte de él, aplicaría solo si existiera además un convenio bilateral específico, que conviene verificar caso por caso.

¿Qué pasa si un trabajador no está seguro de si su país tiene convenio vigente con México?

Puede consultar directamente con el IMSS o con la representación consular/diplomática de México en ese país, ya que la lista de convenios vigentes puede actualizarse con el tiempo y conviene confirmar el estatus exacto antes de hacer planes de pensión basados en una totalización específica.

¿Los convenios de seguridad social aplican también a trabajadores independientes o solo a empleados en relación de dependencia?

En general aplican a cualquier persona que haya cotizado formalmente al sistema de seguridad social del país correspondiente, sea como empleado o como trabajador independiente inscrito voluntariamente, aunque las reglas específicas de acreditación pueden variar según el convenio y el tipo de cotización.

¿Qué pasa si la pensión resultante de la totalización es muy baja porque el trabajador cotizó pocos años en cada país?

El monto final siempre será proporcional al tiempo efectivamente cotizado en cada sistema — la totalización ayuda a CUMPLIR el requisito mínimo de años/semanas, pero no aumenta artificialmente el monto de la pensión más allá de lo que corresponde a cada periodo real de cotización.

¿Puede rechazarse una solicitud de totalización de periodos por el IMSS?

Sí, si la documentación presentada no acredita adecuadamente los periodos cotizados en el país extranjero, o si el convenio aplicable no cubre el tipo específico de prestación solicitada — es importante presentar constancias oficiales completas y vigentes al momento del trámite.

¿Cuánto tiempo tarda un trámite de pensión con totalización internacional comparado con uno solo nacional?

Generalmente toma más tiempo que un trámite puramente nacional, ya que requiere coordinación entre las instituciones de seguridad social de ambos países para verificar y confirmar los periodos cotizados en el extranjero — conviene iniciar el trámite con anticipación si se sabe que se necesitará totalización.

¿Qué pasa si un país modifica unilateralmente las condiciones de un convenio ya vigente con México?

Los convenios internacionales suelen incluir cláusulas de revisión, modificación y denuncia (terminación) que ambas partes deben seguir formalmente — un cambio unilateral fuera de esos mecanismos formales de derecho internacional no sería válido sin la participación de México en la negociación correspondiente.

¿Los convenios de seguridad social de México cubren pensiones por orfandad o viudez, o solo de vejez?

Los convenios de totalización generalmente cubren varios tipos de pensión (vejez, invalidez y muerte/sobrevivencia, que incluye viudez y orfandad), aunque el alcance exacto de cada prestación específica depende del texto particular de cada convenio bilateral o multilateral.

¿Qué es la CONSAR y qué papel juega en la movilidad internacional de trabajadores?

La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro regula a las Afores mexicanas; en el contexto de movilidad internacional, es relevante para las reglas de disposición y traspaso de recursos de la cuenta individual de un trabajador que se muda al extranjero de forma permanente.

¿Puede un trabajador transferir directamente el saldo de su Afore mexicana a un fondo de pensión de otro país?

No existe, en términos generales, un mecanismo directo de transferencia de saldo entre una Afore mexicana y un fondo de pensión privado extranjero — el trabajador generalmente debe seguir las reglas de disposición de recursos de la Afore (retiro conforme a edad y requisitos) de forma independiente de cualquier nuevo sistema de pensión al que se incorpore en el extranjero.

¿Qué pasa con las semanas cotizadas de un trabajador mexicano que emigra antes de cumplir el mínimo de 875 semanas exigido en 2026?

Esas semanas no desaparecen y siguen registradas en su historial del IMSS; si el país al que emigra tiene convenio vigente con México, podrá sumarlas a lo que cotice allá para efectos de pensión; si no hay convenio, quedará esa porción de historial “congelada” hasta que, en su caso, regrese a seguir cotizando en México o se cumplan las reglas de retiro de Afore aplicables.

¿Qué es más conveniente para un trabajador migrante: pedir la devolución de su Afore o esperar y totalizar cuando corresponda?

Depende del caso concreto: retirar anticipadamente puede dar liquidez inmediata pero renuncia al beneficio de una pensión mensual futura combinada; totalizar (si hay convenio) suele ser más conveniente a largo plazo si el trabajador espera cumplir eventualmente los requisitos de pensión en alguno de los dos países — conviene evaluarlo con asesoría específica antes de decidir.

¿Un mexicano que trabajó varios años en Alemania o Francia puede totalizar ese tiempo con México?

Solo si México tuviera un convenio bilateral específico con ese país, o si ese país participara también del Convenio Multilateral Iberoamericano (que no es el caso de Alemania o Francia, centrado en países de habla hispana y portuguesa) — sin uno de esos dos mecanismos, ese periodo no podría totalizarse directamente con México.

¿Qué debería hacer un trabajador antes de aceptar una asignación internacional de varios años, en materia de seguridad social?

Verificar si existe convenio de seguridad social vigente entre México y el país de destino, entender si aplicaría un certificado de cobertura para seguir aportando solo en México durante la asignación, y en caso de no haber convenio, planificar activamente cómo cubrirá el eventual vacío de cotización en uno de los dos sistemas.

¿Estos convenios de seguridad social tienen relación con los tratados de libre comercio como el T-MEC?

Son instrumentos jurídicos independientes: el T-MEC regula comercio y ciertas categorías de entrada temporal de profesionistas (Capítulo 16), mientras que los convenios de seguridad social regulan específicamente la totalización de periodos de cotización para pensión — no existe un capítulo de seguridad social dentro del T-MEC que resuelva el vacío del convenio bilateral pendiente con Estados Unidos.

¿Qué pasa si un trabajador fallece antes de tramitar la totalización de sus periodos internacionales?

Sus beneficiarios (cónyuge, hijos u otros dependientes reconocidos) pueden, en principio, tramitar ellos mismos la pensión de sobrevivencia con la totalización correspondiente, presentando la documentación de los periodos cotizados en ambos países, siempre que el convenio aplicable cubra ese tipo de prestación.

¿Existen asociaciones o colectivos de migrantes que ayuden a tramitar la totalización de pensiones internacionales?

Sí, existen organizaciones de migrantes, consulados mexicanos en el exterior y despachos especializados que ofrecen orientación sobre este tipo de trámites, dado lo específico y a veces poco conocido de estos mecanismos entre la población migrante en general.

¿Qué es más común: que un trabajador migrante mexicano conozca la existencia de estos convenios, o que los desconozca por completo?

En la práctica, el desconocimiento es muy extendido — muchos trabajadores migrantes no gestionan activamente su historial de cotización en ambos países durante su vida laboral, y solo se enteran de las implicancias (positivas o negativas, como el vacío con Estados Unidos) al momento de acercarse a la edad de jubilación, cuando ya es más difícil corregir vacíos de cotización.

¿Qué recomienda HRU a cualquier persona con planes de trabajar en más de un país a lo largo de su vida?

Llevar un registro personal y ordenado de cada periodo de cotización en cada país (constancias, números de afiliación, fechas exactas), consultar activamente si existe convenio vigente entre los países involucrados antes de tomar decisiones de largo plazo, y no asumir automáticamente que todo tiempo trabajado en el extranjero “contará” para una pensión en México sin verificarlo primero.

Contacto

[email protected]

WhatsApp: +54 9 1157085588

Respuesta dentro de las 24 horas

COMPARTIR:LinkedInXFacebookWhatsApp