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PBA - Acoso y Violencia Laboral
La Ley 13.168 (modificada por la Ley 14.040 y la Ley 15.118) prohíbe en toda la Provincia la violencia laboral en el ámbito de los tres poderes del Estado, entes autárquicos, descentralizados y municipios. Define violencia laboral como el accionar de funcionarios que valiéndose de su posición jerárquica atenten contra la dignidad del trabajador mediante amenaza, intimidación, acoso, maltrato físico, psicológico o social, persecución o discriminación política y/o sindical. Las denuncias se realizan ante el Ministerio de Trabajo de la Provincia o ante la fiscalía de investigaciones administrativas correspondiente.
