Categoría:
Catamarca
El art. correspondiente del Decreto Ley 3.276 distingue entre Personal Permanente (con estabilidad, tras superar el período de prueba) y Personal No Permanente, que a su vez se subdivide en: Personal de Gabinete (cargos de confianza política), Contratado, Transitorio, Interino, y una categoría poco frecuente en otros estatutos provinciales: Personal Religioso. Cada subcategoría tiene reglas propias de ingreso y cese.
