¿Cuáles son las únicas causales por las que un agente estable puede ser separado de su cargo?

Categoría: Catamarca

El Decreto Ley 3.276 las enumera taxativamente: (a) renuncia aceptada; (b) jubilación obligatoria al reunir los requisitos previsionales; (c) vencimiento del plazo, si la designación era temporaria; (d) cesantía, por las causales del estatuto y previo sumario; o (e) exoneración, la sanción más grave, que además inhabilita para reingresar a la Administración.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *